Autor: Por: Valentina Echeverría O
Pensiones de alimentos se ven tensionadas por gastos escolares
Pensiones de alimentos se ven tensionadas por gastos escolares Marzo llega con el regreso a clases y también con uno de los mayores golpes al bolsillo familiar. Matrículas, útiles, uniformes y mochilas concentran gastos en pocas semanas, generando tensiones en muchos hogares donde la pensión de alimentos no logra cubrir estas necesidades. Para el abogado experto en derecho de familia Bryan Veliz, de LegalFam, el primer aspecto clave a entender es que «la pensión de alimentos no se limita únicamente a cubrir la comida.
Jurídicamente, el concepto de alimentos es amplio e incluye todo lo necesario para el desarrollo integral de los hijos: educación, salud, vestuario, recreación y bienestar general». En ese sentido, advierte que uno de los principales problemas se produce en marzo, debido a la concentración de gastos en un corto periodo de tiempo. «Los gastos de febrero o marzo no son parte de la dinámica mensual habitual, sino que corresponden a desembolsos concentrados en un corto periodo, como matrícula, lista de útiles, uniforme, zapatillas, mochila y otros elementos indispensables para comenzar el año académico». En esa línea, el especialista enfatiza que estos gastos no deben confundirse con los denominados gastos extraordinarios. «El artículo 6 de la Ley 14.908 define como gastos extraordinarios aquellos que surgen de manera imprevista y que no era posible anticipar, como hospitalizaciones o tratamientos médicos de urgencia. En cambio, los gastos escolares son previsibles, ya que ocurren todos los años», señala.
Desde el punto de vista jurídico, Veliz recomienda anticiparse a este escenario para evitar disputas recurrentes. «Es altamente recomendable que al regular una pensión de alimentos se establezca expresamente un monto adicional o aporte especial para estos meses, ya sea como una suma fija, un porcentaje o un pago extraordinario anual destinado exclusivamente a cubrir gastos escolares». Asimismo, asegura que cuando estos gastos no han sido considerados, existen mecanismos legales para incorporarlos. «Cuando estos gastos no han sido regulados, es posible solicitarlos judicialmente, incluso al momento de demandar alimentos o mediante una modificación posterior». Otro elemento que menciona es el bono de escolaridad, el cual también puede incidir en estos casos. «Aunque se trate de un beneficio laboral, su finalidad está directamente vinculada a los hijos, por lo que en la práctica judicial es frecuente que se destine total o parcialmente al cumplimiento de la obligación alimenticia», explica. Asimismo, el abogado subraya la importancia de anticiparse. «Prever los gastos escolares no solo es una recomendación práctica, sino una necesidad jurídica.
Anticipar y regular un aporte adicional para febrero o marzo permite evitar conflictos y garantizar que los niños cuenten oportunamente con todo lo necesario para iniciar su año escolar en condiciones adecuadas». Autor: Por: Valentina Echeverría O. Ante el alto costo del regreso a clases, experto advierte que estos desembolsos deben ser considerados con anticipación para evitar conflictos