Sociedad Acuícola de Pescadores Artesanales de Tongoy Limitada
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.059 Lunes 27 de Enero de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2602227 EXTRACTO PATRICIO ANDRÉS GUTIÉRREZ GAJARDO, Notario Titular de la Sexta Notaria de Coquimbo, certifica: Por escritura pública suscrita el 10 de enero de 2025 ante mi suplente don ACXEL CRISTÓBAL CORTÉS SERIN, los señores DANIEL CORNELIO GARCÍA TORREJÓN, chileno, casado en sociedad conyugal, buzo mariscador, domiciliado en calle Federico Silva número 270, Población Playa Grande, Tongoy, comuna de Coquimbo; JAIME ENRIQUE MARÍN ZEPEDA, chileno, casado en sociedad conyugal, buzo mariscador, domiciliado en calle Albino Tapia número 564, Tongoy, comuna de Coquimbo; WILDO ANTONIO GARCÍA TORREJÓN, chileno, casado en sociedad conyugal, pescador artesanal, domiciliado en Pasaje 1, casa 306, Loteo 5, Tongoy, comuna de Coquimbo; PASCUAL ENRIQUE CARVAJAL AYALA, chileno, casado en sociedad conyugal, buzo mariscador, domiciliado en calle Froilán Zambra número 668, Tongoy, comuna de Coquimbo; MÓNICA CECILIA GARCÍA ZAMBRA, chilena, casada en sociedad conyugal, quien comparece en virtud de su patrimonio reservado de la mujer casada dispuesto en el artículo 150 del Código Civil, pescador artesanal, domiciliada en calle Elena Ávalos número 642, Tongoy, comuna de Coquimbo y HERALDO DAVID GARCÍA TORREJÓN, chileno, casado y separado totalmente de bienes, pescador artesanal, domiciliado en Mariano Latorre número 270, Población Pablo Neruda, Tongoy, comuna de Coquimbo, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por sus estatutos y las disposiciones de la ley número 3918, sus modificaciones, demás normas aplicables y por las cláusulas de la escritura. - RAZÓN SOCIAL: Sociedad Acuícola de Pescadores Artesanales de Tongoy Limitada, sin embargo, para fines de propaganda o publicidad, y para otros fines que estime conveniente, podrá usarse indistintamente el nombre de fantasía de Sociedad Acuícola Tongoy Ltda. - OBJETO: Uno) Realizar toda clase de actividades, operaciones, inversiones y comercializaciones, relacionadas directa e indirectamente con la actividad acuícola y pesquera en cualquiera de sus formas. Dos) Promover, desarrollar, representar e incorporarse como socia, en cualquier forma y calidad, en toda clase de proyectos, asociaciones, empresas, relacionadas directa e indirectamente con la actividad acuícola y pesquera.
Tres) El estudio, planificación, promoción, coordinación, ejecución, administración, inversión prestación de toda clase de servicios y asesorías técnicas, económicas y financieras en toda clase de negocios y empresas, ejecución de obras, construcción, edificación, transformación, adquisición, enajenación, y comercialización, a cualquier título, todo ello por cuenta propia o ajena.
Cuatro) Comercializar, comprar, vender, importar y exportar, fabricar, distribuir y arrendar toda clase de vehículos, embarcaciones, maquinarias, equipos, sistemas, productos, insumos, repuestos, accesorios /o mercancías, incluyendo operaciones de leasing, respecto de bienes y servicios relacionados con la actividad acuícola y pesquera en general.
Y, en general, cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto social, así como cualquier otra actividad que acuerden unánimemente los socios. - ADMINISTRACION: La Administración de la sociedad, la representación legal y el uso de la razón social, corresponderá en forma en forma conjunta a don Heraldo David García Torrejón y a don Jaime Enrique Marín Zepeda, quienes la representarán con las más amplias facultades, anteponiendo la razón social a su firma, de conformidad al artículo octavo de escritura extractada. - CAPITAL: Es de $3.000.000, aportando cada socio $500.000, de la siguiente forma a) $250.000, en el acto de constitución, y b) $250.000, en el plazo de 1 año, contado desde la suscripción de la escritura. - RESPONSABILIDAD: Los socios declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales se limita al monto de sus respectivos aportes. DURACION: Será de 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, fecha que se entiende como inicio de la sociedad.
Al término de este plazo, la sociedad se entenderá renovada tácita, automática y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de sus socios manifestase su intención de no perseverar con el pacto social, de la forma indicada en articulo cuarto de escritura de constitución. - DOMICILIO: Será la comuna de Coquimbo, provincia de Elqui, Región de Coquimbo, Chile, sin perjuicio de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2602227 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.059 Lunes 27 de Enero de 2025 Página 2 de 2 establecer sedes, oficinas o establecimientos, y desarrollar su objeto social, en cualquier otros puntos del país y del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Coquimbo, 22 de enero de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2602227 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl