Desafíos y avances para los propietarios de obras de ampliación
Desafíos y avances para los propietarios de obras de ampliación de obras de ampliación Por Andrea Von Chrismar Medina socia de Prieto Abogados 40 www.revistaei.cI 1 ABRIL 2025 1 N301.
Desafíos y avances para los propietarios de obras de ampliación ANÁLISIS El El año 2024 estuvo, sin duda, marcado por la tramitación y posterior publicación de la Ley 21.721 (Ley de Transición Energética), Energética), la que introdujo una serie de modificaciones modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) en materia de transmisión transmisión eléctrica.
La Comisión Nacional de Energía (CNE) realizó una consulta pública referida referida a distintas resoluciones reglamentarias requeridas para la implementación de la ley, para luego ser aprobadas por la CNE y publicadas en el Diario Oficial.
Una de ellas se refiere a la licitación de obras de ampliación por parte de los propietarios de las obras que son objeto de ampliación (Resolución Exenta N98 CNE). La implementación de la Ley de Transición Transición Energética traerá aparejada una serie de desafíos para las empresas del sector, especialmente, para los propietarios propietarios de obras. Los actores de la industria deberán enfrentar el desafío que supone www.revistaei.cI 1 ABRIL 2025 1 N2301 41.
Desafíos y avances para los propietarios de obras de ampliación La implementación de la Ley de Transición Energética traerá aparejada una serie de desafíos para las empresas del sector, durante este año, especialmente, para los propietarios de obras”. ANDREA VON CHRISMAR Ifl MEDINA, socia de Prieto Abogados. la modificación introducida por la Ley de Transición Energética y la Resolución Exenta N98 CNE, en materia de licitaciones licitaciones de obras de ampliación, para que el desafío de la transición energética y el rol habitante de la transmisión se traduzca, traduzca, como pretende la ley, en avances efectivos en esa línea.
Las empresas propietarias de las obras de ampliación, a partir del nuevo rol que éstas asumirán, a cargo de licitar y supervisar la ejecución de las obras que son objeto de ampliación, deberán desarrollar -desde el punto de vista legal y técnicoun know how en materia de libre competencia y diseño de bases de licitación.
Si bien el Coordinador Eléctrico Eléctrico Nacional (Coordinador) tendrá un rol supervisor, en todo caso será el propietario propietario el responsable de la elaboración de las bases, y de la ejecución de la licitación, licitación, y de informar cualquier irregularidad irregularidad al Coordinador. Al respecto, el 21 de abril de 2025 el -4 r ¡ I__ 1 42 www.revistaei.cI 1 ABRIL 2025 1 N301.
Desafíos y avances para los propietarios de obras de ampliación ANÁLISIS 1 Coordinador publicó la Versión Definitiva del Procedimiento Interno de Revisión, Seguimiento y Monitoreo de la Competencia Competencia en Licitaciones de Obras de Ampliación Ampliación de Transmisión (Procedimiento de Licitaciones), luego de someterlo a consulta pública.
El Procedimiento de Licitaciones y la Resolución Exenta N98 CNE establecen que será el propietario de la respectiva obra que es objeto de ampliación, quien deberá remitir las bases de licitación al Coordinador, para que éste último las revise y pueda, en caso de así considerarlo considerarlo necesario, instruir modificaciones a dichas bases.
Asimismo, los propietarios deberán, al momento de elaborar las bases de licitación, considerar situaciones situaciones que pudiesen afectar la competencia en los procesos de licitación, tales como la concentración de mercado o abuso de posición dominante, estableciendo en las bases de licitación requisitos y condiciones condiciones para resguardar las condiciones de competencia en el proceso. La supervisión de las condiciones de competencia de la licitación por parte del Coordinador se extenderá durante todo el proceso de licitación, debiendo solicitar solicitar información al propietario, si así lo considera necesario.
Este cambio de rol que tendrán las empresas propietarias de obras de ampliación es de la mayor relevancia, atendido que deberán adoptar resguardos, resguardos, desde la perspectiva de la competencia, no sólo para evitar conductas conductas anticompetitivas por parte de los oferentes, sino también para no ser cuestionado en su actuar al diseñar las bases y en la ejecución que realice de todo el proceso de licitación.
En definitiva, las empresas deberán, por un lado, evitar incurrir en conductas conductas anticompetitivas o de cuestionamientos cuestionamientos al diseño sus bases, si es que estas exigieran requisitos que puedan favorecer a un proveedor específico y/o impliquen barreras a la competencia competencia en el mercado específico de la licitación. licitación.
Y, por otro lado, deberán evitar que la ejecución del proceso completo no favorezca ni facilite acuerdos anticompetitivos anticompetitivos entre los posibles oferentes oferentes a la licitación, debiendo, en todo caso, poder identificar comportamientos comportamientos sospechosos, de manera de poder informarlos o denunciarlos.
Íf Íf Si bien el Coordinador Eléctrico Nacional (Coordinador) tendrá un rol supervisor, en todo caso será el propietario el responsable de la elaboración de las bases, y de la ejecución de la licitación, y de informar cualquier irregularidad al Coordinador”. www.revistaei.cI 1 ABRIL 2025 1 N2301 43.