EDITORIAL: Impuesto anticipado al hidrógeno
EDITORIAL: Impuesto anticipado al hidrógeno E l Gobierno busca gravar los proyectos de inversión en producción de hidrógeno verde en la Región de Magallanes con un impuesto equivalente al 1% de la inversión total contemplada, el que se pagaría anticipadamente una vez obtenida la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA). La idea está incluida en un proyecto de ley que pretende promover esta industria mediante incentivos tributarios y que establece un estatuto especial para aquellos productores que se instalen en la Duodécima Región.
Sin embargo, como contrapartida, les adelanta a estos el pago de la llamada "contribución regional" que deben hacer todas las inversiones que superen los US$ 10 millones y que hoy se paga una vez que el proyecto empieza a generar resultados operacionales. Se trata de una fórmula inconveniente, por varias razones. La primera es precisamente el momento en que se quiere hacer el cobro. Tener una RCA no significa que la decisión final de inversión esté tomada ni el financiamiento obtenido; mucho menos que existan ya contratos firmados para los productos resultantes.
Exigir un pago cuantioso en esa etapa --la mayoría de los proyectos considerados son de varios miles de millones de dólares, y un 1% de ese monto podría implicar hasta unos US$ 160 millones-es, pues, un desincentivo a su materialización. Si hay consenso en que la inversión en el país está en un nivel relativamente bajo y que, en consecuencia, se necesita atraerla, imponer gravámenes anticipados va en la dirección opuesta.
Más importante aún, la industria del hidrógeno está en una etapa inicial de su desarrollo, por lo que no solo las tecnologías involucradas están en proceso de consolidación, sino que su aprovechamiento no se encuentra asentado; es decir, no hay total claridad respecto del modo en que los productos resultantes se incorporarán a los procesos industriales existentes y, en consecuencia, los modelos de negocio no han sido aún probados de manera efectiva.
Agregar a ese escenario un impuesto anticipado --aunque sea la contrapartida por otros beneficios--, solo contribuye a introducir mayor incertidumbre a una industria que, a pesar de lo prometedora que resulta para Chile, requiere facilidades y no mayores costos para desarrollarse. En fin, se argumenta por algunos que este impuesto es una manera de allegar fondos a las zonas extremas y que eso puede disminuir la potencial resistencia de las comunidades a su instalación. Incluso, se agrega, las autoridades locales involucradas en las autorizaciones necesarias o que pueden opinar respecto del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), tendrían una mejor disposición hacia estas iniciativas. Pero un razonamiento de ese tipo es contrario al propósito que tienen los procesos de evaluación ambiental y no debería formar parte de las motivaciones para la introducción de un impuesto. Imponer gravámenes anticipados es lo opuesto a promover la inversión. Impuesto anticipado al hidrógeno.