Resolución exenta número 8.314, de 2025.- Establece plazo para fijar calendario de admisión a las instituciones de educación superior del subsistema técnico profesional, y aplicación de la Ficha de Caracterización Única, ambos correspondientes al proceso de admisión 2026
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.195 Jueves 10 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2666540 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior ESTABLECE PLAZO PARA FIJAR CALENDARIO DE ADMISIÓN A LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DEL SUBSISTEMA TÉCNICO PROFESIONAL, Y APLICACIÓN DE LA FICHA DE CARACTERIZACIÓN ÚNICA FCU, AMBOS CORRESPONDIENTES AL PROCESO DE ADMISIÓN 2026 (Resolución) Núm. 8.314 exenta. - Santiago, 30 de junio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto supremo N 407, de 2018, del Ministerio de Educación, que reglamenta la constitución y funcionamiento de los comités técnicos de acceso para el subsistema universitario y para el subsistema técnico profesional; en la resolución exenta N 6.307, de 2024, de la Subsecretaría de Educación Superior, que designó a la actual Secretaria Técnica de los Comités Técnicos del Sistema de Acceso; en la resolución exenta N 7.990, de 2024, de la Subsecretaría de Educación Superior, que establece nuevos procedimientos e instrumentos de acceso a las instituciones de educación superior del subsistema técnico profesional; en el acta de la sesión N 32, de fecha 22 de mayo de 2025, del comité técnico de acceso del subsistema técnico profesional; en el memorándum interno N 06/497, de fecha 3 de junio de 2025, del jefe de la División de Información y Acceso de la Subsecretaría de Educación Superior; y, en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.
Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la ley N 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3 de la ley N 18.956.2.
Que, la precitadaley N 21.091, en el párrafo 3 de su título I, regula la creación del Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior, en adelante el “Sistema de Acceso”, el que establecerá procesos e instrumentos para la postulación y admisión de estudiantes a las instituciones de educación superior adscritas a éste, respecto de carreras o programas de estudios conducentes a títulos técnicos y profesionales o licenciaturas. 3.
Que, de acuerdo con el artículo 12 de la ley N 21.091, corresponderá a la Subsecretaría de Educación Superior constituir y coordinar un comité técnico de acceso para el subsistema universitario y otro para el subsistema técnico profesional, cuyo objeto será definir los procesos e instrumentos del Sistema de Acceso. 4.
Que, mediante decreto supremo N 407, de 2018, del Ministerio de Educación, se aprobó el reglamento para la constitución y funcionamiento de los comités técnicos de acceso para el subsistema universitario y para el subsistema técnico profesional. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2666540 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, el artículo 4 del reglamento precitado constituyó el Comité Técnico de Acceso del subsistema técnico profesional (en adelante, “el Comité”), el que tiene por finalidad definir los procesos e instrumentos para la postulación y admisión de los estudiantes, respecto de las carreras o programas de estudio impartidos por los institutos profesionales y los centros de formación técnica. 6.
Que, el artículo 7 del citado reglamento establece que el Comité contará con el apoyo de una Secretaría Técnica, radicada en la Subsecretaría de Educación Superior, que prestará el respaldo material y técnico a su gestión administrativa, y facilitará la infraestructura necesaria para el desempeño de sus tareas. En ese sentido, mediante resolución exenta N 6.307, de 2024, la Subsecretaría de Educación Superior designó a la actual Secretaria Técnica. 7.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 13 de la ley N 21.091, le corresponderá a la Subsecretaría de Educación Superior, establecer mediante actos administrativos los procedimientos e instrumentos del Sistema de Acceso, aprobados previamente por el comité de acceso respectivo. 8.
Que, mediante resolución exenta N 7.990, de 2024, de esta Subsecretaría de Educación Superior, se establecieron los nuevos procedimientos e instrumentos del Sistema de Acceso a las instituciones de educación superior del subsistema técnico profesional, previamente aprobados por el Comité de dicho subsistema.
El numeral 4 del artículo segundo de la mencionada resolución N 7.990, dispone que “las instituciones de educación superior deberán fijar el calendario de los procesos de admisión y matrícula, dentro los plazos establecidos anualmente por el Comité.”. Por su parte, el numeral 5 trata la “Ficha de Caracterización Única de Acceso a la Educación Superior Técnico Profesional” (FCU) como un instrumento de caracterización que busca generar información de los/as alumnos/as de primer año matriculados de cada institución, en los términos indicados. El mismo numeral precisa que la “FCU debe aplicarse dentro de los plazos establecidos anualmente por el Comité.”. 9.
Que, de acuerdo con lo informado por el jefe de la División de Información y Acceso de esta Subsecretaría en su memorándum N 06/497, de fecha 3 de junio de 2025, en la sesión ordinaria N 32, celebrada el 22 de mayo de 2025, el Comité Técnico de Acceso del Subsistema Técnico Profesional acordó, entre otras materias, establecer el calendario para el proceso de admisión 2026.10.
Que, según lo expuesto, de acuerdo con lo indicado en el cuarto inciso del artículo 13 de la ley N 21.091, resulta pertinente dictar un acto administrativo que establezca las fechas determinadas por el Comité para que las instituciones de educación superior del subsistema técnico profesional fijen sus calendarios de admisión y la aplicación de la FCU, para el proceso de admisión 2026.
Resuelvo: Artículo único: Establézcase la fecha dentro de la cual las instituciones de educación superior del subsistema técnico profesional, adscritas al sistema de acceso, deberán fijar sus calendarios del proceso de admisión y la aplicación de la Ficha de Caracterización Única FCU, ambos correspondientes al proceso de admisión 2026.
HITO INICIO TÉRMINO Proceso de admisión 2026 2 de octubre de 2025 3 de abril de 2026 Ficha de Caracterización Única FCU 2026 2 de octubre de 2025 3 de abril de 2026 Anótese, archívese, notifíquese y publíquese en la página web del Ministerio de Educación y en el Diario Oficial. - Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2666540 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl