Autor: ALEJANDRO VERGARA BLANCO Profesor titular de Derecho Administrativo Pontificia Universidad Católica de Chile
Tercera Sala y libre competencia
Señor Director: En su columna dominical del cuerpo Economía y Negocios de "El Mercurio”, Felipe Trarrázabal muestra el triste lugar que, durante varios años, de manera reiterada, viene ocupando la Tercera Sala de la Corte Suprema en una encuesta académica sobre el desempeño de los órganos estatales que se vinculan con la defensa de la libre competencia, la que le asigna nota roja; ello contrasta con las notas azules de la Fiscalía Nacional Económica y del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Existen varias razones para esa mala calificación; entre otras, que esa sala ha mostrado una conducta activista, aplicando criterios de justicia material, y fallos alejados de la experticia que se esperaría de una alta corte. Se pregunta por lo que € n abe esperar de esa sala, ahora con su eva composición. Una solución recomendable es la reubiación de los casos de libre competencia al terior de la Corte Suprema. En efecto, ado que están vinculados al Derecho civil, comercial o económico y enfrentan fundamentalmente a particulares, quizás es más propio que sean conocidos por la Primera Sala. Esta mayor afinidad es notoria en la academia.
No es del todo apropiado que la Tercera Sala siga conociendo estos casos, cuya temática dominante es el contenciosoadministrativo, esto es, conflictos entre un particular y un órgano administrativo, lo que tiene afinidad con el Derecho administrativo. Entonces, profundizando en la especialización real de sus salas, quizás el Pleno podría reubicar este tipo de causas y así intentar asegurarle al país notas azules en las próximas encuestas.