Cox Energy Comercializadora SpA 77.737.449-4*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.201 Viernes 18 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2673107 EXTRACTO Patricia Valentina Manríquez Huerta, abogado, Notario Público Titular de la 48ª Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N 3076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico: que con fecha 26 de junio de 2025, bajo el número de repertorio N 7.913-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Cox Energy Comercializadora SpA”, con la concurrencia del único y actual accionista “Cox Energy S.L.U. ” celebrada ante mí con fecha 25 de Junio de 2025, en donde su único accionista aprobó: /UNO/ reformar sus estatutos con el fin de constatar el pago del capital social suscrito.
Como consecuencia de lo anterior, se modificó el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales por el que consta a continuación: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. - El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, el cual se encuentra integra y totalmente suscrito y pagado en dinero efectivo e ingresado en caja social.
” /DOS/ modificar la administración de la Sociedad; /TRES/ regularizar las disposiciones estatutarias relativas al establecimiento de juntas de accionistas; /CUATRO/modificar aspectos relativos al órgano fiscalizador, su designación, naturaleza y atribuciones; /CINCO/ modificar aspectos relativos a la distribución de utilidades, al reparto de dividendos, y mecanismos de resolución de disputas; y /SEIS/ refundir los Estatutos Sociales, a fin de incorporar en un solo texto refundido las modificaciones que ha experimentado la Sociedad, con el objeto de fijar un texto actualizado y refundido de estos, según se extracta a continuación: Nombre: Cox Energy Comercializadora SpA. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero.
Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (a) Desarrollar, planificar, comercializar, en todas su formas por sí o por intermedio de terceros, establecer y/o explotar, de cualquier manera, sistemas fotovoltaicos, generadores eólicos o hídricos, y en general cualquier tipo de equipos, sistemas, y elementos de generación de toda clase de energías; (b) la construcción de todo tipo de obras, por cuenta propia o ajena; (c) la compra, venta, arriendo y/o explotación, en cualquier forma, por si o por intermedio de terceros, de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, necesarios para el desarrollo de su giro comercial; (d) la importación y exportación de equipos, piezas, partes, repuestos y elementos, en general, necesarios para la instalación, explotación y comercialización de toda clase de sistemas de generación y distribución de energías, sean éstas fotovoltaicas, eólicas, hídricas y otras; (e) la generación de energía eléctrica para lo cual podrá desarrollar, construir, financiar, explotar, operar y mantener, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de su inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, de proyectos de generación de energía, ya sea eólica, solar, hidroeléctrica o de otro tipo, en adelante los “proyectos”; y la ejecución y desarrollo de todas las actividades que directa o indirectamente digan relación con tales proyectos.
Para el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá: (i) llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad y condiciones geográficas, meteorológicas, técnicas y económicas de los proyectos; (ii) comprar, vender y comercializar energía eléctrica con clientes libres, clientes regulados, a través de contratos de suministros, licitaciones de suministro públicas o privadas, o de cualquier otra forma; (iii) obtener, transferir, comprar, arrendar, prendar o explotar en cualquier forma las respectivas concesiones y derechos contemplados en la legislación y reglamentación eléctrica; (iv) solicitar permisos, autorizaciones y franquicias para preservar, promover o desarrollar sus actividades; (v) comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir bienes o insumos relacionados con la generación y distribución de energía eléctrica; (vi) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o con terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración que digan relación con el objeto principal; y (vii) en general, realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2673107 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.201 Viernes 18 de Julio de 2025 Página 2 de 2 complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos u otras formas de financiamiento que se estimen necesarios para el desarrollo de sus actividades.
Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar los actos y contratos que se requieran o estimen necesarios, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, constituir sociedades o ingresar a las ya constituidas.
Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una., integra y totalmente suscrito y pagado. Administración: La Sociedad será administrada por un directorio compuesto de tres miembros, que durará un período de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente en sus funciones. Balance y Distribución de Utilidades: Al 31 de diciembre cada año se cerrará el ejercicio y se practicará un balance general del activo y pasivo de la sociedad. La Junta de Accionistas determinará si se repartirán o no dividendos y en caso de aprobarse lo anterior, el porcentaje de las utilidades líquidas a repartir como dividendo. Disolución y Liquidación: La Sociedad se disuelve por las causas que señala la ley para las sociedades anónimas cerradas. La Sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un solo accionista.
Arbitraje: Las dificultades que se susciten entre la Sociedad, el liquidador y/ o los accionistas de la Sociedad sea durante la vigencia de la Sociedad o con motivo de su disolución o liquidación, serán resueltas mediante un árbitro mixto designado por los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad y comuna de Santiago. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 09 de julio de 2025. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2673107 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl