NOTIFICA NUEVA ETAPA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL “PARQUE FOTOVOLTAICO PILLANCÓ” Titular: Pillanco SpA; Representante Legal: Sr. Gustavo Enrique Muñoz Alveal
NOTIFICA NUEVA ETAPA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL “PARQUE FOTOVOLTAICO PILLANCÓ” Titular: Pillanco SpA; Representante Legal: Sr.
Gustavo Enrique Muñoz Alveal Los Ángeles, viernes 29 de agosto de 2025 Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío NOTIFICA NUEVA ETAPA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL “PARQUE FOTOVOLTAICO PILLANCÓ” Titular: Pillanco SpA; Representante Legal: Sr.
Gustavo Enrique Muñoz Alveal Se informa a la comunidad que, mediante resolución N202508101324 del 18 de agosto de 2025, de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío, se resolvió iniciar una nueva etapa de participación ciudadana por un plazo de 10 días hábiles en el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Parque Fotovoltaico Pillancó”, de titularidad de Pillanco SpA.
El Proyecto fue admitido a trámite con fecha 09 de septiembre de 2024 por el Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío, se emplazará en las comunas de Cabrero y Los Angeles, provincia y región del Biobío, y considera la construcción y operación de un Parque Fotovoltaico compuesto por 261.000 paneles fotovoltaicos, el cual se ubica completamente en la comuna de Cabrero, en el sector de Pillancó, diseñado para generar una potencia máxima total de hasta 198 MW.
Contempla también la construcción de una Subestación Elevadora que permitirá elevar la carga a 220 kV, y la energía producida será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) mediante una línea de evacuación de alta tensión (LAT) de 220 kV de capacidad, con una extensión de 11,02 kilómetros, la cual se conectará a la Subestación Seccionadora El Rosal ya existente, de los cuales 10,84 km iniciales serán aéreos, para finalizar soterrados los último 0,18 km previo al ingreso de la Subestación Seccionadora El Rosal, existente.
Contará, a su vez, con un sistema de almacenamiento de energía mediante baterías de iones de litio del tipo BESS (Battery Energy Systein Storage), lo que permitirá inyectar parte de la energía producida durante el día, en los horarios de mayor demanda eléctrica. Considera una vida útil de 32,5 años.
La superficie total utilizada entre obras temporales y permanentes es de 274,16 hectáreas (ha). De acuerdo con el contenido de las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones, presentadas por el Titular mediante Adenda fecha 30 de junio de 2025, y según lo dispuesto en el artículo 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (en adelante “RSEIA”), éstas afectan sustantivamente al proyecto o actividad o a los impactos ambientales, apreciándose una alteración significativa en términos de la ubicación de las partes, obras y acciones del proyecto, que no había sido identificado en la DIA.
Por lo anterior, y en virtud de lo señalado en el artículo 30 bis de la Ley N19.300 y al mencionado anteriormente del RSEIA, es posible concluir que se reúnen los requisitos necesarios para dar inicio a un nuevo proceso de participación ciudadana en la evaluación ambiental del Proyecto. A continuación, se detallan las modificaciones sustantivas al proyecto: a. Modificación de la ubicación de las obras permanentes Subestación Elevadora (S/E) y Zona de Baterías, trasladándose al norte del mismo predio en que se ubicaban originalmente. b. Extensión de la longitud de Línea de Alta Tensión (LAT) del Proyecto en 1 kilómetro aproximadamente, pasando de 10,12 km a 11,02 krn totales, y aumentando la cantidad de torres de 30 a 35.
El expediente electrónico de evaluación del proyecto se encuentra a disposición de los interesados para su revisión en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental, www.sea.ob.cl, y en la oficina regional del SEA de la Región del Biobío, ubicada en Lincoyán 145, Concepción, horario de atención de lunes a viernes de 08:30 hrs a 13:30 hrs.
La comunidad podrá realizar observaciones dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el día hábil siguiente desde la fecha de la última publicación del presente extracto en el Diario Oficial o en el diario de circulación regional: este plazo podrá ser ampliado por el Servicio por un máximo de cinco días, previa solicitud fundada, por escrito, de uno o más observantes de participación ciudadana.
Para realizar estas observaciones, la comunidad podrá acceder a través del sitio web del Servicio, o bien, enviando sus observaciones a la oficina de partes de la Dirección Regional del Biobio del SEA, ubicado en Lincoyán 145 Concepción, o a través de Oficina de Partes Virtual mediante formulario electrónico disponible en: httn:/! www. sea. gob. clloficina-partcs-virtual. Las observaciones deberán señalar claramente el nombre, RUT y domicilio o correo electrónico según corresponda.
Tanto personas naturales, como jurídicas podrán realizar observaciones, y en el caso de las personas jurídicas deberán acreditar vigencia de la organización y de la personería de su representante legal, no más allá de 6 meses.
Se deja constancia que este texto ha sido visado por la Dirección Regional del Biobío del Servicio de Evaluación Ambiental, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el Titular de la DIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Pillancó”. María Eliana Vega Fernández Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío www.Iatribuna.cI S. fvlcio de Eva(uacl6n Ambenta( bbdelb.