CDE rechaza petición de Enel al TC para que el Fisco pague parte de indemnización de US$ 500 millones
CDE rechaza petición de Enel al TC para que el Fisco pague parte de indemnización de US$ 500 millones CDE rechaza petición de Enel al TC para que el Fisco pague parte de indemnización de US$ 500 millones CDE rechaza petición de Enel al TC para que el Fisco pague parte de indemnización de US$ 500 millones indemnización de U 500 mi ones Ml Guerra judicial se desató hace dos décadas porque eléctrica construyó el Parque Eólico Tal Tal sobre el proyecto de Minera Arbiodo de Sergio Weinstein. POR VALERIA IBARRA.
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) rechazó la petición realizada por Enel ante el Tribunal Constitucional en orden a que el Fisco se haga responsable de parte de las indemnizaciones por US$ 500 millones que la gigante eléctrica y Sernageomin deben pagar a Minera Arbiodo, ligada al exdueño de Andrómaco, Sergio Weinstein. Todo ello, por la construcción del parque eólico Tal Tal en terrenos donde la firma minera tenía pertenencias mineras constituidas para un proyecto de extracción nitratos y yodo.
La pelea judicial partió en 2016, pero recién el 6 diciembre de 2023 hubo sentencia del 129 Juzgado Civil de Santiago, la que fue apelada por Sernageomin y Enel, en tanto que Weinstein contraatacó a su vez contra esas dos entidades demandándolas por US$ 2 mil millones en daño emergente y lucro cesante en marzo de 2024.
En un nuevo capítulo de esta historia, Enel interpuso ante el TC el pasado 30 de mayo un requerimiento "de inaplicabilidad por inconstitucionalidad" respecto del inciso primero del artículo 62 D del decreto N* 1.939, el cual fue admitido a tramitación.
La norma que impugna la eléctrica dispone que "el Fisco no responderá de los daños, de cualquier naturaleza, que con motivo de la ejecución de la obra o de la explotación de la misma, se ocasionaren a terceros después de haber sido celebrado el contrato de concesión, los que serán de cargo AN MILLONES ES EL MONTO DE LA DEMANDA INTERPUESTA POR WEINSTEIN. del concesionario". La gigante energética, representada por el excontralor Ramiro Mendoza, Matías Mori y Pedro Aguerrea, planteó que en el recurso presentado ante el TC busca que éste declare inaplicable dicho inciso por ser contrario a varios artículos AAA de la Constitución Política de la República. Peroel Fisco se defendió y a través del CDE rechazó que tal normativa contravenga la Constitución.
Argumentó que, para empezar, la concesión entregada a Enel para hacer el Parque Eólico Tal Tales "un acto administrativo discrecional por el cual la autoridad administrativa faculta a un particular" que, además, "es un acto administrativo de contenido favorable", es decir, que benefició a la empresa eléctrica.
Arguyó que "el objeto de la con= cesión es efectuado por particu-lares a su riesgo y ventura, con la finalidad de obtener un beneficio propio", por lo cual no procede que el Fisco sea responsable de pagar una indemnización.
Por su parte, Minera Arbiodo -representada por Marissa Baldazzi se sumó a la petición del CDE en orden a que el requerimiento de Enel sea rechazado por esta instancia, haciendo ver que la eléctrica "ha decidido discutir la norma impugnada habiéndola conocido, aceptado y consentido en su relación contractual con el Fisco por más de 14 años". Fisco por más de 14 años". Sin Asignar Sin Asignar.