Decreto exento número 140, de 2025.- Otorga a Empresa Eléctrica Cordillera SpA concesión eléctrica definitiva para establecer el Tramo 1 del proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera y Seccionamientos, en la Región Metropolitana de Santiago, provi
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.172 Jueves 12 de Junio de 2025 Página 1 de 7 Normas Particulares CVE 2658427 MINISTERIO DE ENERGÍA OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA CORDILLERA SpA CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL TRAMO 1 DEL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADO “NUEVA S/E SECCIONADORA BAJA CORDILLERA Y SECCIONAMIENTOS”, EN LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO, PROVINCIAS DE SANTIAGO Y CORDILLERA, COMUNAS DE LA FLORIDA Y PUENTE ALTO Núm. 140 exento. - Santiago, 2 de junio de 2025.
Vistos: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio ordinario electrónico Nº 282847, de 13 de mayo de 2025; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante la “Ley General de Servicios Eléctricos” y sus modificaciones posteriores; en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y Considerando: 1.
Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio ordinario electrónico Nº 282847, de 13 de mayo de 2025, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. 2.
Lo resuelto en la resolución exenta electrónica Nº 31.307, de 21 de marzo de 2025, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que acogió la petición de división de la solicitud de concesión definitiva para establecer las instalaciones relativas al proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado “Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera y Seccionamientos”, en adelante e indistintamente el “Proyecto”, presentada por Empresa Eléctrica Cordillera SpA con fecha 25 de febrero de 2025, dividiéndose la concesión solicitada en dos tramos: “Tramo 1” y “Tramo 2”. 3.
Que, la aceptación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, señalada en el considerando anterior, se efectuó de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley General de Servicios Eléctricos, dividiéndose la concesión solicitada en los diversos tramos indicados, correspondiendo el presente acto administrativo al “Tramo 1”. 4.
Lo dispuesto por la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, en particular, su artículo 14, literal C), numeral 14.7, disposición que somete al trámite de toma de razón el otorgamiento y terminación de concesiones de los sectores sanitario, gas y de distribución eléctrica, encontrándose exentas, por lo tanto, las vinculadas a transmisión eléctrica. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.172 Jueves 12 de Junio de 2025 Página 2 de 7 Decreto: Artículo 1º. - Otórgase a Empresa Cordillera SpA concesión definitiva para establecer el Tramo 1 de las instalaciones de transmisión de energía eléctrica del Proyecto, según se detalla a continuación: Proyecto Región Provincias Comunas Plano General de Obras Nº Nueva S/E Seccionadora Baja Metropolitana Santiago y La Florida y NSBACO-PGO Cordillera y Seccionamientos de Santiago Cordillera Puente Alto (6 láminas, de enero de 2024) Artículo 2º. - El Proyecto tiene como objetivo aumentar la confiabilidad y la flexibilidad de operación del actual Sistema Eléctrico Nacional (“SEN”), en virtud de que forma parte del Plan de Expansión del SEN decretado por la autoridad, según lo establecido por Ministerio de Energía mediante decreto exento Nº 185, de 2020. Conforme a lo indicado en el xento Nº 185, de 2020, la obra denominada “Nueva decreto e S/E Seccionadora Baja Cordillera” está conformada por los siguientes subproyectos: i. Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera. ii. Seccionamiento Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Los Almendros, compuesto por la Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Baja Cordillera y la Línea 2x220 kV Baja Cordillera - Los Almendros. iii. Seccionamiento Línea 2x110 kV Tap Las Vizcachas - Florida, compuesto por la Línea 2x110 kV Vizcachas - Baja Cordillera y la Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 3 y 4. iv. Seccionamiento Línea 2x110 kV Florida - La Reina, compuesto por la Línea 2x110 kV La Reina - Baja Cordillera y la Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 1 y 2.
Por medio del presente acto administrativo, se otorga concesión eléctrica definitiva por los cuatrosubproyectos, los cuales, en conjunto, conforman el proyecto “Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera y Seccionamientos”. Los cuatro subproyectos cuentan con las siguientes características: 1.
Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera La superficie por la cual se otorga concesión eléctrica definitiva y servidumbre eléctrica es de 10.169 metros cuadrados, los cuales son necesarios para materializar las instalaciones de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera, cuyas coordenadas se grafican en la siguiente tabla: Coordenadas UTM WGS84 Huso 19S Vértice Este [m] Norte [m] VP1 357.395 ,54 6.286.508 ,16 VP2 357.473 ,42 6.286.532 ,19 VP3 357.499 ,60 6.286.447 ,34 VP4 357.464 ,30 6.286.424 ,41 VP5 357.455 ,01 6.286.413 ,80 VP6 357.433 ,61 6.286.407 ,20 VP7 357.406 ,85 6.286.398 ,94 VP8 357.384 ,35 6.286.471 ,85 2. Seccionamiento Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Los Almendros 2.1.
Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Baja Cordillera La Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Baja Cordillera tiene una longitud total de 1.199,07 metros, que se extienden desde la estructura 74 (existente y parte de la Línea 2x220 kV Alto Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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La longitud por la cual se otorga concesión eléctrica definitiva para la Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Baja Cordillera asciende a 880,26 metros, comenzando su trazado en la estructura 74A, ubicada en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 358.267 ,25 metros y Norte 6.286.645 ,35 metros, y finalizando en el punto PF1, ubicado en el deslinde de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera, en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.491 ,87 metros y Norte 6.286.472 ,40 metros. Tanto la estructura 74A, como el punto PF1 se encuentran dibujados en el Plano General de Obras NSBACO-PGO. La longitud de servidumbre eléctrica que se otorga para la Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Baja Cordillera asciende a 880,26 metros, comenzando en la estructura 74A y terminando en el punto PF1, ya singularizados. La Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Baja Cordillera no considera cruces con Bienes Nacionales de Uso Público. Cabe hacer presente que la estructuraML AJ, que se encuentra dibujada en el layout de obras contenido en el Plano General de Obras NSBACO-PGO, no forma parte de este subproyecto. Sin embargo, se ha considerado para efectos de calcular la franja de seguridad de la Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Baja Cordillera y obtener un entendimiento completo del Proyecto. 2.2.
Línea 2x220 kV Baja Cordillera - Los Almendros La Línea 2x220 kV Baja Cordillera - Los Almendros tiene una longitud total de 1.084,27 metros, que se extienden desde la estructura 75 (existente y parte de la Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Los Almendros) y termina en la estructura ML LA, ubicada al interior de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera.
La longitud por la cual se otorga concesión eléctrica definitiva para la Línea 2x220 kV Baja Cordillera - Los Almendros asciende a 908,03 metros, comenzando su trazado en la estructura 75A, ubicada en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 358.278 ,35 metros y Norte 6.286.683 ,78 metros, y finalizando en el punto PF2, ubicado en el deslinde de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera, en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.481 ,73 metros y Norte 6.286.505 ,27 metros. Tanto la estructura 75A, como el punto PF2 se encuentran dibujados en el Plano General de Obras NSBACO-PGO. La longitud de servidumbre eléctrica que se otorga para la Línea 2x220 kV Baja Cordillera - Los Almendros asciende a 908,03 metros, comenzando en la estructura 75A y terminando en el punto PF2, ya singularizados. La Línea 2x220 kV Baja Cordillera - Los Almendros no considera cruces con Bienes Nacionales de Uso Público. Cabe hacer presente que la estructuraML LA, que se encuentra dibujada en el layout de obras contenido en el Plano General de Obras NSBACO-PGO, no forma parte de este subproyecto. Sin embargo, se ha considerado para efectos de calcular la franja de seguridad de la Línea 2x220 kV Baja Cordillera - Los Almendros y obtener un entendimiento completo del Proyecto. 3. Seccionamiento Línea 2x110 kV Tap Las Vizcachas - Florida 3.1.
Línea 2x110 kV Vizcachas - Baja Cordillera La Línea 2x110 kV Vizcachas - Baja Cordillera tiene una longitud total de 910,44 metros, que se extienden desde la estructura 72 (existente y parte de la Línea 2x110 kV Tap Las Vizcachas - Florida) y termina en la estructura ML VI, ubicada al interior de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera.
La longitud por la cual se otorga concesión eléctrica definitiva para la Línea 2x110 kV Vizcachas - Baja Cordillera asciende a 715,01 metros, comenzando su trazado en la estructura 72A, ubicada en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.728 ,16 metros y Norte 6.287.145 ,64 metros, y finalizando en el punto PF3, ubicado en el deslinde de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera, en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.436 ,04 metros y Norte 6.286.520 ,66 metros. Tanto la estructura 72A, como el punto PF3 se encuentran dibujados en el Plano General de Obras NSBACO-PGO. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.172 Jueves 12 de Junio de 2025 Página 4 de 7 La longitud de servidumbre eléctrica que se otorga para la Línea 2x110 kV Vizcachas - Baja Cordillera asciende a 715,01 metros, comenzando en la estructura 72A y terminando en el punto PF3, ya singularizados. La Línea 2x110 kV Vizcachas - Baja Cordillera no considera cruces con Bienes Nacionales de Uso Público. Cabe hacer presente que la estructura ML VI, que se encuentra dibujada en el layout de obras contenido en el Plano General de Obras NSBACO-PGO, no forma parte de este subproyecto. Sin embargo, se ha considerado para efectos de calcular la franja de seguridad de la Línea 2x110 kV Vizcachas - Baja Cordillera y obtener un entendimiento completo del Proyecto. 3.2.
Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 3 y 4 La Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 3 y 4 tiene una longitud total de 775,78 metros, que se extienden desde la estructura 73 (existente y parte de la Línea 2x110 kV Tap Las Vizcachas - Florida) y termina en la estructura ML F34, ubicada al interior de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera.
La longitud por la cual se otorga concesión eléctrica definitiva para la Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 3 y 4 asciende a 741,72 metros, comenzando su trazado en la estructura 73A, ubicada en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.644 ,77 metros y Norte 6.287.135 ,04 metros, y finalizando en el punto PF4, ubicado en el deslinde de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera, en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.397 ,47 metros y Norte 6.286.508 ,76 metros. Tanto la estructura 73A, como el punto PF4 se encuentran dibujados en el Plano General de Obras NSBACO-PGO.
La longitud de servidumbre eléctrica que se solicita para la Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 3 y 4 asciende a 741,72 metros, comenzando en la estructura 73A y terminando en el punto PF4, ya singularizados. La Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 3 y 4 no considera cruces con Bienes Nacionales de Uso Público. Cabe hacer presente que la estructuraML F34, que se encuentra dibujada en el layout de obras contenido en el Plano General de Obras NSBACO-PGO, no forma parte de este subproyecto. Sin embargo, se ha considerado para efectos de calcular la franja de seguridad de la Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 3 y 4 y obtener un entendimiento completo del Proyecto. 4. Seccionamiento Línea 2x110 kV Florida - La Reina 4.1.
Línea 2x110 kV La Reina - Baja Cordillera La Línea 2x110 kV La Reina - Baja Cordillera tiene una longitud total de 952,24 metros, que se extienden desde la estructura 6 (existente y parte de la Línea 2x110 kV Florida - La Reina) y termina en la estructura ML LR, ubicada al interior de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera.
La longitud por la cual se otorga concesión eléctrica definitiva para la Línea 2x110 kV La Reina - Baja Cordillera asciende a 747,24 metros, comenzando su trazado en la estructura 6A, ubicada en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.700 ,09 metros y Norte 6.287.156 ,10 metros, y finalizando en el punto PF5, ubicado en el deslinde de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera, en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.418 ,71 metros y Norte 6.286.515 ,31 metros. Tanto la estructura 6A, como el punto PF5 se encuentran dibujados en el Plano General de Obras NSBACO-PGO. La longitud de servidumbre eléctrica que se otorga para la Línea 2x110 kV La Reina - Baja Cordillera asciende a 747,24 metros, comenzando en la estructura 6A y terminando en el punto PF5, ya singularizados. La Línea 2x110 kV La Reina - Baja Cordillera no considera cruces con Bienes Nacionales de Uso Público. 4.2.
Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 1 y 2 La Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 1 y 2 tiene una longitud total de 813,05 metros, que se extienden desde la estructura 5 (existente y parte de la Línea 2x110 kV Florida - La Reina) y termina en la estructura ML F12, ubicada al interior de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera.
La longitud por la cual se otorga concesión eléctrica definitiva para la Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 1 y 2 asciende a 751,16 metros, comenzando su trazado en la estructura 5A, ubicada en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.671 ,32 metros y Norte 6.287.152 ,48 metros, y finalizando en el punto PF6, ubicado en el deslinde de la Nueva S/E Seccionadora Baja Cordillera, en las coordenadas UTM WGS84 19 S Este 357.407 ,74 metros y Norte 6.286.511 ,92 metros. Tanto la estructura 5A, como el punto PF6 se encuentran dibujados en el Plano General de Obras NSBACO-PGO. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.172 Jueves 12 de Junio de 2025 Página 5 de 7 La longitud de servidumbre eléctrica que se otorga para la Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 1 y 2 asciende a 751,16 metros, comenzando en la estructura 5A y terminando en el punto PF6, ya singularizados. La Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 1 y 2 no considera cruces con Bienes Nacionales de Uso Público. Cabe hacer presente que la estructuraML F12, que se encuentra dibujada en el layout de obras contenido en el Plano General de Obras NSBACO-PGO, no forma parte de este subproyecto. Sin embargo, se ha considerado para efectos de calcular la franja de seguridad de la Línea 2x110 kV Florida - Baja Cordillera Circuitos 1 y 2 y obtener un entendimiento completo del proyecto.
Artículo 3º. - El presupuesto total de las obras asciende a la suma de $20.574.255.293 (veinte mil quinientos setenta y cuatro millones doscientos cincuenta y cinco mil doscientos noventa y tres pesos chilenos). Artículo 4º. - Copia de los antecedentes relativos a la concesión que por el presente decreto se otorga, quedarán archivados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Artículo 5º. - Las instalaciones del Proyecto sólo atravesarán propiedades particulares.
En particular, el “Tramo 1” del Proyecto cuya concesión se otorga en el presente acto administrativo atravesará cuatro predios particulares, sobre los cuales será necesario constituir servidumbre eléctrica en los términos que señala el artículo 7º de este decreto, además de lo dispuesto en la Ley General de Servicios Eléctricos. Artículo 6º. - Apruébense los planos especiales de servidumbre que se indica en el artículo 7º siguiente.
Artículo 7º. - Constitúyase, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos, las servidumbres para el establecimiento del Proyecto en los predios que se indican a continuación: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.172 Jueves 12 de Junio de 2025 Página 6 de 7 Artículo 8º. - Las líneas podrán atravesar los ríos, canales, las líneas férreas, puentes, acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruzamientos se ejecutarán en conformidad con las prescripciones que establecen los reglamentos, de manera que garanticen la seguridad de las personas y propiedades.
De acuerdo a lo establecido en la letra i) del artículo 25º de la Ley General de Servicios Eléctricos, Empresa Eléctrica Cordillera SpA señaló que las instalaciones del Proyecto, en su recorrido, no presentan cruces ni paralelismos con otras líneas eléctricas existentes.
Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto considera el seccionamiento de tres líneas de transmisión existentes, las que se indican a continuación: Nivel de Tensión de la Línea u Obra Existente Propietario Línea Línea 2x220 kV Alto Jahuel - Los Sociedad Transmisora Metropolitana II 220 kV Almendros S.A. Línea 2x110 kV Tap Las Vizcachas - AES Andes S.A. 110 kV Florida Sociedad Transmisora Metropolitana II Línea 2x110 kV Florida - La Reina 110 kV S.A.
A su vez, se hace presente que las líneas de transmisión que resultarán del seccionamiento de las tres líneas antes mencionadas presentarán futuros paralelismos, para los cuales se tuvieron en consideración la normativa eléctrica vigente, resguardando las distancias de seguridad que exige la norma en relación a los futuros paralelismos que existirán entre las líneas de transmisión proyectadas.
Artículo 9º. - La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Servicios Eléctricos y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia. Artículo 10º. - La presente concesión se otorga por plazo indefinido.
Artículo 11º. - La duración de la construcción de las obras del Proyecto se estima en 15 (quince) meses, iniciándose dentro de los 6 (seis) meses contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto de concesión, sin perjuicio de que las obras puedan iniciar su construcción en un plazo inferior al señalado, en el caso de que se logren acuerdos voluntarios con los propietarios afectados.
El plazo por etapas y secciones se detalla a continuación: Meses Actividades 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 Instalación de Faenas Fundaciones Estructuras Montaje Estructuras Tendido Pruebas y Puesta en Servicio Desmovilización Artículo 12º. - El presente decreto deberá ser publicado en el Diario Oficial por el concesionario, dentro del plazo de quince días contados desde su total tramitación. Artículo 13º. - El concesionario estará obligado a prestar el servicio de transporte de energía eléctrica, en las condiciones de calidad y continuidad que establezca la ley y los reglamentos. Artículo 14º. - El concesionario estará obligado a levantar íntegramente las instalaciones cuando ellas queden inutilizadas para el objetivo de la presente concesión. Esta obligación sólo es válida para aquellas instalaciones que hagan uso de bienes nacionales de uso público, terrenos fiscales o terrenos particulares, en virtud de servidumbres constituidas. El levantamiento deberá efectuarse dentro del plazo y en las condiciones que fije la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de conformidad a los reglamentos y normas técnicas aplicables. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Artículo 16º. - La concesión que por este acto se otorga no exime del cumplimiento de las demás obligaciones legales, como lo es el acatamiento de la legislación ambiental en forma previa a la ejecución de las obras que se amparen en esta concesión. Anótese, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial y en el sitio web del Ministerio de Energía. - Por orden del Presidente de la República, Diego Pardow Lorenzo, Ministro de Energía. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Saluda Atte. a Ud., María Fernanda Riveros Inostroza, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658427 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl