Decreto exento número 48, de 2026.- Otorga a BESS Halcón 4 SpA concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado Línea de Interconexión 1x110 kV BESS Halcón 4, en la Región de Atacama, provincia y comuna de Copiapó
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.387 Viernes 27 de Febrero de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2776008 MINISTERIO DE ENERGÍA OTORGA A BESS HALCÓN 4 SpA, CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL PROYECTO DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADO "LÍNEA DE INTERCONEXIÓN 1X110 KV BESS HALCÓN 4", EN LA REGIÓN DE ATACAMA, PROVINCIA Y COMUNA DE COPIAPÓ Núm. 48 exento. - Santiago, 11 de febrero de 2026.
Vistos: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en adelante "SEC", en su oficio ordinario electrónico Nº 313875, de 15 de enero de 2026; lo dispuesto en los artículos 11º y 29º del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante "Ley General de Servicios Eléctricos", y sus modificaciones posteriores; lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo dispuesto en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y Considerando: 1.
Lo informado por la "SEC", en su oficio ordinario electrónico Nº 313875, de 15 de enero de 2026, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. 2.
Lo dispuesto por la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, en particular, su artículo 14, literal C), numeral 14.7, disposición que somete al trámite de toma de razón el otorgamiento y terminación de concesiones de los sectores sanitario, gas y de distribución eléctrica, encontrándose exentas, por lo tanto, las vinculadas a transmisión eléctrica.
Decreto: Artículo 1. - Otórgase a BESS Halcón 4 SpA, concesión eléctrica definitiva para establecer el proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "Línea de Interconexión 1x110 kV BESS Halcón 4", en la Región de Atacama, provincia y comuna de Copiapó, en adelante el "Proyecto", según se detalla a continuación: Proyecto Región Provincia Comuna Plano General de Obras N "Línea de Interconexión PL-CL-103-PGO-01 (2 láminas, De Atacama Copiapó Copiapó actualizadas a enero de 2024). 1x110kV BESS Halcón 4" Artículo 2. - El Proyecto tiene por objetivo el establecimiento de una línea de transmisión de energía eléctrica de alta tensión en 110 kV.
La línea permitirá transportar la energía eléctrica entre la Subestación Elevadora BESS Halcón 4 proyectada, en adelante "Subestación Elevadora BH4", y la Subestación Galleguillos existente, propiedad de la empresa CGE Transmisión S.A., permitiendo así inyectar al Sistema Eléctrico Nacional ("SEN") la energía almacenada en el sistema de almacenamiento de energía, en adelante "Central BESS Halcón 4 proyectada". Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2776008 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.387 Viernes 27 de Febrero de 2026 Página 2 de 3 El Proyecto servirá para retirar e inyectar la energía eléctrica almacenada en la Central BESS Halcón 4 proyectada, que permitirá otorgarle seguridad, suficiencia y eficiencia económica al Sistema Eléctrico Nacional, continuando así con la misión de descarbonización acelerada de Chile.
El recorrido de la Línea inicia en el punto ML1 en las coordenadas UTM WGS84 Huso 19s Este: 361.845 ,24 metros; Norte: 6.981.959 ,35 metros, que corresponde al marco de línea al interior de la Subestación Elevadora BH4 proyectada y finaliza en el punto ML2 en las coordenadas UTM WGS84 Huso 19s Este: 363.405 ,12 metros; Norte: 6.983.989 ,70 metros, que corresponde al marco de línea al interior de la Subestación Galleguillos existente. La longitud total de la Línea es de 3.138,33 metros.
La longitud de la línea por la cual se solicita concesión eléctrica definitiva inicia su recorrido en el punto inicial (Pi) en las coordenadas UTM WGS84 Huso 19s Este: 361.875 ,39 metros; Norte: 6.981.981 ,08 metros, en el límite de la Subestación Elevadora BH4 y finaliza en el punto (Pf) en las coordenadas UTM WGS84 Huso 19s Este: 363.428 ,34 metros; Norte: 6.983.999 ,81 metros, en el límite de la Subestación Galleguillos existente. Esta longitud por la cual se solicita concesión es de 3.075,31 metros. La longitud por la cual se requiere servidumbre eléctrica en las propiedades afectadas es de 2.975,79 metros.
Respecto de los 63,02 metros que conforman el resto de la línea de transmisión, 37,70 metros corresponden al tramo entre el punto ML1 y el punto Inicial (Pi) al interior de la Subestación Elevadora BH4 proyectada. Los restantes 25,32 metros corresponden al tramo entre el punto final (Pf) y el punto ML2 al interior de la Subestación Galleguillos existente, respecto de estos tramos de línea no se solicita concesión eléctrica.
Artículo 3. - El presupuesto total de las obras asciende a la suma de $964.029.600 (novecientos sesenta y cuatro millones veintinueve mil seiscientos pesos). Artículo 4. - Copia de los antecedentes relativos a la concesión que por el presente decreto se otorga, quedarán archivados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Artículo 5. - En su recorrido, el Proyecto ocupará un Bien Nacional de Uso Público y atravesará una propiedad particular y una propiedad fiscal. Respecto de la propiedad particular y la propiedad fiscal será necesario constituir servidumbre eléctrica en los términos que señala la Ley General de Servicios Eléctricos. Artículo 6. - Apruébense los planos especiales de servidumbre que se indican en el artículo 7º del presente decreto.
Artículo 7. - Constitúyanse, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos, las servidumbres para el establecimiento del Proyecto en los predios que se indican a continuación: Longitud Superficie Nombre del de de N de ID Propietario Comuna Provincia Región Fojas Número Año CBR Predio Afectación Afectación Plano (m) (m²) PL-CLFisco de Inmueble 1 Copiapó Copiapó Atacama 527V 500 1964 Copiapó 2.418,99 88.124 ,72 103Chile Fiscal PES-01 Inmueble ubicado en CGE el camino PL-CL2 Transmisión Copiapó Copiapó Atacama 1230 1244 2022 Copiapó 556,80 10.565 ,81 103C-327 S.A. PES-02 Kilómetro 6,67, sector Chamonate Artículo 8. - El Proyecto podrá atravesar los ríos, canales, las líneas férreas, puentes, acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruces y paralelismos se ejecutarán en conformidad con las prescripciones que establecen los reglamentos, de manera que garanticen la seguridad de las personas y propiedades.
Artículo 9. - La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Servicios Eléctricos y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2776008 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.387 Viernes 27 de Febrero de 2026 Página 3 de 3 Artículo 10. - Esta concesión se otorga por plazo indefinido.
Artículo 11. - El plazo de inicio y término de las obras del proyecto, en cuanto a su duración será de catorce (14) meses, considerando el inicio de ellas transcurridos noventa (90) días contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
El plazo de construcción del Proyecto se desglosa de la siguiente manera: Artículo 12. - El presente decreto deberá ser publicado en el Diario Oficial por el concesionario, dentro del plazo de quince días contados desde su total tramitación. Artículo 13. - El concesionario estará obligado a prestar el servicio de transporte de energía eléctrica, en las condiciones de calidad y continuidad que establezcan la ley y los reglamentos. Artículo 14. - El concesionario estará obligado a levantar íntegramente las instalaciones cuando ellas queden inutilizadas para el objetivo de la presente concesión. Esta obligación sólo es válida para aquellas instalaciones que hagan uso de bienes nacionales de uso público, terrenos fiscales o terrenos particulares, en virtud de servidumbres constituidas. El levantamiento deberá efectuarse dentro del plazo y en las condiciones que fije la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de conformidad a los reglamentos y normas técnicas aplicables.
Artículo 15. - La concesión que por este acto se otorga no exime del cumplimiento de las demás obligaciones legales, como lo es el acatamiento de la legislación ambiental en forma previa a la ejecución de las obras que se amparen en esta concesión. Anótese, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial y en el sitio web del Ministerio de Energía. - Por orden del Presidente de la República, Álvaro García Hurtado, Ministro de Energía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2776008 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl