Resolución exenta número CP 15.307, de 2024.- Declara zona de riesgo sanitario sectores que indica de la comuna de Angol, provincia de Malleco
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.942 Miércoles 4 de Septiembre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2539485 MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO A SECTORES QUE INDICA DE LA COMUNA DE ANGOL, PROVINCIA DE MALLECO, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA (Resolución) Núm. CP 15.307 exenta. - Temuco, 11 de agosto de 2024. Visto: Estos Antecedentes: 1.
Artículo 67 del Código Sanitario que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; 2.
Artículo 9 letra b) del Código Sanitario, conforme al cual corresponde en especial a la Autoridad Sanitaria en sus respectivos territorios dictar dentro de las atribuciones conferidas por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento; 3.
Artículo 14 del Código Sanitario que señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal; 4.
Artículo 12 Nº 2 del DFL 1, de 2006, según el cual las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud tendrán las siguientes funciones, de acuerdo con las normas y políticas dictadas por el Ministerio de Salud: Nº 2: Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario-ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 5. Dto. Nº 236, de 1926, Reglamento de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; 6. Informe de Inspección de sistemas de alcantarillado particular en viviendas, Comuna de Angol, Región de La Araucanía, de fecha 10.08.2024; 7. Informe Alfa Nº 95, de fecha 07.08.2024, de doña Katia Guzmán Geissbühler, encargada municipal de emergencias de la comuna de Angol; 8. Informe Alfa Nº 97.1, de fecha 09.08.2024, de doña Katia Guzmán Geissbühler, encargada municipal de emergencias de la comuna de Angol; 9. Instrucciones del Secretario Regional Ministerial de Salud. Considerando: 1.
Que, de acuerdo a documentos de Vistos Nº 6 se informa, en resumen y en lo pertinente, lo siguiente: “Antecedentes: C Con fecha 09.08.2024 se reciben Alfa Nº 95 de fecha del 07.08.2024 y Alfa Nº 97.1 de fecha 09.08.2024, emitido por la Municipalidad de Angol, el cual solicita evaluación de riesgo sanitario por colapso de fosas sépticas en sectores rurales: San Luis (6 viviendas); Santa Elena Escuela (18 viviendas); Santa Elena Sur (31 viviendas), El Álamo y El Parque (40 familias), con un total de 243 personas afectadas que forman parte de 99 familias. Funcionario de esta Seremi de Salud de La Araucanía, Diego Oporto Lara, realiza visita para inspección de viviendas, con fecha 10.08.2024, en conjunto con D.
Roberto Bravo, funcionario de Recursos Hídricos de la comuna, quien nos indica el catastro aproximado de viviendas afectadas según el siguiente detalle: Sector San Luis 4 viviendas; Sector El Parque 30 viviendas; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2539485 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.942 Miércoles 4 de Septiembre de 2024 Página 2 de 3 Sector Santa Elena Sur 51 viviendas; Sector Santa Elena Escuela 18 viviendas; y Sector El Álamo 7 viviendas. Se visita a los sectores señalados y se ha verificado en el terreno la situación reportada.
Los vecinos del área indican que el último sistema frontal y las intensas lluvias han causado desbordamientos en canales, esteros y ríos cercanos, lo que ha llevado a la inundación de viviendas en varios sectores rurales de la comuna de Angol. Además, se ha constatado que los terrenos están parcialmente saturados de agua. Aunque, en general, las fosas sépticas observadas no presentan desbordamientos, los vecinos informan que varias han experimentado rebalses y deterioro estructural.
La inundación provocada por el mal tiempo ha afectado el funcionamiento de estas fosas sépticas, como se ha evidenciado en el terreno, debido a la falta de limpieza y mantenimiento adecuado, se constatan fosas tapadas y en mal estado. De acuerdo a lo recopilado en terreno y constatado, la problemática evidenciadaactualmente está generando un riesgo sanitario para los habitantes damnificados. Se observa afectación de viviendas producto de colapso de sistemaparticular de alcantarillado saturado, rebalses por artefactos sanitarios (WC - tina/ducha - lavaderos), generando focos de insalubridad y atracción de vectores sanitarios.
De acuerdo a lo evaluado en terreno se propone gestionar resolución de riesgo sanitario, para que municipio pueda gestionar recursos en la implementación de un programa de limpieza, mantención y/o reparación de los sistemas de alcantarillado particular, medida de mitigación a la problemática sanitaria. Solicitar al municipio realizar un catastro actualizado de las viviendas afectadas.”. 2.
Que, Informe de Vistos Nº7, indica, en lo pertinente, lo siguiente: “Como consecuencia del sistema frontal se ha tomado conocimiento, a través de vecinos, de la saturación de 5 fosas sépticas en el sector San Luis, afectando al menos 6 viviendas. Indican además que también habría contaminación de los pozos desde donde se abastecen de agua para consumo humano. El total de personas afectadas serían 15. Las casas afectadas serían las casas 67,68, 69,70, 71 y 72.”. 3.
Que, Informe de Vistos Nº 8, indica, en lo pertinente, lo siguiente: “El sistema frontal que sufrió nuestra comuna, saturó con aguas lluvia los suelos de diversos sectores, inundándolos, generando esto rebalse de las fosas sépticas en las viviendas.
Se informa que 30 viviendas de los sectores Comunidad Juan Marín Rayín, 18 viviendas de Santa Elena Escuela y 41 viviendas del Sector Sur de Santa Elena y 69 familias de sectores El Álamo y El Parque, estarían con saturación de fosas sépticas con un total de 474 personas afectadas que forman parte de 158 familias.”. 4.
Que, es un deber legal de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes. 5. Que, se deben adoptar medidas inmediatas de mitigación que permitan abordar la grave situación sanitaria que afecta a los distintos sectores, ya individualizados, de la comuna de Angol. 6.
Que, producto de lo antes expuesto resulta necesario declarar zona de riesgo sanitario a dichos sectores, a fin de que su municipio gestione los recursos necesarios para implementar medidas inmediatas de mitigación y de esta forma asegurar que no se vea afectada la salud de la población.
Teniendo presente: 1. - DFL Nº 1, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763/79 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.2. - DS 136/2005 que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud. 3.- Decreto afecto Nº 32, de fecha 18.03.2022, del Ministerio de Salud, que designa a don Ricardo Andrés Cuyul Sotoen el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía. 4.- DFL Nº 725/67, Código Sanitario. 5.- Resolución 7/2019 de la Contraloría General de la República; dicto la siguiente: Resolución: Primero: Declárese Zona de Riesgo Sanitario a los siguientes sectores: Sector San Luis; de la Comunidad Juan Marín Rayín, Sector Santa Elena Escuela; Sector Sur de Santa Elena; Sector El Álamo y Sector El Parque, todos ellospertenecientes a la Comuna de Angol, debido a las intensas lluvias y vientos que afectaron recientemente a dicha comuna, en virtud de lo expuesto en Vistos y Considerando, de la presente resolución. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2539485 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.942 Miércoles 4 de Septiembre de 2024 Página 3 de 3 Segundo: Déjese establecido que la Municipalidad de Angol deberá implementar todas las medidas sanitarias de mitigación conducentes a asegurar que la salud de las personas que habitan los sectores urbanos y rurales ya referidos de dicha comuna, no se vea afectada por riesgos sanitarios provocados por las fuertes precipitaciones y vientos de los recientes días, según se ha expuesto. Tercero: Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Cuarto: Téngase presente que esta resolución entrará en vigencia sin esperar su publicación en el Diario Oficial, en razón de la urgencia requerida para adoptar las medidas necesarias a fin de hacer frente a las diversas situaciones de emergencia acaecidas en la Comuna de Angol. Anótese, comuníquese y notifíquese. -Ricardo Andrés Cuyul Soto, Secretario Regional Ministerial de Salud Región de La Araucanía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2539485 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl