Autor: La
Confirman fallo contra Colegio Cahuala por negligencia y daños morales
Corte de Apelaciones de Puerto Montt ratificó de manera unánime elfallo del Juzgado de Letras en lo Civil de Castro, que ordena al Colegio Cahuala de Castro a indemnizar a un menor y su madre por daños morales. El caso se fundamenta en la falta de atención y cuidado por parte del colegio hacia el menor en el marco de una denuncia por abuso, lo que derivó en una demanda por responsabilidad extracontractual.
A pesar de los recursos de casación y apelación presentados por el colegio, la Corte confirmó la sentencia original, subrayando la gravedad del daño causado y la relación de causa y efecto entre la negligencia del colegio y el perjuicio sufrido por la familia. La resolución confirma la filtración de información confidencial, reconoce la omisión y falta de cuidado del colegio, y establece relación la entre el daño y el acto u omisión del establecimiento educativo. RESOLUCIONJulio Álvarez, abogado de la familia demandante, señaló a El Insular que el proceso tuvo dos etapas. La primera, una arista en que la Fiscalía investigó los hechos ocurridos al interior del colegio, instancia en que se determinó la responsabilidad penal de tres estudiantes. “Luego de este procedimiento era la la determinación de responsabilidad civil. Nosotros pensamos siempre que había efectivamente una responsabilidad del establecimiento porque había vulnerado principalmente temas de prevención en relación con el menor. Presentamos una demanda civil en el Juzgado Civil de Castro, en un juicio bastante largo.
El juez de Castro determinó que había responsabilidad del colegio por haber vulnerado el secreto, que era inherente a un juicio de esa naturaleza y que no había cuidado la salud, y la prevención en relaciónal menor”, expresó. En este contexto, se dictó una sentencia que condenó al una a establecimiento pagar indemnización a título de daño moral en favor de la víctima y de su madre. La sentencia fue recurrida a la Cortede Apelaciones de Puerto Montt por el establecimiento, mediante un recurso de casación y otro por medio un recurso de apelación. “Ambosrecursos fueron rechazados, se declaro que efectivamente el procedimiento había sido el correcto y finalmente la corte confirmó el fallo dictado por el tribunal de primera instancia”, señaló. El abogado recordó que aún está vigente el plazo de 15 días para eventualmente recurrir a la Corte Suprema por la vía de un recurso de casación. RESGUARDO DE DERECHOSÁlvarez señaló que la fundamentación de la acción se basa principalmente en laDeclaración de Derechos Humanos, Derecho del Niño y los derechos constitucionales que han sido vulnerados. “Esos derechos internacionales, legales y constitucionales que han sidovulnerados, en nuestra opinión, un precedente constituyen en cuanto a los colegios particulares. También en los colegios públicos, pero a los particulares también les rige la la obligación de cuidar salud, física y psíquica, de sus estudiantes.
Nosotros nunca hemos visto un arrepentimiento por parte del colegio, al contrario, siempre los vimos no en una defensa del menor, sino que más bien, en lo penal en su momento y ahora en locivil, de parte de los victimarios. Nos parece que merece un gran reproche”, dijo. Finalmente, agregó que “allíhay un mensaje para todos los establecimientos educacionales, de que su principal función no es solamente educar a los niños, sino que también protegerlos. Muchas veces se entiende que es solamente en relación a los adultos que están en el colegio (), eso no es así, la protección debe ser también sobre sus iguales. Aquí el ataque no fue del profesor o un asistente, fue de otros estudiantes del establecimiento y no se actuó debidamente. No lo protegió en su momento, pudiendo hacerlo, y finalmente tampoco lo sancionó cómo correspondía”, cerróÁlvarez.. FOTO ARCHIVO.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt ratificó el fallo de primera instancia que condenó a la institución educativa a pagar una indemnización por daño moral a un menor y su madre, en el marco de un abuso ocurrido al interior del establecimiento.