Autor: VALERIA VEGA
Corte Suprema ratifica sanción al grupo Jano por infracciones a la libre competencia contra el mall de Jack Mosa
Corte Suprema ratifica sanción al grupo Jano por infracciones a la libre competencia contra el mall de Jack Mosa -La Corte Suprema rechazó recurso de reclamación que presentó el empresario Jean Jano Kourou y sus sociedades (Inmobiliaria Mall Plaza de Los Ríos, Inmobiliaria Tres Ríos) en un antiguo conflicto con su primo Jack Mosa, ratificando la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). Con ello, el máximo tribunal del país confirmó la sanción en contra del Grupo Jano que aplicó el TDLC en noviembre de 2024, por competencia desleal. La condena consiste en el pago de una multa de UTA 250 ($200 millones) a beneficio fiscal tanto a Inmobiliaria Tres Ríos como a Inmobiliaria Mall Plaza de Los Ríos.
Mientras que a Jean Jano Kourou como persona natural se le condenó al pago de una multa de 10 UTA ($8 millones). El conflicto comenzó cuando Inmobiliaria Power Center e Inversiones Magallanes, ambas ligadas al grupo Pasmar del empresario Jack Mosa, interpusieron una demanda por competencia desleal.
Según la acusación, las empresas demandadas presentaron una serie de acciones judiciales con el fin de obstaculizar el desarrollo de un mall en Valdivia, ciudad en la que el grupo Jano posee el único centro comercial, Mall Plaza de Los Ríos.
Dentro de estas acciones presentadas se encuentra un reclamo de ilegalidad contra el Permiso de Edificación y una denuncia ante el MINVU por supuestas irregularidades en el otorgamiento del Permiso de Edificación en 2014; una solicitud de hacerse parte ante del proceso administrativo por la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en 2016; un recurso de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y un recurso de reclamación ante el Tercer Tribunal Ambiental en 2017.
Desde el equipo legal de Grupo Pasmar, encabezado por el abogado socio de FerradaNehme, Nicolás Ubilla, expresaron "plena conformidad con el fallo de la Corte Suprema, que ha confirmado de manera definitiva la condena contra el Grupo Jano y su controlador por prácticas de competencia desleal que han afectado además la libre competencia". "El Máximo Tribunal respaldó una vez más nuestra tesis: los demandados no ejercieron legitimamente sus derechos, sino que orquestaron una estrategia de litigación abusiva.
La Corte acreditó que la interposición sistemática de acciones administrativas y judiciales -carentes de fundamento plausibletuvo como único objetivo instrumentalizar la justicia para bloquear artificialmente el ingreso del proyecto "Paseo Valdivia" y mantener su posición dominante", declararon. "Valoramos profundamente este precedente, pues marca un punto de inflexión en la jurisprudencia nacional.
Al sancionar el abuso del proceso como una barrera de entrada ilícita y aplicar la doctrina de la "infracción continuada" para rechazar la prescripción, la Corte envía una señal contundente: el sistema judicial no puede ser utilizado como herramienta para impedir la competencia. Este fallo no solo reivindica el proyecto de Pasmar, sino que fortalece la protección de la libre competencia en Chile", acotó. La confirmación del fallo del TDLC por la sentencia de la E.
Corte deja asentada una verdad fundamental y es que el retraso en la construcción del Mall de Pasmar fue auto provocado y debido a hallazgos arqueológicos, que lo detuvieron continuamente; pero también asienta el reconocimiento del informe de la PDI de 2018 que mediante un peritaje caligráfico concluyó que las firmas del ingeniero calculista y del ingeniero revisor estampadas en la solicitud del permiso de edificación del Mall Pasmar eran falsas, KAYSER' LOCAL 228 consignando además que la memoria de cálculo en que se fundó esa solicitud estaba referida a un terreno de Puerto Montt y no al suelo de Valdivia.
DESCARGOS Oscar Corvalán, socio de Domínguez & Cía, agrega: "hay que recordar que consta en el expediente de competencia desleal de un juicio previo entre Pasmar y Mall Plaza de los Ríos, que el anterior abogado de esta última, en ese litigio, luego de solicitar y reiterar el envío del informe de la PDI a la Corte de Apelaciones de Santiago, por ser importante para la resolución del caso, se desiste de la diligencia, sin autorización de Mall Plaza de los Ríos, que en ese contexto pierde ese litigio, mediante sentencia de 2021 que sirvió de base a la demanda de Pasmar ante el TDLC". ® Autor: VALERIA VEGA.
Desde el equipo legal de Grupo Pasmar, expresaron "plena conformidad con el fallo de la Corte Suprema, que ha confirmado de manera definitiva la condena contra el Grupo Jano y su controlador por prácticas de competencia desleal que han afectado además la libre competencia". Jack Mosa, presidente del directorio de Pasmar.