AITRADEMARK SpA 76.873.887-4*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.359 Lunes 26 de Enero de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2760349 EXTRACTO PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Notario Público de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N5841, comuna de La Reina, certifico: que por escritura pública de 05 de enero de 2026, Repertorio N6062026, ante mí, doña MARCELA CAROLINA BELMAR GAMBOA y don ENZO IGNACIO PANTOJA SILVA, en su calidad de únicos accionistas, modificaron la sociedad por acciones denominada Ciberseguridad y Privacidad SpA (la “Sociedad”), cambiando su razón social a la de “AITRADEMARK SPA” y/o “AITM SPA”. A su vez, se modificó el objeto social de la sociedad por el siguiente: a) El desarrollo, implementación, explotación, comercialización, licenciamiento y distribución, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de plataformas digitales, sistemas de inteligencia artificial, software, aplicaciones, soluciones alojadas en la nube, plataformas software as a service o “Saas”, y, en general, de cualquier producto o servicio basado en tecnologías de la información y las comunicaciones. b) La investigación, desarrollo e innovación, ya sea de forma independiente o en colaboración con universidades, centros de investigación e instituciones públicas o privadas, para la creación y mejora de tecnologías aplicadas a las diferentes áreas del conocimiento. c) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, servicios técnicos y/o profesionales en materias de análisis de datos, innovación, ciberseguridad, seguridad informática, así como en materias relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones, dirigidos a organismos públicos, privados, empresas y particulares. d) La comercialización, representación, compra y venta, importación, exportación, agencia, arrendamiento, mantención y soporte técnico de software, productos y servicios relacionados con las tecnologías de la información, la seguridad informática y la ciberseguridad, tanto a nivel Nacional como en el extranjero. e) La organización, ejecución y prestación de todo tipo de servicios de investigación, capacitación, educación y formación, incluyendo programas, talleres, seminarios, conferencias y cursos en tecnología, inteligencia artificial, innovación, tecnologías de la información y comunicaciones, seguridad informática, ciberseguridad y otras áreas afines. f) La adquisición, enajenación, explotación y administración de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tangibles o intangibles, realizar inversiones en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, bonos, debentures y derechos en sociedades, pudiendo adquirir, enajenar y administrar dichos bienes y percibir sus frutos. g) La celebración de toda clase de actos y contratos civiles, comerciales y de cualquier tipo, que sean necesarios o conducentes al cumplimiento del objeto social, incluyendo la participación en otras sociedades, asociaciones o entidades con fines similares, complementarios o relacionados.
Se modifica el artículo quinto de los estatutos sobre el capital, con el objeto de actualizar nuevos accionistas y porcentajes sobre los que tiene propiedad cada uno, y se elimina el único artículo transitorio en el que constaba la forma de distribución del capital anterior, quedando el capital social distribuido de la siguiente manera: El capital social es la suma de un millón quinientos mil pesos dividido en ciento cincuenta acciones nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, que ya ha sido aportado por los socios en las siguientes proporciones: (i) doña Marcela Carolina Belmar Gamboa, la suma de setecientos cincuenta mil pesos, que corresponden a setenta y cinco acciones y al cincuenta por ciento del capital social; y (ii) don Enzo Ignacio Pantoja Silva, la suma de setecientos cincuenta mil pesos, que corresponden a setenta y cinco acciones y al cincuenta por ciento del capital social.
En virtud de las modificaciones a la razón social, objeto, capital y pacto de accionistas de la sociedad, los socios acuerdan reemplazar los artículos pertinentes de los estatutos sociales, y fijan texto refundido de los mismos en la cláusula tercera de la escritura. Doy fe. Pablo Martínez Loaiza, Notario Público Titular, Santiago, 19 -1-2026. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2760349 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl