Resolución exenta número E 1.405, de 2025.- Modifica resolución Nº 191 exenta, de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.097 Miércoles 12 de Marzo de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2618033 MINISTERIO DE SALUD Instituto de Salud Pública MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 191 EXENTA, DE 2021, QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FUNCIONES Y DELEGACIÓN DE FIRMA Y FACULTADES DE LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE (Resolución) Núm. E 1.405 exenta. - Santiago, 3 de marzo de 2025.
Vistos: La resolución exenta Nº 191, de 2021, del Instituto de Salud Pública de Chile, y Considerando: Primero: Que, a través de la resolución exenta Nº 191, del 5 de febrero de2021, este Instituto ha determinado su estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades, la que fuera modificada con posterioridad a través de la dictación de distintas resoluciones.
Segundo: Que, con ocasión de las constantes mejoras de distintos procesos institucionales y la necesidad de reestructurar el área a cargo de sistemas de información, dándole una nueva organización, a esta Dirección le asiste la convicción de que deben implementarse modificaciones a la estructura actual de la institución, lo que se efectuará a continuación en la parte resolutiva de esta resolución, y Teniendo presente: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 ; el decreto supremo Nº 1.222, del año 1996, que aprueba el reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile; la resolución Nº 36, del año 2024, de la Contraloría General de la República, y las facultades que me confiere el decreto Nº 23, del año 2024, del Ministerio de Salud, dicto la siguiente: Resolución: 1.
Modifícase la resolución exenta Nº 191, de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile, en la forma que a continuación se indica: I. Sustitúyese el número 2. de la parte resolutiva, por uno nuevo, del siguiente tenor: 2.
La Dirección del Instituto, la que estará a cargo de un Director, elegido de conformidad a las disposiciones de la ley Nº 19.882, a quien le corresponderá ejercer la jefatura superior del Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2618033 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.097 Miércoles 12 de Marzo de 2025 Página 2 de 2 Instituto y tendrá su representación judicial y extrajudicial, con las facultades definidas en los artículos 59 del decreto con fuerza de ley Nº 1, del año 2005, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 y 10 del decreto supremo N1.222, del año 1996, que contiene el reglamento de este Instituto. La Dirección del Instituto establecerá los objetivos de la organización, asignando responsabilidades para alcanzarlos. Asimismo, definirá la visión, misión y valores institucionales y el grado de calidad y aceptación de riesgos dentro de la misma.
Para el debido cumplimiento de sus funciones, el Director del Instituto será asesorado por un Consejo Técnico, que presidirá y que estará integrado por las jefaturas de los departamentos y de las unidades asesoras, pudiendo convocar a otros funcionarios internos o externos, de ser necesario. Este Consejo Técnico se reunirá a requerimiento de la Dirección, para considerar los asuntos que su presidente indique al elaborar la tabla respectiva, por parte de la jefatura de gabinete. II.
Reemplázanse el número 2.8 de la parte resolutiva, así como los numerales 2.8.1, 2.8.2, 2.8.3 y 2.8.4, agregándose también un nuevo número 2.8.5, por lo que se indica a continuación: 2.8 La Unidad de Sistemas de Información, dependiente de la Dirección, tiene los roles y responsabilidades relacionados con el diseño, desarrollo e implementación de los sistemas de información que respaldan los objetivos y operaciones de la institución.
Estos consideran infraestructura y comunicaciones tecnológicas, continuidad operacional, seguridad de información, reingeniería de procesos en pro de la eficiencia, modelo y gobierno de datos, así como el cumplimiento de la Estrategia de Gobierno Digital 2030.2.8.1 La Unidad de Sistemas de Información tendrá las siguientes oficinas: 2.8.2 Procesos: Responsable de establecer los modelos operacionales para asegurar la eficiencia, trazabilidad y calidad a través de la homologación y simplificación de los procesos. Ello implica liderar, elaborar e implantar de manera integral todos los proyectos y requerimientos de carácter tecnológico que se originen en las diferentes áreas del Instituto.
Siendo también responsable del soporte funcional de todos los sistemas de información del Instituto. 2.8.3 Transformación Digital: Responsable de asegurar el cumplimiento de la estrategia digital institucional y del Estado, consolidando en todas las actividades de Instituto, el avance hacia la digitalización, la interoperabilidad e integración con otros sistemas e instituciones.
Estará también a cargo de la actualización y mantención del catálogo de todas las prestaciones y servicios del Instituto. 2.8.4 Datos: Responsable del diseño, arquitectura, modelo, construcción, integración, normalización y mantención de todos los datos de la institución, los generados internamente, así como los que se puedan capturar de otras instituciones tanto nacionales como internacionales.
Le corresponderá, además, asegurar la calidad, buenas prácticas y disponibilidad de los datos con los cuales el Instituto genera sus actividades de vigilancia y gestión para cumplir su propósito, en estrecha coordinación con el Departamento de Vigilancia Sanitaria e Investigación. 2.8.5 Tecnología y Comunicaciones: Responsable de la arquitectura tecnológica para establecer la continuidad y eficiencia integral de los servicios del Instituto, a través de las plataformas, sistemas, ambientes de producción, topología de comunicaciones, soporte y mantención de éstos. Tendrá a su cargo también implantar las políticas de seguridad de información, continuidad operacional y externalización de servicios. Anótese, comuníquese y publíquese su texto íntegro en el Diario Oficial y en la página web institucional. - Fresia Catterina Ferreccio Readi, Directora Instituto de Salud Pública de Chile. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2618033 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl