Extractos: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
Extractos: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Dirección Regional de Valparaíso NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: "Ampliación de Zona de Almacenamiento de Mercancías Clasificadas IMO y Habilitación de Zona para Servicios de Desconsolidado y Trasvasije" (Extracto) Servicio de Evaluación Ambiental Gobierno de Chile De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 94 del D.S.
Nº 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante Resolución Exenta Nº 20260500118, de fecha 25 de febrero de 2026, la Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Valparaíso, ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días hábiles, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación de Zona de Almacenamiento de Mercancías Clasificadas IMO y Habilitación de Zona para Servicios de Desconsolidado y Trasvasije", el que estaría emplazado en la comuna de San Antonio, cuyo titular es HANSEATIC GLOBAL TERMINALS CHILE EXTRAPORTUARIOS S.A.
Que, conforme a la descripción del proyecto la tipología en virtud de la cual ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), corresponde a aquellas contempladas en la letra ñ) del artículo 10 de la Ley 19.300 y del artículo 3º del Reglamento del SEIA, que dispone: "Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas"; especialmente, lo indicado en el literal ñ. 1) "Producción, disposición o reutilización de sustancias tóxicas (. .. ) (sustancias señaladas en la Clase 6 División 6.1 de la NCh. 382, Of. 2004)"; y en el literal ñ. 3) "Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables (. .. ) (sustancias señaladas en la Clase 2 Divisón 2.1, 3 y 4 de la NCh. 382, Of. 2004)". El Proyecto produciría carga ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94 del D.S. Nº 40/2012, ya que generaría beneficios sociales y ocasionaría externalidades ambientales negativas en localidades próximas a su emplazamiento, durante su operación. Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al Proyecto, según lo dispuesto en el artículo 95 del D.S. Nº 40/2012, y tendrá un plazo legal para efectuarlas ante la Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente publicación. Las observaciones deberán formularse por escrito, contener sus fundamentos y referirse a la evaluación ambiental del Proyecto.
El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: · Dirección Regional del SEA, ubicada en calle Prat 827, oficina 402, Valparaíso. · Sitio web: https://www.sea.gob.cl. https://firma.sea.gob.cl/publicaciones/2026/02/25/1772044715 2167887375 Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso. ESTHER PARODI MUÑOZ Directora (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región de Valparaíso.