Decreto exento número 343, de 2026.- Otorga concesión de radiofusión comunitaria ciudadana para la comuna de Antofagasta
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.462 Sábado 30 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2816187 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE ANTOFAGASTA Santiago, 28 de abril de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 343 exento.
Vistos: a) El decreto ley N1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley N18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La ley N20.433, de 2010, que crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, y sus modificaciones; d) El decreto supremo N122, de 2010, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba el Reglamento de la ley N20.433 ; e) El decreto supremo N126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; f) El decreto supremo N103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; g) El decreto N71, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que individualiza las competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los Gobiernos Regionales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo quinto transitorio de la ley N21.074, de 2018, del mismo Ministerio, sobre Fortalecimiento de la Regionalización del País; h) El decreto supremo N299, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que transfiere temporalmente a los Gobiernos Regionales competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y ejercidas a través de la Subsecretaría, relativas al procedimiento de otorgamiento y modificación de concesiones de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana; i) La resolución exenta N36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora; j) La resolución exenta N479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; k) La resolución exenta N941, de 28 de abril de 2023, de la Subsecretaría, que aprueba Instructivo que Regula el Detalle del Procedimiento de Coordinación Interna entre la Subsecretaría y los Gobiernos Regionales para el ejercicio de las competencias identificadas en el decreto del literal g) de estos Vistos; l) La resolución exenta N2.301, de 26 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2023, y m) La resolución N36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando: a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y diversos Gobiernos Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2816187 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltese a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, señal distintiva XQI-093, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican: ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio : Radiodifusión Comunitaria Ciudadana. - Zona de servicio : Comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.
Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 74 dB (V/m), referida al punto de emisión de la señal. - Período de la concesión : 10 años. - Plazo inicio de obras : 5 días. - Plazo término de obras : 15 días. - Plazo inicio de transmisiones : 60 días. - Potencia máxima radiada : 25 W. - Frecuencia : 107,3 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión : 180KF8EHF. - Desviación máxima : +75 kHz. - Diagrama de Radiación : Omnidireccional. - Ganancia antena : 1 dBd de ganancia máxima. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Dipolo. - N Antenas : 1. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2816187 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.462 Sábado 30 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 - Altura del centro de radiación : 18 m. - Arreglo de antena de acuerdo a la siguiente tabla: Azimut Azimut Altura Largo Factor Vástago Antena N Tipo de Antena Antena Vástago Velocidad [m] [cm] Cable [0/1] [] [] 1 Dipolo 18 0 0 220 0,85 - Largo de cable alimentador : 21,2 m. - Restricción : La altura del terreno sobre el nivel del mar, donde se ubicará el sistema radiante, no debe ser mayor a 150 m. - Pérdidas en cables y : 1 dB. conectores - Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla: Radial 0 20 40 60 80 100 120 140 160 Pérd. por lóbulo (dB) 1,70 1,90 1,90 1,90 1,70 1,40 1,10 0,80 0,60 Radial 180 200 220 240 260 280 300 320 340 Pérd. por lóbulo (dB) 0,40 0,20 0,00 0,20 0,40 0,60 0,80 1,10 1,40 Sin perjuicio de la potencia máxima radiada de 25 W autorizada a esta concesión, en cuanto elemento de su esencia, y a fin de cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4 de la ley 20.433, la concesionaria deberá operar con una potencia máxima en el transmisor de 10 W, atendidas la actual ubicación de su planta transmisora y demás instalaciones y el conjunto de las restantes características técnicas del sistema radiante autorizadas en el presente decreto. UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio, la : Avenida Argentina N01436, Población Coviefi, comuna de Planta Transmisora y Sistema Antofagasta, Región de Antofagasta. Radiante - Coordenadas Geográficas : 23 41' 11" Latitud Sur. 70 24' 35'' Longitud Oeste.
Datum WGS84.4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, que corresponden a días hábiles, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl.
La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la ley N20.433, la concesionaria podrá difundir menciones comerciales, para lo cual deberá estar inscrita en el registro especial creado al efecto por la Subsecretaría, en cuyo caso se encontrará afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico. 7.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas, y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2816187 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl