SOCIEDAD DE INVERSIONES TERRA FORCE LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.064 Sábado 1 de Febrero de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2604940 EXTRACTO LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Valdivia, con Oficio en calle independencia N548, de esta ciudad de Valdivia, certifica: hoy, ante mí, bajo el Repertorio N140-2025, se celebró escritura pública entre don CESAR AMADOR FUENZALIDA GAJARDO, chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad, 12.746.565-7, domiciliado en calle Ernesto Henríquez número quinientos uno, oficina uno, de la ciudad de Valdivia, y don MATIAS IGNACIO PALMER CID, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número 17.245.160-8, domiciliado en calle Ernesto Henríquez número quinientos uno, oficina uno, de la ciudad de Valdivia; todos comparecientes mayores de edad, en la que constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD DE INVERSIONES TERRA FORCE LIMITADA.
El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, venta, arrendamiento, leasing, administración, construcción, loteo, subdivisión, explotación y/o urbanización de toda clase de bienes raíces, por cuenta propia o ajena, incluyendo en ello la planificación, estudio y ejecución de desarrollos urbanísticos inmobiliarios, urbanos y/o rurales, y de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería, construcción, explotación forestal, viveros e invernadero, acuícola en general (compra y venta de productos, administración etc), actividad agrícola mixta y minería explotación minera, compra y venta de metales, administración minera, producción, explotación y comercialización a nivel nacional e internacional de todos los recursos forestales y agrícolas.
Pudiendo realizar actos de compraventa y comercialización de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para el desarrollo agroforestal; compraventa de bienes raíces, bienes muebles de uso agrícola y forestal, prestación de servicios profesionales y asesorías técnicas; como así mismo, cualquier otro acto o contrato necesario o conducente para el negocio social como también cualquier otra actividad o negocio que los socios de común acuerdo determinen. - La razón social será "SOCIEDAD DE INVERSIONES TERRA FORCE LIMITADA", la cual podrá funcionar con el nombre de fantasía “TERRA FORCE LIMITADA”. - La administración y el uso de la razón social, corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, los cuales actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representaran con las más amplias facultades, para el cumplimiento de los fines sociales y podrán celebrar o ejecutar todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes a ello, con la sola limitación que Queda prohibido a los socios, en nombre y representación de la sociedad, avalar letras de cambio, pagarés, vales y demás documentos mercantiles o bancarios y otorgar fianzas a favor de terceros. Asi como también no se podrá enajenar, ni gravar en ninguna de sus formas los bienes raíces de la sociedad sin la autorización expresa y firma de ambos socios.
El capital social es la suma de dos millones de pesos, que se entera y aporta por los socios en la siguiente forma: a) don César Amador Fuenzalida Gajardo, la suma de un millón cien mil pesos, en dinero efectivo, equivalente al cincuenta y cinco por ciento del capital social, cantidad que se encuentra ingresada a la caja social; b) don Matías Ignacio Palmer Cid, por si, la suma de novecientos mil pesos, en dinero efectivo, equivalente al cuarenta y cinco por ciento del capital social, cantidad que se encuentra ingresada a la caja social. - La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha, y tendrá una duración de cinco años y se entenderá prorrogada automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo de su vigencia primitiva o de la prórroga en vigencia.
La disolución de la sociedad operará por el vencimiento del plazo estipulado si no se hubiere producido la prórroga y renovación automática y tácita a que se refiere el párrafo anterior. - También podrá disolverse en cualquier tiempo por acuerdo de los socios.
Si durante la vigencia del contrato social falleciere alguno de los socios, la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido quienes deberán hacerse representar por un mandatario común especialmente designado al efecto. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valdivia 23 de Enero del año 2025. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2604940 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl