Sociedad de Servicios Profesionales Médicos Rojo Olivares Limitada
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.376 Sábado 14 de Febrero de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2770321 EXTRACTO FRANCISCO ARMANDO MARTINEZ TORRES, abogado, Notario Público Titu-lar de la Sexta Notaría de Antofagasta, con oficio en Prat N 470, Local 3, Certifica: por escritura pública, ante mí, de fecha 02 de Febrero de 2026, Repertorio N 751-2026, don Gonzalo Patricio Rojo Pizarro y doña María Fernanda Olivares Barraza, ambos domiciliados en calle Antonio Poupin N928, casa N2 de esta ciudad, constituyeron una sociedad profesional de responsabilidad limitada, fijándose sus estatutos de los cuales extracto lo siguiente: Razón Social: “Sociedad de Servicios Profesionales Médicos Rojo Olivares Limitada”, pudiendo usar el nombre de fantasía “TRAUMA RED Ltda.”.- Objeto: El objeto de la sociedad será el siguiente: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la me-dicina e investigación farmacológica y administración de centro médicos y radiológicos; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especialistas, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) Realización y elaboración de informes, proyectos y estu-dios sobre avances científicos e investigaciones en el área de la salud, difu-sión y extensión de los resultados de las investigaciones, organización de eventos y publicación de libros, revistas y material relacionado a lo ante-rior; d) La compra, venta, importación o exportación, arrendamiento y subarrendamiento de insumos médicos, material quirúrgico, equipos de al-ta tecnología y maquinaria necesaria para hacer posible el ejercicio de la profesión médica; e) Impartir cursos, charlas, seminarios y clases relaciona-das con la medicina además de asesorar en este ámbito a empresas pri-vadas e instituciones o servicios públicos. - f) La realización por cuenta pro-pia o ajena de la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, per-muta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos so-bre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbaniza-ción por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; así como también la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentu-res; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y; g) Cualquier otro negocio o actividad que acordaren los socios conexa o derivada de la principal, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, servicios de Bienestar o a organismos del sector público, municipal o priva-do. - Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda es-tablecer en otros puntos del país, o en el extranjero. - Administración y uso de razón social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusi-va a don Gonzalo Patricio Rojo Pizarro, con las facultades que se detallan en la escritura. - Capital: El capital social es de $3.000.000. -, que los socios aportan y pagan así: a) María Fernanda Olivares Barraza, aporta $900.000. - que es el 30% del capital, de los cuales paga $400.000. - en este acto, al contado y en dinero efectivo a la caja social.
El saldo de $500.000. -, lo enterará en la medida que las necesidades sociales lo requieran, dentro de 3 años contados desde esta fecha y b) Gonzalo Patricio Rojo Pizarro, aporta $2.100.000. - que es el 70% del capital, de los cuales paga $600.000. -, en este acto, al contado y en dinero efectivo a la caja social.
El saldo de $1.500.000. - lo enterará en la medida que las necesidades sociales lo re-quieran, dentro de 3 años contados desde esta fecha. - Duración: La so-ciedad comenzará a regir desde su constitución y tendrá una duración de 5 años.
Este plazo se prorrogará automáticamente por períodos sucesivos, ininterrumpidos, iguales y continuos de 5 años cada uno, si antes del tér-mino del período de vigencia que se encuentre transcurriendo y por lo menos hasta 6 meses antes de que se produzca tal terminación, ninguno de los socios ha dado aviso a los otros de su voluntad de no prorrogar la vigencia y duración de la compañía, mediante declaración formulada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social. - Respon-sabilidad de socios: La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus respectivos aportes. - Demás estipulaciones constan en escritura ex-tractada. - Antofagasta, 11 de febrero de 2026. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2770321 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl