Editorial: Derechos y deberes del acceso a las playas
Editorial: Derechos y deberes del acceso a las playas EditorialHace unos días la Seremi de Bienes Nacionales informó que durante 2024 hubo un significativo aumento de la cantidad de denuncias realizadas por dificultades de accesibilidad alos distintos cuerpos de agua, ya sean playas de mar, ríos y lagunas de la Región del Biobío.
Según las estadísticas, durante 2023 el organismo registró 76 reclamos, mientras que el año pasado sumó un total de 113, los cualesse dieron con mayorfrecuencia en comunas como Hualpén, San Pedro de la Paz y Tomé.
Al momento de explicar las razones detrás deete incremento, la autoridad correspondiente sostuvo que es po sible que haya más conciencia del derecho a acceder a las playas, lo que indicaría que la ciudadanía se encuentra más informada al res pecto.
Esimportante tener presente que actualmente la Región cuenta con untotal de 13 accesos fijados for malmente, y durante este añose pretende avanzar en la concreción de otros cuatro, asícomo en la renovación de señaléticas para delimitar losterritorios públicos y privados.
Desde la Seremi también se destacó que el año pasado se concretaron más de 25 instancias de fiscalización en distintos puntos, labor que se reforzará durante la presente tempora-daestival, considerando que esla épocadelañoen que másinteréshay por acceder este tipo de lugares porlas vacaciones de verano. Además, llamó tanto alos visitantes como a propietarios de terrenos colindantesa respetarla normativa la cual indica que, dado que las playas son de uso público, siempre debe garantizarse el paso gratuito y expedito a estas. La legislación referida a este tema es precisa y clara. Según el Código Civil, las playasson bienesnacionalesde uso público. bienes públicos, lo que significa que el dominio y su uso pertenecen atodoslos habitan: tesdela nación, pero también debe ser cuidadas, como cualquierentornonatural. Porlotanto, noexisten las playas privadasen ningunaregión de nuestro país, pero las conductas inapropiadas son sancionadas.
Para ello hay que considerarquesegún elartículo 594 del Código Civil, seentiende por playa del marla extensión de tierra que las olas y desocupan alternativamente hasta donde llegan las más albañan tas mareas, Esta definición nosólo seaplica alas playas ubicadasjunde lagos y ríos, que son conside to al mar, sino también a lasriberas ados bienes nacionales de uso público y, por tanto, pertenecientes atodos los habitantes de la nación.
Junto a consagrar el derecho al acceso, la ley es precisa en definirque si una persona quiere ira una playa con fines turísticos o de pesca, y no existen vías o caminos públicos para poder llegara ella, los dueños de los terrenos deben facilitar su acceso de forma gratuita. Tal derecho está amparado enelartículo 13 dela Decreto Ley N* 1.939, de 1977. Ta fijación de las vías de acceso corresponde a las autoridades, previa audiencia de los propietarios, arrendatarios o tenedores del terreno. Sino asisten o no se llega a acuerdo, la autoridad debe determinarla prudencialmente, evitando causar daños innecesarios y los afectados podrán oponerseconcurriendo alos tribunalescorrespondientes.
En el caso de hoteles con acceso a playas, también deben habili tar un paso para que todos puedan acceder, pero no significa que se pueda entrar a cualquier dependencia del hotel, ya que el recinto puede negar el paso a sectores de propiedad AL ode uso exclu sivo. También el Estado protege y maneja ciertos ambientes natuTales, terrestres o acuáticos, para lograr su conservación y el Sistema de Áreas Silvestres Protegidas del Estado está a cargo.
Porúltimo, la ey también establece la aplicación de una multa pata la persona que ensucie o deje basura o desechos de cualquierín: dole en playas, riberas deríos o delagos, ya que el acceso habilitado nosignifica que los visitantes quedenexentos de cumplir con el manejo mínimo de una zona natural.
Según el Código Civil, las playas son bienes nacionales de uso público o bienes públicos, lo que significa que el dominio y su uso pertenecen a todos los habitantes de la nación, pero también debe ser cuidadas, como cualquier entorno natural.. Editorial