Resolución exenta número 8.205, de 2024.- Aprueba plan de cierre de la carrera de Licenciatura en Educación de la Universidad Los Leones
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.997 Miércoles 13 de Noviembre de 2024 Página 1 de 5 Normas Particulares CVE 2567566 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior APRUEBA PLAN DE CIERRE DE CARRERA DE LICENCIATURA EN EDUCACIÓN DE LA UNIVERSIDAD LOS LEONES (Resolución) Núm. 8.205 exenta. - Santiago, 6 de noviembre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 18.575, y sus modificaciones, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129 ; en el decreto supremo Nº 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas de instituciones de educación superior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129 ; en la carta S/N, de agosto de 2021, del rector de la Universidad Los Leones; en el decreto Nº 10/2022, de la Universidad Los Leones, que promulga el acuerdo de la Junta Directiva de la Universidad Los Leones que acordó el cierre de la carrera de Licenciatura en Educación, celebrada en sesión de fecha 22 de junio de 2021; en el memorándum interno Nº 06/459, de fecha 26 de abril de 2024, de la Jefa de División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior; y, en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1º Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3º de la ley Nº 18.956.2º Que, el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129, dispone que "Para efectos del cierre de una sede, carrera o programa, las instituciones de educación superior deberán presentar un Plan de Cierre a la Subsecretaría de Educación Superior, el que previamente deberá ser notificado a los estudiantes matriculados", contemplando, al menos, el contenido señalado en dicha norma. El penúltimo inciso del referido artículo precisa que "[S]ólo una vez aprobado el Plan de Cierre por la Subsecretaría, la institución de educación superior podrá ejecutarlo.
Una vez finalizado el Plan de Cierre, la institución de educación superior deberá presentar los antecedentes al Ministerio de Educación para que éste dicte el acto administrativo correspondiente". 3º Que, los procesos relativos al mencionado artículo 25 ter, se encuentran regulados en el decreto supremo Nº 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que "Aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas en instituciones de educación superior, y dispone los requisitos que deben ser contemplados en dicho del Plan de Cierre". 4º Que, en sesión de la Junta Directiva de la Universidad Los Leones, celebrada el 22 de junio de 2021, se acordó el cierre de la carrera de Licenciatura en Educación.
En el mismo sentido, mediante decreto Nº 10/2022, de fecha 9 de junio de 2022, del mismo plantel, se lleva a efecto el mencionado acuerdo de la Junta Directiva, respecto al cierre de la carrera de Licenciatura en Educación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567566 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.997 Miércoles 13 de Noviembre de 2024 Página 2 de 5 5º Que, mediante carta S/N, de agosto de 2021, el rector de la Universidad Los Leones presentó para aprobación de la Subsecretaría de Educación un plan de cierre de la carrera de Licenciatura en Educación. 6º Que, luego de la revisión efectuada a los antecedentes acompañados por la Universidad, la División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior, mediante Memorándum Interno Nº 06/459, de fecha 26 de abril de 2024, informó acerca del cumplimiento de los elementos del mencionado plan de cierre presentado por la Universidad Los Leones. 7º Que, de conformidad con lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129 y en el decreto supremo Nº 29, de 2021, del Ministerio de Educación, corresponde la dictación del acto administrativo que apruebe el plan de cierre presentado por la Universidad Los Leones para la carrera de Licenciatura en Educación.
Resuelvo: Artículo 1º: Apruébase el Plan de Cierre de la carrera de Licenciatura en Educación de la Universidad Los Leones, comunicado a la Subsecretaría de Educación Superior mediante carta S/N, de agosto de 2021, del Rector de dicho plantel, complementado mediante correos electrónicos de fecha 31 de enero y 12 de abril, ambos de 2024, del mismo origen.
El plan de cierre aprobado es del siguiente tenor: 1) Solicitud dirigida a la Subsecretaría de Educación Superior presentando un Plan de Cierre: Mediante carta S/N, de agosto de 2021, el Rector de la Universidad Los Leones, presentó para aprobación de la Subsecretaría de Educación Superior, el plan de cierre de la carrera de Licenciatura en Educación.
El contenido de este fue complementado a través de correos electrónicos de fecha 31 de enero y 12 de abril, ambos de 2024, de dicho plantel. 2) Documento en el que consta la decisión de cierre de la carrera adoptado por el órgano con competencia para dicho efecto: Entre los documentos acompañados por la Universidad, se encuentra copia del acta de la sesión de la Junta Directiva de la Universidad Los Leones, celebrada el 22 de junio de 2021, en la que consta el acuerdo para el cierre de la carrera de Licenciatura en Educación.
En el mismo sentido, mediante decreto Nº 10/2022, de fecha 9 de junio de 2022, del mismo plantel, se promulga y lleva a efecto el mencionado acuerdo de la Junta Directiva, respecto al cierre de la carrera de Licenciatura en Educación. 3) Documento en el que consta la notificación de cierre a los estudiantes matriculados en la respectiva carrera: A propósito de la comunicación informada a los actores de la comunidad estudiantil, y en particular, a todos los estudiantes que se puedan ver afectos a la medida del cierre de Licenciatura en Educación, la Universidad Los Leones, remitió un listado con los nombres de los alumnos, su carrera y su correo electrónico, además del correo con el mensaje entregado al estudiante. 4) Antecedentes sobre la necesidad de cerrar la carrera: La Universidad Los Leones en su afán de implementar nuevas estrategias de aprendizaje decide dar inicio a una nueva etapa formativa para el proceso de admisión 2020, por lo tanto, la Junta Directiva acuerda presentar progresivamente los cierres de cada una de las carreras y/o programas correspondientes al antiguo proyecto educativo y solicitar a la Comisión Nacional de Acreditación una prórroga para incorporarse al proceso de Acreditación Institucional, con información de resultados necesarios y suficientes para sustentar el nuevo proyecto educativo, considerando las exigencias para las universidades teniendo la acreditación como requisito de existencia.
Considerando lo anterior y debido a situaciones contextuales inhabilitantes como el estallido social y la Pandemia que afectaron el proceso de admisión del nuevo proyecto 2020 y la no extensión del plazo de 18 meses solicitado a la CNA, la dirección de la Universidad decidió primero suspender la matrícula de estudiantes nuevos el 30 junio de2021 y presentar progresivamente los planes de cierre de todas sus carreras y programas, como efecto de la imposibilidad de implementar su nuevo proyecto. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567566 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.997 Miércoles 13 de Noviembre de 2024 Página 3 de 5 5) Información relativa a matrícula de la carrera, planta docente, datos de titulación y retención: En lo que refiere a la matrícula de primer año la Universidad informa que posee diferencias con SIES, y aclara las diferencias de acuerdo con lo siguiente: "Desde el año 2014 al 2021, las diferencias se producen porque son matrículas que se realizaron con posterioridad a la fecha para realizar la carga de datos, indicada por SIES". Matrícula total: Con respecto a la matrícula total, la universidad no reporta los datos en el Plan de Cierre. Se incorpora el análisis de SIES.
Retención: La universidad informa en el Plan de Cierre la tasa de retención del programa desde el año 2014 al 2022: Personas tituladas: En lo que respecta a las y los titulados del programa la Universidad Los Leones informa lo siguiente: Respecto a la diferencia en el año 2020, que corresponde a 3 estudiantes, se informa que estos no fueron reportados al SIES al momento del corte de datos.
Planta docente o profesionales: La institución informa que no cuenta con contratos vigentes de docentes. 6) Copia de los planes y programas de estudio, indicando el nombre de la carrera y del título al que conduce, tanto los vigentes como los históricos respecto de la carrera: La universidad adjunta planes y programas de estudio de la carrera Licenciatura en Educación, los cuales se encuentran en formato físico y digital en dependencias de la División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567566 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Esta información, seguirá disponible para los estudiantes en la Universidad una vez concluido el proceso de cierre del programa de Licenciatura en Educación. 8) Manera en que se resguardará y garantizará la continuidad de estudios de los estudiantes, además de la forma en que éstos recibirán el servicio educativo comprometido hasta finalizar su carrera: La universidad informa que no tiene alumnos vigentes.
Por ende, la institución informa que al no existir alumnos vigentes bajo ninguna condición, no existe plan para la continuidad de estudios. 9) Información detallada sobre etapas y plazos de ejecución del cierre, indicando con claridad la fecha del cierre estimado de la carrera: La institución informa que no tiene alumnos vigentes al año 2023, por ende, no presenta etapas ni plazos. 10) Manera en que se resguardarán los derechos laborales de los trabajadores de la institución que sean desvinculados, cuando corresponda: La institución indica que no se contempla indemnización a docentes regulares y a honorarios, ya que no se cuenta con estudiantes vigentes, ni vigentes rezagados.
En el caso de que existan desvinculaciones, éstas se realizarán rigiéndose con lo dispuesto por la ley para estos efectos. 11) Medidas compensatorias o indemnización que la institución proporcione a sus estudiantes, académicos y trabajadores por los perjuicios que el Plan de Cierre haya causado, en caso de que corresponda: La universidad señala que no proceden indemnizaciones al estudiantado, dado que no se realizarán traspasos de alumnos a otras unidades ni institución. Mientras que, en el caso del personal, se detalla que no se cuenta con trabajadores contratados. Artículo 2º: Ejecútese el Plan de Cierre aprobado mediante el presente acto administrativo, de la carrera de Licenciatura en Educación, de la Universidad Los Leones.
Artículo 3º: La Universidad Los Leones deberá informar a esta Subsecretaría sobre la finalización y cumplimiento del contenido y acciones del Plan de Cierre, dentro del plazo de 10 días hábiles desde la referida finalización, acompañando los antecedentes que correspondan para acreditar dicho cumplimiento. Artículo 4º: Notifíquese por carta certificada el presente acto administrativo a la Universidad Los Leones.
Artículo 5º: Contra la presente resolución exenta procede la interposición de un recurso de reposición ante el Subsecretario de Educación Superior, dentro del plazo de cinco días contados desde la notificación de este acto, en los términos dispuestos en la ley Nº 19.880, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567566 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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