Corte ordena millonario pago por abuso sexual
Corte ordena millonario pago por abuso sexual a Corte de Apelaciones L de Antofagasta confirmó una sentencia que condenaala Fundación Educacional Arnaldo Salamanca de Calama a pagar una indemniza-ción de 70 millones a una estu-diante, que sufrió un abuso sexual por parte de un funcionario del establecimiento. En fallo unánime, el tribu-nal de alzada determinó quela fundación es responsable civil extracontractual por el daño moral causado alavíctima. Asimismo, destacó la gravedad de los hechos y laresponsabilidad del colegioa nocontar con mecanismos adecuados para detectar y prevenir este tipo de si-tuaciones.
“Si la indemnización porCORTE DE APELACIONES ORDENÓ EL MILANRIO PAGO ALA VÍCTIMA. aflicciones, pero ayudará asoeste daño extrapatrimonial obedece a un fin compensatoriode los padecimientos físicos y espirituales generados porel actoilícito, su monto no puede ser inferior a la suma de 70.000.000, cantidad queevidentemente no reparará las portarlas y a financiar los apoyosterapéuticos que tiendana superarlas enla mayor medida quesea posible”, consignó el fallo.
“La sentencia penal que condena al ofensor por los he-chos cometidos al interior del establecimiento educacional donde prestaba servicios bajo vínculo de dependencia y subordinación, alo quecabe añadir queloquese puedeextraer de aquellos antecedentes que menciona el recurso y del modo quela propia recurrentelos analiza, no son suficientes para desvirtuar los hechos asentados ni las conclusiones del tribunal respecto a la concurrenciade los presupuestos de responsabilidad”, agrega el fallo dela Corte de Apelaciones de Antofagasta.
La resolución agrega que “la circunstancia que la Superintendencia de Educación de la ciudad de Antofagastano iniciara un procedimiento administrativo no exonera delaresponsabilidad civil del emplea-dor, siendo irrelevante además quel colegio no siguiera prestando atenciones a la niña por el hecho de que fueraatendida por otras instituciones y a raíz de las acciones conocidas por la jurisdicción de familia.
Del mismo modo, sila afectada siguió cursando sus estudios en el colegio, esa decisión no desvirtúani permite colegir que se desvaneciera el temor que siguió padeciendo en las aulas ante figuras masculinas, cuestión que, con todo, es posible de establecer con los demás elementos de convicción”. Según dio cuenta el fallo por este abusos sexual, se habría perpetrado por un período detiempo en quela víctima se mantuvo en la unidad educativa, sin que recibiera apoyo pes porlos vejámenes.. Caso. Falló condenó a establecimiento educativo de Calama.