Extracto de resolución exenta número 202405001202, de 2024.- Inicia proceso de participación ciudadana en la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Parque Fotovoltaico El Manzano III - Reingreso
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.002 Martes 19 de Noviembre de 2024 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2571586 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental / Región de Valparaíso Dirección Regional de Valparaíso NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: “PARQUE FOTOVOLTAICO EL MANZANO III - REINGRESO” (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 bis de la ley N 19.300 y en el artículo 94 del DSN 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante resolución exenta N 202405001202, de fecha 6 de noviembre de 2024, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Valparaíso, ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días hábiles, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico El Manzano III - Reingreso”, el que estaría emplazado en la comuna de Casablanca, cuyo titular es el Andina Solar 14 SpA.
Que, conforme a la descripción del proyecto la tipología en virtud de la cual ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), corresponde a aquellas contempladas en la letra s) del artículo 10 de la Ley N 19.300, que dispone: “Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie”. El Proyecto produciría carga ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94 del DSN 40/2012, ya que generaría beneficios sociales y ocasionaría externalidades ambientales negativas en localidades próximas a su emplazamiento, durante su construcción y operación.
Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al Proyecto, según lo dispuesto en el artículo 95 del DSN 40/2012, y tendrá un plazo legal para efectuarlas ante la Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente publicación. Las observaciones deberán formularse por escrito, contener sus fundamentos y referirse a la evaluación ambiental del Proyecto. El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: Dirección Regional del SEA, ubicada en calle Prat 827, oficina 301, Valparaíso. Sitio web: https://www.sea.gob.cl https://seia.sea.gob.cl/expediente/expediente.php?id_expediente=2162215323 Paola La Rocca Mattar, Directora Regional, Servicio de Evaluación AmbientalRegión de Valparaíso. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2571586 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl