Seremi del Trabajo formuló llamado a respetar los feriados irrenunciables
Seremi del Trabajo formuló llamado a respetar los feriados irrenunciables PARA EL COMERCIO LOS DÍAS 25 DE DICIEMBRE Y 1 DE ENEROTALCA. La seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba, formuló un llamado a respetar losferiados irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero. La autoridad alregional recordó el la corresponcance de diente normativa, que rige para trabajadores y trabajadoras del sector comercio, la cual aseguel descanso durante ra las citadas fechas. Junto con ello enfatizó en el horario del cierre del comercio los días previos.
“Si los empleadores no cumplen con la normativa de feriados irrenunciables, enfrentarán multas que pueden llegar hasta 20 UTM, dependiendo del tamaño de laDe acuerdo con la Ley 19.973, los trabajadores comercio tendrán que estar fuera de su lude del las a trabajo gar 24 20:00 horas del de diciembre y hasta la 6:00 horas del 26 de di las 20:00 a ciembre, y de diciemhoras del 31 bre y hasta las 6:00 horas del 2 de enero.
Son considerados como trabajadores del comercio todos aquellos que laboran en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas funciones se relacionen con el expendio o. venta directa al público de mercaderías o las productos que en ellos se ofrecen.
EXCEPCIONESSe exceptúan del feriadoobligatorio e irrenunciable del 25 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025, los trabajadores del comercio que se desrestauranempeñan en: tes, establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectácu-en vivo, discotecas, lospub, cabaret, clubes; locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos; ca= sinos de juegos y otros lugares de juego legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias deban que cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. También deben trabajar los dependientes de las llamadas “tiendas de conveniencia” adosa=das a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo. FISCALIZACIONES nacional, A nivelzación de iones, entre el 10 y el 24 de diciembre, a las que se sumarán re las practicadas en puesta a las denuncias. Las denuncias se deben realizar a través del sitio web de la Dirección del Trabajo, www. direccioncall deltrabajo. cl y del center: 600 450 4000. Ambas plataformas sepor atendidas rán el de Departamento Usuarios, a Atención las derivarán quienes denuncias las a Direcciones Regionales del Trabajo.
La autoridad regional recordó el alcance de la correspondiente normativa, que rige para trabajadores y trabajadoras del sector comercio. empresy ade l númerod e ción económica importrabajadores afectados. tante por no respetar los Esto significa una sanderechos laborales”, dijo.. Maribel Torrealba. “Si los empleadores no cumplen con la normativa de feriados irrenunciables, enfrentarán multas que pueden llegar hasta 20 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados”, dijo. PARA EL COMERCIO LOS DÍAS 25 DE DICIEMBRE Y 1 DE ENERO