Resolución exenta número 1.008, de 2024.- Inicia procedimiento administrativo de invalidación parcial de la resolución N° 1.185 exenta, de 2023
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.980 Martes 22 de Octubre de 2024 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2558774 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Secretaría Regional Ministerial Región del Libertador General Bernardo OHiggins INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVALIDACIÓN PARCIAL DE LA RESOLUCIÓN N 1.185 EXENTA, DE FECHA 15 DE DICIEMBRE DE 2023, DE LA SEREMI DE VIVIENDA Y URBANISMO DE LA REGIÓN DE O'HIGGINS, POR RAZONES QUE INDICA (Resolución) Núm. 1.008 exenta. - Rancagua, 11 de octubre de 2024. Vistos: 1. Las facultades que confiere el decreto supremo N 397, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, del año 1976, que establece el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales. 2. Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, especialmente en su artículo 53.3.
Decreto N 12, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 22 de abril de 2024, que nombra a Secretario Regional Ministerial de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins a contar del 25 de marzo de 2024, con trámite de toma de razón, de fecha 2 de octubre 2024 por la Contraloría General de la República. 4. Ley N 21.516 publicada en el Diario Oficial, con fecha 20 de diciembre de 2022, que establece Ley de presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023.5. Lo dispuesto en el decreto supremo N 49, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 2011, publicada en el Diario Oficial, de 26 de abril de 2012.6. La resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas de exención de Trámite de Toma de Razón. 7.
Resolución exenta N 1.185, de fecha 15 de diciembre de 2023, de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de O'Higgins, la cual selecciona familias de la Región del L.G.B.O., que fueron beneficiadas a través del llamado en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del programa FSEV, regulado por el DS N 49 (V. y U. ), en la modalidad CSP, e incluyendo el procedimiento de autoconstrucción asistida en los casos que procede, para damnificados por sistema frontal que afectó a la región en los meses de junio y agosto del año 2023.8.
Ordinario N 2173, de fecha 27 de mayo del 2024, emitido por Director Serviu Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Omar Gutiérrez Mesina, el cual solicita la eliminación de beneficio de reconstrucción beneficio DS N 49. Considerando: I.
Que, por medio de la resolución exenta N 1.185 singularizada en el visto 7) del presente acto, se seleccionan a familias de la región del L.G.B.O., que fueron beneficiadas por el llamado en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales, modalidad CSP regulado por el DS N 49; beneficio asignado a familias damnificadas por los sistemas frontales que afectaron a la Región de O'Higgins en los meses de junio y agosto del año 2023. II.
Que, ordinario N 2173, solicita la eliminación de beneficiario singularizado en el resuelvo primero del presente acto, por poseer beneficio modalidad CSP regulado por el DS N 49 FSEV, el cual a la fecha se encuentra ejecutado y pagado; información que se corrobora de acuerdo a los antecedentes que acompañan al oficio antes mencionado más información aportada por sistema Rukan. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2558774 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, se hace necesario dejar sin efecto parcialmente la resolución N 1185, en el sentido de excluir a 1 beneficiario de la selección del llamado en condiciones especiales del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el programa DS N 49, de acuerdo a lo planteado en el considerando precedente del presente acto. IV.
Que, de acuerdo a lo establecido en los incisos primero y segundo del artículo 53) de la ley N 19.880, “La autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado. ”, mencionando de igual manera que “La invalidación de un acto administrativo podrá ser total o parcial. La invalidación parcial no afectará las disposiciones que sean independientes de la parte invalidada”. V.
Que, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la Republica contenida en los dictámenes N 3441/08 y N 117/07, entre otros, ha señalado en reiteradas oportunidades que la Autoridad Administrativa se encuentra en el deber de iniciar un proceso de invalidación cuando tome conocimiento que un acto administrativo que se haya dictado en el ejercicio de sus funciones pueda adolecer de algún vicio de legalidad. VI.
Que, el decreto individualizado en el visto N 3, designa al suscrito en calidad de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins, con trámite de toma de razón, de fecha 2 de octubre 2024, por la Contraloría General de la República. VII. Que, la interpretación armónica de los vistos y Considerandos precedentes determina la dictación de la siguiente Resolución: I.
Iníciase el procedimiento de invalidación parcial de la resolución exenta N 1.185, de fecha 15 de diciembre del 2023 de la Seremi Minvu VI, que selecciona familias beneficiadas para otorgamiento de subsidio habitacional del programa FSEV regulado por el DS N 49 (V. y U. ), de 2011, en el sentido de excluir a don Hugo del Carmen Gaete Cubillos, RUT 7.929.558 -2, de nómina de selección, por ser parte de núcleo familiar donde su cónyuge doña María del Carmen Cubillos Cubillos, RUT 8.397.332 -3, fue beneficiada por subsidio de reconstrucción de vivienda asignado en el año 2011. II. Notifíquese por medio de publicación en el Diario Oficial a beneficiario individualizado el resuelvo 1 de la presente resolución según lo dispuesto en el artículo 48 letra c) de la ley 19.880. III.
Otórgase el plazo de 10 días hábiles, contados desde la publicación en el Diario Oficial, para la presentación de sus respectivos descargos mediante presentaciones escritas ante esta Seremi Minvu, ubicada en Avenida Alameda N176, ciudad de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Notifíquese, cúmplase, archívese y publíquese en el Diario Oficial. - Luis Barboza Quintanilla, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2558774 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl