Autor: CAMILO SOLÍS
Las consecuencias que podría enfrentar Sartor por la arremetida de la CMF
Las consecuencias que podría enfrentar Sartor por la arremetida de la CMF En solo semanas, el panorama para Sartor AGF se ensombreció.
Tras la resolución de la CMF del 15 de noviembre que suspendió los aportes a los fondos que administra por al menos 30 días tras detectar la inversión indirecta en instrumentos de “personas relacionadas” con directores y socios principales del Grupo Sartor, la AGF sufrió una corrida de aportantes con rescates de $175 mil millones.
Luego, el regulador emitió una nueva resolución el 6 de diciembre, suspendiendo por igual plazo también los rescates de estos fondos, para así evitar perjuicios en los inversionistas que permanecen en los vehículos de la administradora.
Pero la pregunta que se repite en el mercado es si la arremetida de la CMF podría concluir en los 30 días que señala para cada caso, o es más bien el comienzo de un largo proceso que tendría mayores consecuencias para Sartor.
“El artículo 5 del DL 3538 [norma que da origen a la CMF] le da la facultad a la CMF de adoptar las medidas preventivas o correctivas que se estimen necesarias para el debido resguardo de los a c c i o n i s t a s, inversionist a s, d e p o s i tantes y asegurados. Esto implica que, según el avan-ce y la investigación realizada por la CMF, sí podrían aparecer posibles sanciones”, señala Mario Tessada, académico de la U. de los Andes. En efecto, tal como señala la resolución que suspendió los aportes, esta primera medida fue el corolario de una auditoría que la CMF inició a comienzos de año y que finalizó en septiembre.
Pero estas gestiones son parte de la función supervisora que tiene la Comisión, de modo que la suspensión de aportes y rescates a fondos de Sartor, las observaciones en su contra y la imposición de condiciones para levantar las medidas fueron dirigidas por Daniel García, director general de Supervisión de Conducta de la CMF.
Sin embargo, la función san-www.elmercurio.com/inversionescionatoria de la CMF corre por un carril separado y corresponde a la Unidad de Investigación de la CMF, liderada por el fiscal Andrés Montes, la que tiene por finalidad “resolver los procedimientos sancionatorios que se originen como consecuencia de una formulación de cargos del fiscal de la Unidad de Investigación”. “Las demás áreas elevan a la división de investigaciones los antecedentes necesarios para realizar la investigación y eventual formulación de cargos para que resuelva el pleno de la CMF como instancia definitiva”, explica Alejandro Ferreiro, exsuperin-tendente de Valores y Seguros.
“La resolución de la CMF dice que luego de la supervisión que se hizo sobre Sartor hay vulneraciones a la Ley Única de Fondos y a la Ley de Mercado de Valores, lo cual tuvo como efecto estas medidas por parte de un equipo que no tiene la facultad de iniciar un procedimiento que termine en una sanción”, menciona una fuente que conoce cómo funciona el regulador.
“Eso no quiere decir que no vaya a haber un procedimiento para sancionar a Sartor: lo que dice la resolución es bien fuerte y habla de la infracción de la ley y eso podría significar la comisión de delitos”, añade. Cabe recordar, de todos modos, que Sartor ha insistido en que “no compartimos el fondode la resolución” de la CMF.
En opinión de Juan Ignacio Camus, socio de Admiral Compliance, las infracciones a la Ley Única de Fondos y Ley de Mercado de Valores podrían dar origen a sanciones que signifiquen “aplicar multas pecuniarias de miles de UF, dependiendo del impacto que los eventuales conflictos de interés tuviesen en los fondos. También, la suspensión o revocación de la autorización para operar como administradora de fondos.
Además de la inhabilitación de sus directores o principales ejecutivos para ejercer roles en el sistema financiero”. Asimismo, los hechos descritos por la CMF también podrían tener una escalada judicial, puesto que podrían significar “acciones legales por infracciones a la Ley de Mercado de Valores, la Ley Única de Fondos y, por último, la Ley de Delitos Económicos, que no hay que olvidar es la ley más gravosa en cuanto a persecución penal en la región, y podría derivar en procesos judiciales más amplios”, señala. Por lo pronto, la normativa de la CMF estipula la posibilidad de: “1. Censura; 2.
Multa a beneficio fiscal equivalente, alternativamente, a un monto global por persona o entidad de hasta: a) la suma de 100.000 unidades de fomento (... ); b) el 30% del valor de las operaciones sancionadas; c) el doble de los beneficios obtenidos producto de las operaciones sancionadas”, además de las suspensiones y revocaciones antes mencionadas.. La suspensión de aportes y rescates a fondos de Sartor son parte del rol supervisor de la CMF. Según expertos: El 15 de noviembre, la CMF suspendió por al menos 30 días los aportes a los fondos que