Servicio estudia "salida" a conflicto por tributo a bebidas
Servicio estudia "salida" a conflicto por tributo a bebidas Pese a que el lunes desde la subdirección jurídica del Servicio de Impuestos Internos (SII) se anticipó que se apelaría ante la Corte Suprema al fallo adverso de la Corte de Apelaciones de Santiago, que dejó sin efecto la circular que establecía un impuesto adicional a la venta de bebidas deportivas y néctares, ayer, el director (s) del Servicio, Javier Etcheberry, sinceró que ahora se está analizando otra "salida" a ese conflicto. "Como recibí recién el lunes este tema, estoy revisando lo de las bebidas para ver bien cómo le damos una salida.
Es un tema que quiero revisar, porque me parecen atendibles las cosas que dice el SII, pero también me parece atendible lo que dice el senador (José García, quien ha criticado la actuación del SII) y lo que han dicho otros", señaló el ingeniero.
Acto seguido, complementó: "Estamos viéndolo (el tema), hay plazo hasta hoy (ayer) para apelar, pero el mundo no se acaba esta noche (ayer). Independiente de que apele o no Impuestos Internos, yo voy a ver el tema, voy a abrirme a revisar porque quiero estar seguro". Esa acción abriría la puerta a retirar o realizar cambios a la polémica normativa. Hasta el cierre de esta edición, el Servicio de Impuestos Internos no había ingresado al Poder Judicial el recurso de apelación para escalar la controversia hasta la Corte Suprema.
El origen del conflicto El pasado viernes, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió los recursos de protección que h a b í a n p r e s e n t a d o C C U y Watt's en contra del fiscalizador.
Así, dejó sin efecto la circular del SII que regulaba el cobro de un nuevo gravamen a la venta de néctares, bebidas isotónicas y bebidas hipotónicas (deportivas), que establecía una tasa de 10%, que podía elevarse hasta 18%, dependiendo de si las bebidas tienen un elevado contenido de azúcares. Con ello, se congela por ahora el pago del tributo que cargaba las ventas de e s t o s p r o d u c t o s desde junio.
En el fallo se sostuvo que la circular que firmó el anterior director del Servicio, Hernán Frigolett, amplió "el campo práctico de aplicación de la norma, transgrediendo el principio de legalidad que impera en materia tributaria y la reserva legal en cuanto a la creación de tributos en nuestro ordenamiento jurídico". En los considerandos de la sentencia, la Corte realizó un duro cuestionamiento al SII. "El análisis por él efectuado (director del SII) no solo excede con creces la mera interpretación de la normativa tributaria, sino que también el acto administrativo carece de fundamentación, desde que se basa únicamente en una afirmación condicional de la autoridad sanitaria, al decir que los productos cuestionados pueden ser considerados como bebidas analcohólicas, de acuerdo a su composición que está regulada en distintos títulos del Reglamento Sanitario de los Alimentos", estima.
Ese antecedente no está para "gravar a los productos con algún impuesto". También el fallo advirtió que la circular no "hace referencia alguna al trámite obligatorio de la consulta prevista en el artículo 6 del Código Tributario.
No hay ninguna mención, en la circular, a ese trámite previo". Desde el punto de vista del ejercicio normativo, la Corte reprochó que "lo que ha hecho en concreto (el SII) es ampliar el campo práctico de aplicación de la norma, transgrediendo el principio de legalidad que impera en materia tributaria y la reserva legal en cuanto a la creación de tributos en nuestro ordenamiento jurídico". El tribunal también explicó que lo que, en definitiva, termina haciendo el director del Servicio, es considerar categorías de bebidas no contempladas por el legislador. Anticipó el director Javier Etcheberry: Servicio estudia "salida" a conflicto por tributo a bebidas "Voy a abrirme a revisar porque quiero estar seguro", afirmó el directivo sobre la circular que grava los néctares. J. P. PALACIOS En paralelo a los recursos presentados por CCU y Watt's, hay otras dos causas para impugnar la circular del SII en los tribunales tributarios. XIMENA OZAS FUENTES TERCERA SALA Esa instancia de la Corte Suprema sería la que revisaría la apelación del SII..