Autor: ROBERTO RIVAS S.
¿En qué consiste la Ley Corta de Isapres y qué pasa con los excedentes?
A”apr ChiloA Meda aer psEl 1 de septiembre comenzó a regir la Ley Corta de Isapres, que obliga a los prestadores a aplicar la TFU, y que establece que ningún plan de salud puede estar por debajo del 7% obligatorio de cotización. Más de 37 mil afiliados directos, y 30 mil indirectos, podrían sufrir modificación en sus servicios.
La semana pasada, y luego de una larga y complicada discusión, comenzó a regir la Ley Corta de Isapres, que crea un nuevo modelo de atención en el Fondo Nacional de Salud (FONASA), y otorga facultades a la Superintendencia de Salud, a la vez que modifica normas relativas a las Instituciones de Salud Previsional El instrumento legal ingresó alREFERENCIAL EL DÍA. El texto final aprobado consta de 12 artículos permanentes y trece disposiciones transitorias, y comenzó a regir oficialmente el pasado domingo 1 de septiembre. Congreso Nacional como un Mensaje 9 de mayo de 2023.
Presidencial, el Luego de superar diversas barreras entre ambas Cámaras hasta ser aprobada, se despachó al Ejecutivo el 17 de mayo de 2024 para su promulgación, tras lo cual fue publicado en el Diario Oficial el 24 de mayo de 2024. El texto final aprobado consta de 12 artículos permanentes y trece disposiciones transitorias, y comenzó a regir oficialmente el pasado domingo 1 de septiembre. Si bien son muchas las dudas que crea el articulado, todos los casos deben ajustarse según su realidad.
En la Región de Coquimbo, según la última actualización de la Superintendencia de Salud, de julio pasado, están registrados 68.742 beneficiarios entre las distintas Isapres, de los cuales 37.899 son cotizantes directos (55,1% ) y el resto, 30.843 personas, son carga de los primeros.
FACTORES DE RIESGO Sobre el nuevo reglamento legal, la la Agente Regional de Superintendencia de Salud, Viviana Novoa, explicó que la ley viene a dar cumplimiento al fallo de la Corte Suprema sobre la Tabla de Factores de Riesgo, teniéndose que aplicar la Tabla de Factores Unica (TFU) que entró en vigencia en abril de 2020, y a la que ahora deben ceñirse las instituciones.
Señaló que la normativa está basada en el principio de seguridad social, que corresponde al ajuste del valor de los planes de salud que están bajo la cotización legal obligatoria del 7%. “Con esta modificación, ningún plan de salud puede costar menos del 7% obligatorio.
Lo que la ley establece es que la Isapre debe ofrecer al cotizante beneficios adicionales o un nuevo plan de salud lo más cercano al 7% y que, mientras no lo acepte la persona, se establece que toda diferencia que supere el 5% de la cotización legal no generará excedentes”, señaló Novoa. Precisó que no necesariamente al afiliado que se le aplique la TFU le disminuirá el valor de su plan, ya que en algunas ocasiones -y según sea el casoesta podría generar un alza.
“En este último caso, la sentencia de la Corte Suprema estableció que la aplicación de esta tabla -a partir del mes de septiembreno puede significar un alza en el precio final del contrato, por lo que deben mantener el valor actual de éste”. -¿Qué implica que la totalidad del 7% de cotización obligatoria se debe destinar al plan de salud? -"Eso significa que a partir del 1 de septiembre, a las personas afiliadas con planes inferiores al 7%, la Isapre deberá ofrecer beneficios adicionales o un nuevo plan de salud hasta llegar al valor más cercano a ese 7%, ya que la ley corta establece que la totalidad de la cotización obligatoria debe ser destinado al plan de salud.
Ningún plan nuevo que venda la Isapre a partir de esta fecha podrá costar menos que el total del 7% de cotización obligatoria”. Precisó Novoa que el plan del asegurado se reajustará al 7% cuando la cotización su valor sea menor a legal de esa cifra, ya que la Ley Corta estableció que, en caso queun plan tenga un valor inferior al monto cotizado, la Isapre deberá ofrecer nuevos beneficios, hasta llegar al total de la cotización.
Sobre los nuevos beneficios y prestaciones que puede ofrecer la Isapre, para compensar al 7%, la especialista señaló que estos deberán ser accesibles, relevantes y útiles para el cotizante o su carga, y que deberán ser distintos a las ayudas u orientaciones telefónicas y 24/7. Agregó que no podrá exigirse una nueva Declaración de Salud para incorporarlos al contrato, ni se podrá cobrar adicionalmente por ellos. Tampoco podrán suspenderse esos beneficios por el no pago de cotizaciones.
“En cuanto a los planes alternativos, la Isapre deberá ofrecer aquellos cuyo precio pactado sea más cercano al valor de la cotización legal para salud de la persona afiliada y que hayan sido comercializados dentro de los seis meses anteriores al ofrecimiento.
Las condiciones generales de cada plan de salud ofrecido, deberán ser las mismas que se estén ofreciendo a esa fecha a los nuevos contratantes del respectivo plan y no podrán importar una discriminación entre dichos afiliados”, apuntó.
EXCEDENTESConsultada sobre lo que ocurrirá con los excedentes acumulados hasta agosto de 2024, la agente regional especificó que si una persona tiene actualmente excedentes reconocidos en su cuenta individual y no los ha utilizado, éstos seguirán vigentes y podrán ser usados en prestaciones, beneficios o farmacias, entre otros. “Si la persona no utiliza sus excedentes durante el resto del año, éstos serán devueltos por las Isapre en el mes de enero de 2025, tal como lo establece el régimen habitual de excedentes.
La ley corta no eliminó la posibilidad de que existan excedentes, éstos se pueden seguir generando por distintas situaciones, por ejemplo: si se retiran cargas, si hay un aumento de sueldo, si tu 7% aumenta, si recibes un bono de desempeño, siempre podrán generarse excedentes hasta por un 5% de la cotización legal obligatoria”, apuntó.
Puntualizó la agente, que si alguna de las instituciones responsables no cumple con lo pautado, el afiliado puede reclamar en línea en la plataforma de la Superintendencia de Salud, específicamente en la sección "Reclama en línea”.. MÁS DE 68 MIL AFILIADOS A NIVEL REGIONAL PODRÍAN VER MODIFICADOS SUS SERVICIOS