AUTOMOTRIZ JUAN CONTRERAS E.I.R.L. 76.333.286-1
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.194 Miércoles 9 de Julio de 2025 Página 1 de 3 Empresas y Cooperativas CVE 2669282 EXTRACTO RENE A.
MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, REPERTORIO Nº 1132-2025, JUAN MIGUEL CONTRERAS ARAYA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número doce millones seiscientos sesenta y tres mil trescientos seis guion ocho, domiciliado en camino El Asiento kilómetro uno, lote número ocho, comuna de Alhué, Provincia de Melipilla, modifica y transforma la sociedad “AUTOMOTRIZ JUAN CONTRERAS E.I.R.L.
”, constituida por escritura pública de fecha 15/03/2013, ante el Notario Público de de la ciudad de Melipilla don René Alejandro Martínez Loaiza, e inscrita a fojas 222 N 111 en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla, del año 2013 y publicada en el Diario Oficial N 40.515 de fecha 21/03/2013.
En este acto don JUAN MIGUEL CONTRERAS ARAYA, viene en enterar y completar en arcas sociales la totalidad de aporte comprometido hasta el día de hoy, ascendente a la suma de dos millones quinientos mil pesos, ello al contado, en dinero efectivo, dando con ello expreso cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del pacto social primitivo, quedando totalmente enterado y pagado el capital social inicial de CINCO MILLONES DE PESOS.
Asimismo se acuerda aumentar el capital social de la sociedad en la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, quedando, en consecuencia, el capital que inicialmente era de CINCO MILLONES DE PESOS, íntegramente pagado en CINCUENTA MILLONES DE PESOS.
El aumento del capital se entera y paga por el único socio de la siguiente forma: El socio don JUAN MIGUEL CONTRERAS ARAYA suscribe y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, totalmente ingresados en arcas sociales. De esta manera, el único socio de la empresa queda con una participación en el capital social de CINCUENTA MILLONES DE PESOS, totalmente enterados en arcas sociales. El actual socio de la sociedad “AUTOMOTRIZ JUAN CONTRERAS E.I.R.L.
”, don JUAN MIGUEL CONTRERAS ARAYA, modifica la sociedad de la cual es socio, transformándola en una sociedad por acciones, quedando como único accionista de la sociedad don JUAN MIGUEL CONTRERAS ARAYA, otorgando sus nuevos estatutos sociales, del cual extracto lo siguiente:- RAZON SOCIAL: “JCA AUTOMOTRIZ SpA”, pudiendo actuar y funcionar con el nombre de fantasía “JCA SpA”. - DOMICILIO:- Ciudad de Alhué, comuna de Alhué, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales y otros domicilios en otros puntos del país y en el extranjero. - DURACION:- Comenzó a regir como tal a partir de la fecha de la escritura de constitución de la sociedad de responsabilidad limitada aquí transformada, esto es, desde el día 15/03/2015 y tendrá desde ahora y con ocasión de esta transformación una duración indefinida.
OBJETO: El objeto de la sociedad será: TRANSPORTE: la administración y la explotación comercial de la actividad del transporte, nacional e internacional, urbano, suburbano, interurbano, servicios de carga y fletes en camiones o vehículos propios o de terceros, el transporte de pasajeros, escolares, turismo, taxis, arriendos de vehículos, además, efectuar negocios relacionados con el comercio en general, por cuenta propia o de terceros, consignaciones, importaciones y/o exportaciones de vehículos y de repuestos para los mismos, reparaciones de vehículos, compra y venta de repuestos, o cualquier otra actividad relacionada con estos giros y en general cualquier otra actividad que la socia acuerde libremente desarrollar; INMOBILIARIO: El diseño, elaboración y ejecución de todo tipo de proyectos, obras y trabajos de arquitectura e ingeniería civil, la construcción de toda clase de obras civiles, viviendas y edificios, por cuenta propia o ajena, para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea por administración o a suma alzada, mediante contratos o propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención e inspección de obras, realizar tasaciones y evaluar obrar o proyectos relacionados directamente o indirectamente con el objeto social; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y explotación de toda clase de herramientas, maquinarias, equipos y artículos Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669282 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.194 Miércoles 9 de Julio de 2025 Página 2 de 3 para la construcción; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción, edificación, urbanización, y cualesquiera otra forma de explotación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro inmobiliario; desarrollar toda clase de actividades comerciales o industriales relacionadas con el negocio inmobiliario y de la construcción; la prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías profesionales y asistencia técnica a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en todas aquellas materias relacionadas directa o indirectamente con el giro inmobiliario y de la construcción; INVERSIONES: La inversión, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos y toda clase de títulos, créditos o valores, sean o no mobiliarios, percibir e invertir sus frutos, adquirir y enajenar bonos, debentures, acciones, promesas de acciones, cuotas de inversión, cuotas de fondos mutuos, letras hipotecarias y, en general, toda clase de instrumentos, títulos o valores en los cuales sea posible invertir; la realización de inversiones nacionales e internacionales, comprendiendo de manera no taxativa la promoción, producción, compra, venta, distribución, arrendamiento, intermediación, importación, exportación, explotación y cualquier otro acto, contrato o convención que la ley permita respecto de bienes, acciones, bonos, debentures, y cualquier otro bien mueble o instrumento, corporal o incorporal, o instrumento civil o comercial; HOSPEDAJE Y HOTELERIA: Hospedaje, hotelería, cafetería y restaurant, la sociedad podrá realizar la prestación de servicios de hospedaje, hotelería, cafetería, alojamiento, arriendo y subarriendo de cabañas, piezas, camping y similares, pudiendo realizar este giro en inmuebles propios o arrendados a terceros para tal efecto.
También podrá realizar la explotación de establecimientos de expendio de comestibles y bebestibles: en este sentido la sociedad podrá establecer y explotar todo tipo de locales comerciales, que expendan, sirvan o produzcan alimentos de toda clase, ya sean bebestibles o comestibles, fríos o calientes, para consumir en el local o para llevar, la actividad se desarrollará en establecimientos tales como restaurantes, hoteles, cafeterías, cabañas, quioscos, locales de venta de café o bebidas de fantasía o alcohólicas, en todo tipos y formas que se lo permita la patente comercial; esta actividad la realizará en sitios propios o arrendados, playas, camping o terrazas ocasionales o en locales establecidos como casa habitación como hostal, hoteles y cabañas, también podrá efectuar eventos o banquetes a pedido de particulares, fuera o dentro de sus locales, pudiendo concurrir a efectuarlos al domicilio del solicitante, y en general cualquier otra actividad que esté relacionado con este giro, estas actividades la desarrollará en locales propios, arrendados, o prestados por particulares para ese efecto y en general la sociedad podrá explotar todo el rubro de los bebestibles y comestibles que existan en el presente o en el futuro, como objeto de esta sociedad; LUBRICENTRO: La distribución y venta de lubricantes, la representación y comercialización de todo tipo de repuestos, el servicio de mantención y limpieza de vehículos en general, la administración de lubricentros, la administración de estaciones de servicios, de combustibles; vulcanización, la asesoría de lubricaciones en general; compraventas de lubricantes; cambios de aceites en general; mecánica y electricidad automotriz y de toda clase de vehículos terrestres; compraventa y importación de repuestos y accesorios para automóviles, camionetas, motos, furgones, y, camiones; lavados de automóviles; compraventa y permuta de automóviles; compraventa de neumáticos; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho.
La representación de empresas fabricantes o de distribuidores de automóviles sean nacionales o extranjeros; el arriendo de vehículos motorizados y equipos; la importación o exportación de vehículos motorizados de cualquier clase y sus piezas, repuestos o accesorios; la reparación, desabolladura y pintura de toda clase de vehículos motorizados; la compra y venta de repuestos, partes, lubricantes, aditivos y accesorios de toda clase de vehículos motorizados; actuar como intermediarios o comisionistas en la compra, venta o enajenación a cualquier título de toda clase de vehículos motorizados; ejecutar y realizar en general cualquier negocio que sea del rubro de distribución y venta de lubricantes automotriz o con actividades relacionadas directa o indirectamente con esta actividad sean en el área de servicio o en cualquier otra área y que sean de interés para la sociedad; La sociedad podrá, también prestar servicios, de cualquiera naturaleza que se relacionen o no, en la actualidad o en el futuro, con su giro social; y todo acto, contrato, adquisición e implementación que resuelva realizar y que sean afines, relacionados o conexos, en la actualidad o en el futuro, con los objetivos sociales y cualquier otro negocio que se acordare; y MECANICO: la Prestación de servicios mecánicos automotrices, reparación mecánica de vehículos motorizados, desabolladura, pintura y tapicería de tales vehículos, sean estos nuevos o usados, compra y venta de todo tipo de repuestos, piezas o partes para vehículos motorizados, compra y venta de herramientas para la prestación de estos servicios automotrices, compra y venta de lubricantes para vehículos motorizados, la reparación, compra y venta de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669282 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.194 Miércoles 9 de Julio de 2025 Página 3 de 3 neumáticos para dichos vehículos, y la compra y venta de accesorios para vehículos motorizados, la prestación, explotación y desarrollo de servicios mecánicos automotrices en todas y cualquiera de sus formas, instalación de servitecas, talleres mecánicos y locales comerciales; arriendo y explotación en cualquiera de sus formas de maquinaria automotriz; la compra, venta, distribución, importación y exportación de insumos, accesorios, productos y materiales para el desarrollo de la actividad de mecánica automotriz y de serviteca; o cualquier otra actividad relacionada a la mecánica automotriz y sus derivados. Además, la empresa podrá realizar todos aquellos actos, contratos, actividades o rubros o cualquier otra actividad comercial o industrial que fuere complementaria o anexa al giro principal de la empresa.
CAPITAL:- El capital de la sociedad que por este acto se transforma es la suma de CINCUENTA MILLONES DE PESOS, dividido en CINCO MIL ACCIONES ordinarias, nominativas de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto.
La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. - Se deja expresa constancia que el accionista don JUAN MIGUEL CONTRERAS ARAYA suscribe en este acto CINCO MIL ACCIONES, las que se encuentran enteradas y pagadas al contado, en dinero efectivo e ingresadas en la caja social. ADMINISTRACION.
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de estos estatutos.
El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Por vía ilustrativa, las facultades del o los administradores generales comprenden, entre otras, las señaladas en la cláusula décima primera de estos estatutos. El compareciente, declara que la sociedad por acciones que se ha creado por el presente instrumento será la sucesora legal de la empresa de responsabilidad limitada denominada “AUTOMOTRIZ JUAN CONTRERAS E.I.R.L. ”, rol único tributario N 76.333.286-1, para todos los efectos legales, especialmente los de carácter tributario. - DESIGNACION DE ADMINISTRADOR GENERAL.
En este acto se designa como único administrador de la sociedad a don JUAN MIGUEL CONTRERAS ARAYA, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo décimo primero de estos estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo de la junta de accionistas, protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo.
A su vez se le faculta para que pueda suscribir toda escritura de corrección, adición o de modificación de lo establecido en la presente escritura con el único fin de que pueda ser inscrita en el Registro de Comercio o cumpla con los fines comerciales para los cuales fue creada, incluidas las facultades para el saneamiento legal si correspondiere.
Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador general de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Melipilla, 18/06/2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669282 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl