Resolución exenta número 1.381, de 2025.- Amplía plazo de consulta ciudadana sobre propuesta de modificación del Reglamento de Seguridad Minera
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.187 Martes 1 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2665397 MINISTERIO DE MINERÍA AMPLÍA PLAZO DE CONSULTA CIUDADANA SOBRE PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA (Resolución) Núm. 1.381 exenta. - Santiago, 25 de junio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N 302, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que aprueba disposiciones orgánicas y reglamentarias del Ministerio de Minería; en el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija nuevo texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en la resolución exenta N 4.733, de 2022, de la Subsecretaría de Minería, que aprueba la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Minería; en la resolución exenta N 1.267, de 2025, del Ministerio de Minería, que somete a consulta ciudadana la propuesta de modificación del Reglamento de Seguridad Minera; en el decreto supremo N 132, de 2002, del Ministerio de Minería, que aprueba Reglamento de Seguridad Minera; y en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija las normas sobre la exención del trámite de toma de razón.
Considerando: 1. - Que, mediante la resolución exenta N 1.267, de 2025, del Ministerio de Minería, se sometió a consulta ciudadana la propuesta de modificación del Reglamento de Seguridad Minera, cuyo texto refundido, sistematizado y coordinado fue fijado por el artículo quinto del decreto supremo N 132, de 2002, del Ministerio de Minería. 2.- Que, la antedicha resolución fue publicada en el Diario Oficial el 11 de junio de 2025, fecha en que comenzó a correr el plazo de veintiún días corridos para que la ciudadanía envíe sus comentarios y observaciones, el que en consecuencia vence el 2 de julio de 2025.3.- Que, en virtud del amplio interés que ha generado la mencionada consulta ciudadana sobre la propuesta de modificación del Reglamento de Seguridad Minera, es necesario ampliar el plazo para presentar observaciones.
Resuelvo: 1 Amplíase el plazo para presentar observaciones en la consulta ciudadana sobre la propuesta de modificación del Reglamento de Seguridad Minera, por un término de 7 días corridos contado desde el vencimiento del plazo original. 2 Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de la República de Chile y en un lugar visible de la página web institucional https://www.minmineria.cl/. A contar de su fecha de publicación, los interesados dispondrán hasta el día 9 de julio de 2025, para enviar sus Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2665397 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Saluda atentamente a usted, Pedro Aguiló Bascuñán, Subsecretario de Minería (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2665397 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl