Resolución exenta número 286, de 2025.- Dispone la no procedencia de la consulta indígena para proyectos de infraestructura que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.116 Jueves 3 de Abril de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2627265 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Subsecretaría de Obras Públicas / Dirección General de Obras Públicas DISPONE LA PUBLICACIÓN EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA NO PROCEDENCIA DE LA CONSULTA INDÍGENA PARA PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (Resolución) Núm. 286 exenta. - Santiago, 19 de marzo de 2025. Vistos: Convenio Nº 169 de la OIT (1989), sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, ratificado por Chile. Decreto supremo Nº 66 (2013) del Ministerio de Desarrollo Social, que regula el procedimiento de consulta indígena. Resolución Nº 7 (2019) de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón. Decreto supremo Nº 179 (2023) del MOP, que designa al Director General de Obras Públicas. Decreto con fuerza de ley MOP Nº 850 (1997), que establece el texto refundido y sistematizado de la ley Nº 15.840 y el DFL Nº 206 de 1960. Oficio DGOP Nº 232 (2022), que establece el procedimiento para determinar la procedencia de consulta indígena. Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Considerando: 1.
Que, conforme al marco normativo vigente y en virtud de lo dispuesto en el artículo 48 de la ley Nº 19.880, los actos administrativos que interesen a un número indeterminado de personas deben ser publicados en el Diario Oficial para garantizar su publicidad. 2.
Que, la Dirección General de Obras Públicas ha dictado, en los años 2023 a 2025, ocho Resoluciones de No Procedencia de la Consulta Indígena en proyectos de infraestructura que requieren ser publicadas. a) Resolución DGOP exenta Nº 573 - Proceso Nº 17177712 de fecha 20 de julio de 2023 que declara la No Procedencia de Consulta Indígena del proyecto "Reposición Ruta 15-CH, Sector Apacheta Casiri - Q.
Casoxalla, Región de Tarapacá", fundamentado en que el proyecto se desarrolla en la faja fiscal sin afectar tierras indígenas, tradiciones, sitios culturales ni recursos naturales esenciales, respecto a lo cual el análisis técnico recomendó la implementación de procesos participativos ciudadanos con pertinencia indígena. b) Resolución DGOP exenta Nº 616 - Proceso Nº 17206870, de fecha 26 de julio de 2023, que declara la No Procedencia de Consulta Indígena del proyecto "Mejoramiento Conexión Vial Curanilahue - Nacimiento, por Bajo los Ríos, Provincia de Biobío, Región del Biobío", fundamentada en que el proyecto se desarrolla en un área donde no existen comunidades a menos de 30 km del trazado vial, así como agrupaciones o tierras indígenas, respecto a lo cual el análisis técnico no identificó afectaciones a territorios o costumbres indígenas. c) Resolución DGOP exenta Nº 20 - Proceso Nº 17717487, de fecha 12 de enero de 2024, que declara la No Procedencia de Consulta Indígena del proyecto "Reposición Puente Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2627265 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.116 Jueves 3 de Abril de 2025 Página 2 de 2 Chichintahue, Alto Biobío", fundamentada en que el proyecto consiste en la reposición de una estructura existente, que no implica reasentamientos, expropiaciones ni impactos territoriales. d) Resolución DGOP exenta Nº 734 - Proceso Nº 18126102, de fecha 5 de junio de 2024, que declara la No Procedencia de Consulta Indígena del proyecto "Construcción Pasarela de Monkul, Comunidad Mateo Nahuelpan, Carahue, Región de La Araucanía", fundamentada principalmente en que el proyecto consiste en la construcción de una pasarela peatonal sin afectación a prácticas culturales o sitios de significación. e) Resolución DGOP exenta Nº 1.269 - Proceso Nº 18386591, de fecha 30 de agosto de 2024, que declara la No Procedencia de Consulta Indígena del proyecto "Mejoramiento Conexión Vial Ruta T-345 - Ruta-34 Sector Máfil, Región de Los Ríos", fundamentada principalmente en que el proyecto se desarrolla en un área que no genera afectaciones directas a la población indígena ni a sitios de significación cultural, y no conlleva impacto sobre el acceso a recursos naturales ni reasentamientos. f) Resolución DGOP exenta Nº 1.739 - Proceso Nº 18672076, de fecha 5 de diciembre de 2024, que declara la No Procedencia de Consulta Indígena del proyecto "Reposición Escuela Rural G-512 Molluco de Temuco, Región de La Araucanía", fundamentada en que el proyecto corresponde a la reposición de una escuela existente, sin afectar tierras indígenas, prácticas culturales ni sitios de significación. g) Resolución DGOP exenta Nº 8 - Proceso Nº 18757193, de fecha 7 de enero de 2025, que declara la No Procedencia de Consulta Indígena del proyecto "Terminación del Mejoramiento Ruta S-61 Camino Melipeuco - Icalma, Provincias de Cautín y Malleco, Región de La Araucanía", fundamentada en que el proyecto se desarrolla en la faja fiscal existente, sin intervención en tierras indígenas ni afectación a prácticas culturales o sitios de significación. h) Resolución DGOP exenta Nº 38 - Proceso Nº 18811302, de fecha 23 de enero de 2025, que declara la No Procedencia de Consulta Indígena del proyecto "Mejoramiento Ruta R-95 Camino Liucura - Icalma, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía", fundamentada en que el proyecto se desarrolla en la faja fiscal existente, sin intervención en tierras indígenas ni afectación a prácticas culturales o sitios de significación. 3.
Que, considerando el principio de economía procedimental que mandata a la Administración a responder a la máxima economía de medios con eficacia, y teniendo presente que la Ley de Transparencia ha dispuesto mecanismos de publicidad de los actos administrativos, en atención a los altos costos de publicación de resoluciones íntegras en el Diario Oficial, se ha determinado publicar extractos de las Resoluciones de No Procedencia de Consulta Indígena incluyendo un vínculo a la plataforma en que se encuentra publicado íntegramente el acto; y además la disponibilidad en el sitio web del Ministerio de Obras Públicas, en específico de su banner de Asuntos Indígenas, que asegura el acceso público a la documentación completa referida. Resuelvo: 1.
Publíquese en extracto las resoluciones mencionadas en el considerando 4º, procediendo a informar que los textos íntegros de las resoluciones mencionadas se encuentran disponibles en la sección de Asuntos Indígenas y Tribales de la página web del Ministerio de Obras Públicas: https://asuntosindigenas.mop.gob.cl/, y en el banner de Transparencia del MOP. Anótese, comuníquese y publíquese. - Boris Olguín Morales, Director General de Obras Públicas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2627265 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl