Resolución exenta número 1.777, de 2025.- Aprueba proyecto de Ciclovía Av. Guillermo Mann, Tramo Av. Vicuña Mackenna - Av. Marathon, comuna de Ñuñoa
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.196 Viernes 11 de Julio de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2669692 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA AV. GUILLERMO MANN, TRAMO AV. VICUÑA MACKENNA - AV. MARATHON, COMUNA DE ÑUÑOA (Resolución) Núm. 1.777 exenta. - Santiago, 22 de abril de 2025.
Visto: Lo dispuesto en DFL N 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.290, de Tránsito; en la ley N 21.088, que modificó la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte; en el decreto supremo N 102, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamentó las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías y las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad para los ocupantes de los ciclos y derogó el decreto supremo N 116, de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el DFL N 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determinó la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el DFL N 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que reestructuró la Subsecretaría de Transportes; en el decreto ley N 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que creó el Ministerio de Transportes; en la ley N 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; resolución exenta N 157, de 15 de enero de 2024, de esta Secretaría Regional, que aprueba anteproyecto de Ciclovía Av. Guillermo Mann, tramo Av. Vicuña Mackenna-Av.
Marathon; circular N 354, de 6 de junio de 2024, oficio N 23204, de 5 de agosto de 2024; oficio N 27373, de 12 de septiembre de 2024, y circular N 708, de 7 de noviembre de 2024, todos de la misma Secretaría Regional; Carta de 6 de junio de 2025 y 15 de octubre de 2025, ambas de Mauricio Herrera y en representación de Sinergia Inmobiliaria S. A; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y en la demás normativa aplicable.
Considerando: 1. - Que, mediante carta de 6 de junio de 2024, de Mauricio Herrera O., en representación de Sinergia Inmobiliaria S.A., remitida por ingreso virtual con N E95508 del mismo día, se solicita a esta Secretaría Regional Ministerial, revisar conforme DS N 102/2019, citado en el visto, proyecto de “Ciclovía Av. Guillermo Mann”, entre Av. Vicuña Mackenna y Av.
Marathon, comuna de Ñuñoa. 2.- Que, cabe precisar que el solicitante Mauricio Herrera, comparece en representación del interesado, Sinergia Inmobiliaria S.A., conforme poder firmado ante notario público el 7 de junio de 2024 y que consta en el expediente respectivo. 3.- Que, el referido proyecto de ciclovía fue remitido, mediante circular N 354, de 6 de junio de 2024, de esta Secretaría Regional Ministerial, a diversas instituciones para informar, consolidándose las observaciones de estos organismos y de esta Secretaría Regional en el oficio N 23204, de 5 de agosto de 2024, del mismo origen, el cual fue notificado al interesado mediante correo electrónico de 7 de agosto de 2024, en el cual se le indica que el plazo para presentar proyecto corregido vence el 24 de septiembre de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669692 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, mediante oficio N 27373, de 12 de septiembre de 2024, de esta Secretaría Regional, se concedió al interesado una prórroga del plazo para presentar versión corregida del proyecto, hasta el 15 de octubre de 2024.5.
Que, mediante carta de 15 de octubre de 2024 remitida a oficina de partes virtual en la misma fecha, con N E174153, se adjunta versión corregida del proyecto, cumpliendo con los plazos establecidos en el decreto supremo N 102, ya citado.
Esta versión fue posteriormente remitida a los organismos que participaron en su evaluación, para su pronunciamiento, mediante circular N 708, de 7 de noviembre de 2024, de esta Secretaría Regional, sin que se hubieran generado nuevas observaciones. 6.
Que, cabe tener presente, que con fecha 10 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo N 102, de 2019 que reglamenta las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por lo que la evaluación de toda ciclovía debe ajustarse a partir de dicha fecha, al procedimiento allí descrito, el que se estructura en dos etapas, la de anteproyecto y de proyecto, respecto de las ciclovías no existentes a dicha fecha. 7.
Que, el interesado acredita contar con un anteproyecto aprobado mediante resolución exenta N 157, de 15 de enero de 2024, de esta Secretaría Regional Ministerial, el que se encontraba vigente de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 9 del decreto supremo N 102, citado en vistos, a la fecha de presentación del proyecto ante esta Secretaría Regional Ministerial. 8.
Que, el interesado adjunta memoria explicativa que describe adecuada y detalladamente todos los aspectos señalados en el numeral 3 del artículo 10 del decreto supremo N 102, de 2019, ya referido, en relación al diseño definitivo de la ciclovía, de lo cual da cuenta el Anexo N1 del presente acto. Además, adjunta los respectivos planos del diseño operativo, donde consta la señalización y demarcación respectiva. 9.
Que, teniendo presente lo señalado en los literales a) y b) del artículo 12 del decreto supremo N 102, de 2019, se deja constancia que el proyecto, si bien contempla 4 intersecciones semaforizadas, estas no requieren de nuevas fases especiales. Además, se consideran2 singularidades asociadas a paraderos de transporte público, las que contarán con la debida señalización especial. 10.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del decreto supremo N 102, de 2019, y habiéndose revisado y analizado el diseño definitivo de la ciclovía, se concluye que ella cumple con todos los aspectos descritos en el Artículo 10 del mismo decreto, en especial, en su numeral 3, por lo que procede aprobar el proyecto presentado. Resuelvo: 1. - Apruébase proyecto de “Ciclovía Av. Guillermo Mann”, cuyo interesado es Sinergia Inmobiliaria S.A., a emplazarse en costado sur de calzada de Av. Guillermo Mann, entre Av. Vicuña Mackenna y Av. Marathon, comuna de Ñuñoa, en el tramo, sentido de tránsito y perfil que se indica en el siguiente cuadro: VÍA DESDE HASTA SENTIDO PERFIL 2.4 metros de ancho y Av. Guillermo Av. Vicuña Av.
Bidireccional segregación de 0.5 Mann Mackenna Marathon metros 2. - Para la correcta operación de la ciclovía indicada, se deberán adoptar todas las medidas de gestión que se detallan en el listado del Anexo N 2, que se entiende forma parte de la presente resolución. 3.- Se entenderán incorporados y formando parte también de la presente resolución, como Anexo N1 de la misma, la memoria explicativa y los planos respectivos. 4.- La I.
Municipalidad de Ñuñoa, una vez que entre en operación la ciclovía descrita, conforme su emplazamiento, estará a cargo de realizar las labores de mantención de todos sus componentes. 5.- En contra de la presente resolución, conforme artículo 59 de la ley N 19.880, se podrá interponer recurso de reposición y/o jerárquico, conforme a derecho, dentro del plazo de 5 días Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669692 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio de otros recursos administrativos y de las acciones jurisdiccionales que estime conveniente. 6.- Lo dispuesto en la presente resolución, tendrá una vigencia de tres (3) años, a partir de la fecha de su respectiva notificación. 7.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial, mientras que los anexos N 1 y N 2 señalados se publicarán íntegramente en el sitio web www.mtt.gob.cl. Anótese y publíquese en la forma señalada. - Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2669692 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl