Decreto exento número 950, de 2025.- Deja sin efecto decreto Nº 136, de 2020, y otorga concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de El Manzano
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.369 Viernes 6 de Febrero de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2764236 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones DEJA SIN EFECTO DECRETO SUPREMO Nº 136, DE 05.10.2020, Y OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE EL MANZANO Santiago, 28 de noviembre de 2025. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 950 exento.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República"; e) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; g) La resolución exenta Nº 1.353, de 28.06.2018, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2018; h) El decreto supremo Nº 136, de 05.10.2020, que otorgó concesión de radiodifusión en Frecuencia Modulada a Redcom Chile Limitada; y i) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: a) El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para optar al otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2018, publicado en el Diario Oficial Nº 42.057, de 15.05.2018; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Seremitt Nº 139-65, de 01.08.2018, ingreso Subtel Nº 113.848, de 03.08.2018, complementado por los desvirtúa reparos ingreso Subtel Nº 164.560, de 13.11.2018, ingreso Subtel Nº 30.603, de 24.02.2020, e ingreso Subtel Nº 122.059, de 30.10.2025; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 1.522/C, de 27.08.2019; d) La resolución exenta Nº 78, de 13.01.2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de El Manzano, Región Metropolitana de Santiago, a Redcom Chile Limitada; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2764236 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.369 Viernes 6 de Febrero de 2026 Página 2 de 3 e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; f) Que, el decreto indicado en la letra h) de los Vistos, fue dictado sin que se contara con la aprobación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) o resolución del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), conforme lo dispuesto en el inciso antepenúltimo del Artículo 14 de la ley, considerando que la planta transmisora se encuentra al interior de una Zona de Interés Turístico (ZOIT), y, en uso de mis atribuciones; Decreto: 1. - Déjase sin efecto sin tramitar por la Contraloría General de la República el decreto señalado en la letra h) de los Vistos y otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de El Manzano, Región Metropolitana de Santiago, a Redcom Chile Limitada, RUT Nº 76.681.227-9, con domicilio en José Miguel Carrera Nº 561, Oficina 15, comuna de Las Cabras, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria.
La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltese a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQB-424, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. - Zona de servicio : Localidad de El Manzano, Región Metropolitana de Santiago.
Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (V/m), referida al punto de emisión de la señal. - Período de la concesión : 25 años. - Plazo inicio de obras : 5 días. - Plazo término de obras : 14 días. - Plazo inicio de transmisiones : 59 días. - Potencia : 100 W. - Frecuencia : 90,7 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión : 180KF8EHF. - Desviación máxima : 75 kHz. - Diagrama de Radiación : Direccional. - Ganancia antena : 5,5 dBd de ganancia máxima. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Yagi de 2 elementos. - Nº Antenas : 4. - Altura del centro de radiación : 27 m. - Arreglo de antenas de acuerdo a la siguiente tabla: Factor Velocidad Nº Tipo de Antena Altura Antena [m] Azimut Antena [º] Fase [] Largo Cable [m] Cable [0/1] 1 Yagi de 2 elementos 28 20 0 1,20 0,88 2 Yagi de 2 elementos 28 200 0 1,20 0,88 3 Yagi de 2 elementos 26 20 0 1,20 0,88 4 Yagi de 2 elementos 26 200 0 1,20 0,88 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2764236 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.369 Viernes 6 de Febrero de 2026 Página 3 de 3 - Largo del cable alimentador : 27,8 m. - Restricción : La altura del terreno sobre el nivel del mar, donde se ubicará el sistema radiante, no debe ser mayor a 950 m. - Pérdidas en cables y conectores : 1,1 dB. - Otras pérdidas : 0,2 dB. - Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla: Radial 0º 20º 40º 60º 80º 100º 120º 140º 160º Pérd. por lóbulo (dB) 2,7 1,9 2,7 4,0 2,7 0,4 0,4 2,7 4,0 Radial 180º 200º 220º 240º 260º 280º 300º 320º 340º Pérd. por lóbulo (dB) 2,7 1,9 2,7 4,0 2,7 0,4 0,4 2,7 4,0 UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio, Planta : Fundo El Toyo S/N, El Manzano, comuna de San Transmisora y Sistema Radiante José de Maipo, Región Metropolitana de Santiago. - Coordenadas Geográficas : 33º 35' 53" Latitud Sur. 70º 23' 06" Longitud Oeste.
Datum WGS 84.4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, que corresponden a días hábiles, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl.
La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría.
Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2764236 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl