Instituto Profesional del Comercio SpA 87.894.800-9
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.899 Sábado 13 de Julio de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2518891 EXTRACTO IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público Titular de 33º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que con fecha 17 de Junio de 2024, ante mí, Pedro Rojas Alfaro, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 15.638.254-K, con domicilio en Cruz del Sur 133, Las Condes, debidamente facultado, redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Instituto Profesional del Comercio SpA, inscrita a fojas 5.806 número 3.134 del Registro de Comercio de Santiago del año 1981, celebrada con fecha 31 de Mayo de 2024, en la que se acordó, por la unanimidad de los accionistas, MODIFICAR, a expresa solicitud del Ministerio de Educación, la transformación y aumento de capital de la sociedad, ocurrida el día 28 de Diciembre de 2023, mediante escritura pública suscrita en la Notaría de Iván Torrealba Acevedo y signada con número de repertorio 20.384 -2023, reemplazando los artículos Tercero y Vigésimo Noveno de los estatutos por los siguientes: “Artículo Tercero: i/ El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. ii/ El domicilio de la Institución de Educación Superior Organizada es Ejercito número trescientos seis, comuna de Santiago”. “Artículo Vigésimo Noveno: La Sociedad incorpora como parte esencial de sus estatutos, las disposiciones contenidas en el DFL N2 de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N1, de 2005; las contenidas en la ley 20.843, que elimina la prohibición de participación de estudiantes y funcionarios en el gobierno de las instituciones de educación superior; y las contenidas en la ley 21.091 sobre Educación Superior”. Los accionistas acordaron por unanimidad incorporar un nuevo Artículo Trigésimo del siguiente tenor: “Artículo Trigésimo: La Sociedad incorpora plenamente los principios recogidos en el artículo 108 del DFL N2 de 2009, y sus antecesores, relativos a la autonomía institucional, en particular los artículos 104,105, 106 y 107 del DFL N2”. En la misma Junta Extraordinaria de Accionistas se acordó RECTIFICAR la ya citada escritura pública suscrita en la Notaría de Iván Torrealba Acevedo y signada con número de repertorio 20.384 -2023, y su extracto inscrito en el Registro de Comercio, en especifico los Artículos Quinto y Primero Transitorio - en los cuales se indicó un número de acciones erróneo en el que se divide el capital socialreemplazándolos por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad aumenta de la suma de novecientos dos millones setecientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y dos pesos, dividido en novecientos dos millones setecientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y dos acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal a la suma de mil novecientos dos millones setecientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y dos pesos, dividido en mil doscientos ochenta y siete millones setecientos sesenta mil setecientos veintisiete acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal.
Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes debidamente valorizados”. “Artículo Primero Transitorio: El capital social, ascendente a la suma de mil novecientos dos millones setecientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y dos pesos dividido en mil doscientos ochenta y siete millones setecientos sesenta mil setecientos veintisiete acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: a) Appia Chile SpA: i) suscribió y pagó ochocientos cincuenta y siete millones seiscientos cincuenta y tres mil diecinueve acciones por un total de ochocientos cincuenta y siete millones seiscientos cincuenta y tres mil diecinueve pesos; y ii) suscribe trescientos ochenta y cuatro millones novecientas sesenta y ocho mil setenta y cinco acciones por un total de mil millones de pesos que pagará en dinero a más tardar en el plazo de tres años contados desde esta fecha. b) Fernando Martinez Santana suscribió y pagó cuarenta y cinco millones ciento treinta y nueve mil seiscientas treinta y tres acciones por un total de ciento diecisiete millones doscientos cincuenta y cinco mil quinientos veintidós pesos. En consecuencia, el capital social ha sido Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2518891 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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