HACIENDA 6A, 1 AL 60 / Deramin SpA
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.435 Lunes 27 de Abril de 2026 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2800295 FOJAS 177 VUELTA N 66 MANIFESTACIÓN HACIENDA 6A, 1 AL 60 DERAMIN SpA REP: 114 En Santiago de Chile, a catorce de Abril del año dos mil veintiséis, se me presentó para su inscripción la siguiente manifestación minera: “Materia: Manifestación Minera. Código Materia: M01. Procedimiento. Voluntario. Solicitante: Deramin SpA. RUT: 76.451.092-5, Abogado: Matías Lewin Urzúa. RUT: 12.021.202-8. Correo electrónico: mlewin@lewinlasen.cl. EN LO PRINCIPAL: Manifestación minera en uso del derecho que otorga concesión de exploración. PRIMER OTROSÍ: Se tenga presente. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos. TERCER OTROSÍ: Acredita personería. S.J.L. de Colina. Matías Lewin Urzúa, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N12.021.202-8, correo electrónico mlewin@lewinlasen.cl en representación, según se acreditará de DERAMIN SpA. sociedad chilena del giro de su denominación. RUT 76.451.092-5, ambos con domicilio en La Concepción 191, oficina 301, comuna de Providencia.
Región Metropolitana, a US. respetuosamente digo: Que, mediante sentencia de fecha 11 de abril de 2022, dictada por el Juzgado de Letras de Colina, en la causa Rol V-272-2021, se constituyó la concesión de exploración denominada "HACIENDA 6A", a nombre de mi representada. Dicha sentencia se inscribió a fojas 345 vuelta Nº 149 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Santiago. correspondiente al año 2022.
En mérito de ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el N5 del artículo 44 del Código de Minería, por este acto vengo en solicitar a S.S. tener presente que esta manifestación se hace en uso del derecho que otorga la mencionada concesión de exploración "HACIENDA 6A", de propiedad de mi representada.
En este mismo sentido, cabe citar la norma contenida en el artículo 114 del Código de Minería, en cuanto dispone que: "durante la vigencia de la concesión de exploración, sólo su titular puede manifestar pertenencia dentro de los límites de aquella”. Asimismo. y conforme a lo dispuesto por el inciso 2 del artículo 41 del citado cuerpo codificador, esta manifestación debe tenerse por presentada el 13 de agosto de 2021, por corresponder a la fecha en que se presentó el pedimento denominado "HACIENDA 6A", que dio origen a la concesión de exploración en que se funda esta manifestación.
Precisado lo anterior, en ejercicio del derecho preferente establecido en las disposiciones citadas, vengo en manifestar para mi representada los terrenos comprendidos por la citada concesión de exploración "HACIENDA 6A", con el objeto de constituir una concesión de explotación de sustancias concesibles, de una superficie total de 300 hectáreas.
Esta concesión de explotación comprende 60 pertenencias, de 5 hectáreas cada una, las que se denominarán sucesiva y correlativamente "HACIENDA 6A, 1 AL 60". El Punto de Interés del terreno manifestado he encuentra ubicado en la Comuna de Lampa, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana y sus coordenadas U.T. M referidas al Elipsoide Internacional de Referencia de 1924, Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Huso 19, son las siguientes: Norte 6.305.500 ,00 metros y Este 319.700 ,00 metros.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 46 del Código de Minería. hago presente que el terreno manifestado es el comprendido dentro de un rectángulo, trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto de interés ya mencionado, siendo la longitud de sus lados con orientación U.T.M. Norte-Sur de 1.000 metros y la longitud de sus lados con orientación U.T.M. Este-Oeste de 3.000 metros.
POR TANTO, en mérito de lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 41,44 y 114 del Código de Minería, artículos 15 y 18 de su Reglamento y demás normas pertinentes, RUEGO A S.S. : Se sirva tener por presentada manifestación minera en uso del derecho preferente que otorga la concesión de exploración vigente denominada "HACIENDA 6A", ordenando su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y, otorgándome la copia autorizad« al efecto, para que en definitiva se otorgue a mi representada la concesión de explotación solicitada. PRIMER OTROSI: Ruego a S.S. tener Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2800295 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.435 Lunes 27 de Abril de 2026 Página 2 de 2 presente que de acuerdo a lo establecido en el artículo 41, inciso 2º del Código de Minería. para todos los efectos legales esta manifestación debe tenerse por presentada el día 13 de agosto de 2021. POR TANTO, RUEGO A US, tener presente lo antes señalado.
SEGUNDO OTROSI: Ruego a S.S. tener por acompañado, en forma legal, el siguiente documento: I. - Copia autorizada de la inscripción de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración denominada "HACIENDA 6A", inscrita a fojas 345 vuelta N149 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Santiago. correspondiente al año 2022. POR TANTO. RUEGO A US. tener por acompañado el documento antes señalado. TERCER OTROSI: Sírvase US. tener presente que mi personería para actuar en representación de DERAMIN SpA, consta de escritura pública, cuya copia en este acto acompaño. POR TANTO, RUEGO A US. tener por acreditada mi personería. Foja: 5. - cinco. Nomenclatura: 1. /4729/ Certificado ingreso solicitud. Juzgado: Juzgado de Letras de Colina. Causa Rol: V-80-2026. Caratulado: Deramin SpA/. Colina, dos de abril de dos mil veintiséis. Certifico: Que la manifestación minera que antecede, se presentó el día 13 de julio de 2021. Diego Matías Rojas Torres, Secretario PJUD. Dos de abril de dos mil veintiséis. 10:31 UTC-3. Foja: 6. - seis. Nomenclatura: 1. /4690/ Ordena inscribir y publicar. Juzgado: Juzgado de Letras de Colina. Causa Rol: V-80-2026. Caratulado: Deramin SpA/ Colina, dos de abril de dos mil veintiséis/vap/. Proveyendo escrito de folio 3, de fecha 17 de marzo de 2026: Por cumplido lo ordenado. Proveyendo escrito de folio 4, de fecha 19 de marzo de 2026: Téngase por acompañado. Proveyendo escrito de folio 1, de fecha 14 de marzo de 2026: A lo principal: Por iniciada gestión, inscríbase en el Conservador de Minas competente y publíquese en el Boletín Oficial de Minería. En cuanto a las copias, obténgase ellas del sistema de tramitación digital. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Por acompañado. Al tercer otrosí: Téngase presente su personería.
Se hace presente a la parte que, en virtud del Acuerdo Interinstitucional de Transmisión de Información entre el SERNAGEOMIN y los Juzgados Civiles de Santiago y el Juzgado de Letras de Colina, vigente a partir del 1 de marzo de 2025 y Auto acordado Nº71-2016 de fecha 17 de junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación a la Ley N20.886, artículos 6 y 12 N1, se establece un sistema de tramitación digital íntegro para las causas sobre pedimento y manifestación minera. De forma tal, en lo sucesivo, se elimina la entrega material de cualquier documento asociado a esta gestión voluntaria. Proveyó el Juez del Juzgado de Letras de Colina, cuya individualización consta en firma electrónica avanzada al pie de página de la presente resolución. En Colina, a dos de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. María Paz Rodríguez Maluenda, Juez PJUD. Dos de abril de dos mil veintiséis 10:48 UTC-3. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl. Código: RMZLCXPSFP. ” Conforme con la copia digitalizada que dejo archivada al final del presente Registro, bajo el N66. Requirente, don Rodrigo Vives. Se da copia.
MANIFESTACION HACIENDA 6A, 1 AL 60 16 NOTARÍA DE SANTIAGO La Conservadora de Minas de Santiago, certifica que la copia de la inscripción de fojas 177 vuelta número 66 correspondiente al Registro de Descubrimientos del año 2026, adjunta al presente documento, está conforme con su original al día 14 de Abril de 2026. - Firmado digitalmente por: ANTONIETA ANA LEONOR MENDOZA ESCALAS Fecha: 17.04.2026 09:39 Razón: Notario Titular Ubicación: Las Condes. Certificado Nro 123456916313 Verifique validez en http://www.fojas.cl. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2800295 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl