UC Christus presenta querella por sabotaje informático contra extrabajador
UC Christus presenta querella por sabotaje informático contra extrabajador UC Chrnistus presenta querella por sabotaje informático contra extrabajador La querella se interpuso ante el 4" Juzgado de Garantía de Santiago contra un exempleado al que acusa de eliminar "34.108 suscripciones de clientes del área de convenios de salud". UC Christus explicó a Pulso que "no existió riesgo para la institución ni acceso a información confidencial, clínica o sensible de nuestros pacientes". LEONARDO CÁRDENAS UC Christus Servicios Clínicos presentó una querella por sabotaje informático en contra de su extrabajador Jonathan Guillermo Faúndez León. La acción legal, patrocinada por el abogado Germán Ovalle, fue ingresada el pasado lunes en el 4* Juzgado de Garantía de Santiago y este miércoles fue declarada admisible.
La querella acusa a Faúndez, cuya posición era la de especialista de operaciones de planes de salud y había entrado a la empresa en enero de 2023, de haber manipulado los sistemas informáticos tras su despido en diciembre de 2024, eliminando información clave y provocando fallas en la administración de contratos de salud.
UCChristus sostiene que "el imputado, como parte de sus responsabilidades, tenía acceso a la plataforma Toku" y que, el 3 de diciembre de 2024, "creó un nuevo usuario en Toku denominado tangozulul1969 gmail. com" a partirde su posición de usuario secundario, lo que le permitió seguir operando sin autorización. El 2 de diciembre de 2024, la empresa lo despidió e informó a Toku para que eliminara su acceso.
Pero antes que de eso, Faúndez "creó un nuevo usuario en Toku denominado tangozulu1969 agmail. com". El 2 de enero de 2025, Faúndez ingresó de nuevo al sistema y ejecutó acciones que, según UC Christus, generaron un grave perjuicio a la compañía.
La querella detalla que "el usuario tangozulu1969 0 gmail. com eliminó 34.108 suscripciones de clientes del área de Convenios de Salud de UC Christus" lo que afectó la continuidad de los contratos y dejó a miles de pacientes sin registros actualizados. Agrega que "el imputado realizó una nueva carga de archivos con errores en la asignación, vinculando identificadores de suscripciones a clientes equivocados", lo que provocó una confusión en la identificación de beneficiarios.
Asimismo, Faúndez habría detectado "un error en la creación de deudas informado desde Crawford, proveedor de UC Christus cuyos sistemas se encuentran integrados con la plataforma proveída por Toku", lo que impidió la correcta facturación de los servicios prestados y comprometió los ingresos de la empresa.
Según su página web corporativa, "UC Christus es la red de atención médica privada más importante del país con un amplio campo clínico". IMPACTO El mismo documento consignó que las acciones de Faúndez alteraron la administración de sus convenios de salud.
Los errores en la asignación de datos generaron un cruce de información que comprometió la identificación correcta de los beneficiarios, lo que generó confusión en la prestación de servicios médicos y alteró los procesos de cobro. El mayor daño fue financiero. La plataforma Toku gestiona la facturación de los convenios de salud y las alteraciones impidieron la recaudación correcta de pagos.
La empresa sufrió pérdidas económicas y desplegó un trabajo técnico para recuperar la información afectada, y precisó que estos hechos "causaron un trastorno significativo en los procesos de carga de deuda de pacientes a la plataforma Toku". Desde UC Christus explicaron a Pulso que: "Gracias a nuestros resguardos, controles y protocolos establecidos, detectamos esta situación de manera oportuna, lo quenos permitió adoptar medidas inmediatas. Queremos enfatizar que no existió riesgo para la institución ni acceso ainformación confidencial, clínica o sensible de nuestros pacientes. UC Christus fundamenta su acción en la Ley N' 21.459 sobre delitos informáticos, donde el artículo 4* sanciona la alteración, daño o eliminación de datos digitales cuando causan perjuicio grave.
El documento cita la norma, que establece que "el que indebidamente altere, dañe o suprima datos informáticos, será castigado con presidio menor en su grado medio, siempre que con ello se cause un daño grave al titular de estos mismos".Q.