Resolución exenta número 621, de 2024.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados en vía y tramo que indica de la provincia de Huasco
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.019 Lunes 9 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2581230 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA Y TRAMO QUE INDICA DE LA PROVINCIA DEL HUASCO (Resolución) Núm. 621 exenta. - Copiapó, 27 de noviembre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 18.059 ; los artículos 107 y 113 del DFL N 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones N 39, de 1992 y N 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la solicitud de prohibición de circulación de vehículos de fecha 8 de noviembre de 2024, y antecedentes presentados por don Octavio Farías Moya; en la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, a través de formulario de solicitud de prohibición de circulación de vehículos de fecha 8 de noviembre de 2024, don Octavio Farías Moya, en representación de la empresa Obras Civiles Farías e Hijos SpA, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución de la obra “Camino Básico por Conservación Ruta C-494, Cruce C-46 (Freirina) - El Morado - Cruce C-500 (El Higirio), Km. 51,800 al Km. 77,479, Provincia de Huasco, Región de Atacama”, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en todo horario, desde el día 28 de noviembre de 2024, hasta el 31 de julio de 2025, en la siguiente ruta de la provincia del Huasco: - Ruta C-494, a calzada completa, sentido bidireccional, desde el kilómetro 51.800, hasta el kilómetro 77.479.2.
Que, el solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: - Resolución exenta N 10, de fecha 10 de mayo de 2024, de la Dirección Regional de Vialidad de la Región de Atacama, que adjudicó licitación pública para el contrato “Camino Básico por Conservación Ruta C-494, Cruce C-46 (Freirina) - El Morado - Cruce C-500 (El Higirio), Km. 51,800 al Km. 77,479, Provincia de Huasco, Región de Atacama”. - Plan de Seguridad Vial de 20 de octubre de 2023.3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero. 4.
Que, el DFL N 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N 107 y N 113 inciso primero, respectivamente, que: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2581230 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en todo horario, hasta el 31 de julio de 2025, en la siguiente ruta de la provincia del Huasco: - Ruta C-494, a calzada completa, sentido bidireccional, desde el kilómetro 51.800, hasta el kilómetro 77.479.2. En el tramo señalado, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el resuelvo N 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los servicios de transporte público de pasajeros no serán afectados con la medida. 4.
El responsable a cargo de las obras, deberá respetar estrictamente el periodo de cierre de las calles en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía”, Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL N 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Carla Orrego Esquivel, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Atacama. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2581230 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl