ASESORÍAS E INVERSIONES ALERCE LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.172 Jueves 12 de Junio de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2659004 EXTRACTO Luis Eduardo Rodríguez Burr, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Providencia, con domicilio en Avenida Providencia 1.777, comuna de Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 3 de junio de 2025, bajo el repertorio 4525-2025, ante mí, don TOMÁS RIVADENEIRA HURTADO, cédula de identidad 16.080.184-0, por sí y en representación de don PABLO RIVADENEIRA HURTADO, cédula de identidad 15.385.262-6, ambos domiciliados en calle San Damián ochocientos setenta, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: ASESORÍAS E INVERSIONES ALERCE LIMITADA; Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Invertir los recursos de la sociedad en participaciones en sociedades, sean estas de responsabilidad limitada o anónima o de otra naturaleza, pudiendo constituirlas o ingresar en sociedades ya formadas, modificarlas, asesorarlas y asumir la administración de las mismas; b) Invertir en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tales como acciones, bonos, pagarés, letras de créditos, cuotas de fondos mutuos, depósitos a plazo y toda clase de títulos o valores mobiliarios y, en general, en el desarrollo de inversiones de cualquier naturaleza.
Las inversiones podrá llevarlas a cabo con recursos propios o que capte de sus socios o de terceros a cualquier título; c) Comprar, adquirir, permutar, arrendar, vender e invertir en toda clase de bienes raíces o derechos sobre ellos, administrarlos y explotarlos directamente, por cuenta de terceros o en cualquier forma; d) Importar, exportar, comprar, vender, arrendar, dar o tomar bienes en leasing, distribuir, intermediar y comercializar bienes muebles y productos en general; e) Representar a toda clase de personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras, sus productos, manufacturas o servicios; f) La prestación de toda clase de asesorías y consultorías administrativas, en gestión empresarial, estratégicas, informáticas, económicas, financieras, de recursos humanos, de transformación digital, de marketing, de desarrollo organizacional, comerciales, o cualquier otra relacionada con los objetos anteriores, tanto a personas naturales como jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
Asimismo, la sociedad podrá realizar estudios, capacitaciones, auditorías, elaboración de informes técnicos, implementación de proyectos, desarrollo y comercialización de metodologías, modelos y herramientas, ya sea propias o de terceros, en las materias antes señaladas; Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, representaciones o sucursales que la sociedad establezca en otros lugares del país o del extranjero; Capital: El capital de la sociedad será de un millón de pesos, suscrito en partes iguales entre los socios y que se pagará dentro del plazo de 6 meses desde la fecha de la escritura de constitución.
Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes; Duración: La duración de la sociedad es de quince años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, renovables en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos un año de anticipación al vencimiento del respectivo periodo; Administración y uso de la razón social: La administración y representación de la sociedad corresponderá a ambos socios, los cuales actuando en forma separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo a su firma la razón social de la sociedad, la representarán y obligarán con amplias facultades para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social, con la única limitación de requerir la firma conjunta de ambos socios para celebrar actos o contratos que involucren un valor superior a cinco mil Unidades de Fomento. - Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 09 de junio de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2659004 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl