SOCIEDAD BUTLER Y COMPAÑÍA LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.024 Sábado 14 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2584234 EXTRACTO FERNANDO PATRICIO AQUEVEQUE ARELLANO, abogado, Notario Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Talca, don Teodoro Patricio Durán Palma, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante el Titular, con fecha 03 de diciembre de 2024, Repertorio Nº7.174-2024, doña CONSUELO ALEJANDRA BUTLER ROJAS, domicilia calle 1 ½ Norte N4738-2024, Parcelas Hacienda La Esmeralda, Talca; y doña MARIA CRISTINA ROJAS BRAVO, domiciliada calle 6 ½ Poniente C N 0970, Talca, trasformaron y modificaron “SOCIEDAD BUTLER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rut N 76.511.656-2, constituida por escritura pública de 29-10-2013, otorgada ante Notario Público Interino de Talca Alin Acevedo Rojas, extracto inscrito a fojas 2850 N1270, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año 2013; en siguiente sentido: TRANSFORMACION.
Las actuales dueñas y socias en partes iguales, doña Consuelo Alejandra Butler Rojas y doña María Cristina Rojas Bravo, acuerdan transformar la actual sociedad de responsabilidad limitada, en una sociedad por acciones, regida por estatutos que se extractan: Razón social: “SOCIEDAD BUTLER SpA”. Nombre fantasía: “BUTLER SpA.
” Objeto social: desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Todo tipo de actividades propias de la cirugía médica, medicina, enfermería y atención de salud, en especial la prestación de servicios profesionales afines pudiendo realizar prestaciones médicas de atención abierta y hospitalaria; b) prestación de servicios de asesoría; consultorías profesionales del rubro o afines y/o docencia en establecimientos de educación superior o de capacitación laboral; c) centros de atención médica sean establecidos o cualquier centro relacionados con la salud, establecimientos médicos de atención ambulatoria como centros médicos, actividades empresariales relacionadas con la salud humana y actividades de investigación; d) Importar, exportar, fabricar, distribuir y comercializar por cuenta propia o ajena todo tipo de material, instrumental y equipos médicos, de laboratorio, productos farmacéuticos y otros afines y prestar servicios relacionados con dichos bienes; e) Crear y explotar todo tipo de laboratorio clínico, de imagen, investigación o de radiología; f) La compra, venta, adquisición y enajenación en general a cualquier título, arrendamiento, administración y explotación de toda clase bienes muebles, raíces urbanos, agrícolas y/o turísticos; g) La realización de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; acciones, bonos; derechos, cuotas y participación en cualquier clase de sociedades; y, en general, realizar inversiones en bienes del activo fijo o financiero; h) Realizar inversiones en sociedades o empresas relacionadas con los rubros anteriores y asesorar, técnicamente a las empresas de las cuales se pase a ser o sea accionistas mayoritaria o propietaria; i) y la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal y cualquier otra actividad que los socios acuerden.
La sociedad, atendida la naturaleza o especialidad de los servicios o asesorías encomendadas o establecimientos o contratos desarrollados, podrá autocontratar o contratar a los profesionales, técnicos y/o a las personas naturales o jurídicas, sean esta de derecho público o privado que al efecto se requiera, o de ser necesario, para prestar por su intermedio los servicios encomendados.
Sin perjuicio de lo anterior, el giro social comprenderá cualquier otro negocio o actividad que los socios de común acuerdo determinen, y que se encuentre directa o indirectamente relacionado con los anteriores, sin que ello importe o se requiera una modificación de sus estatutos.
Capital: $3.000.000. -, dividido en 300 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie e igual valor, que las accionistas constituyentes suscribieron en su totalidad, en partes iguales, cada una con 150 acciones por valor total $1.500.000. -, que se encuentran pagados. Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: corresponderá a doña Consuelo Alejandra Butler Rojas, con facultades escritura extractada. Duración: indefinida. Domicilio: Talca, sin perjuicio sucursales otros puntos del país o extranjero.
MODIFICACIONES. 1.- Compraventa de acciones: Doña María Cristina Rojas Bravo, dueña de 150 acciones, vende, cede y transfiere la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2584234 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.024 Sábado 14 de Diciembre de 2024 Página 2 de 2 totalidad de éstas, a doña Consuelo Alejandra Butler Rojas, que compra, acepta y adquiere para sí. 2.- Nueva conformación societaria: Como consecuencia de la compraventa de acciones, queda como actual única dueña y accionista doña Consuelo Alejandra Butler Rojas, con 300 acciones nominativas de una misma serie, ordinarias, sin valor nominal equivalentes a $3.000.000. -, que conforman total capital social, que se encuentra totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 11 de diciembre de 2024. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2584234 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl