Decreto exento número 393, de 2024.- Amplía Listado de Peritos de las regiones que indican
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.005 Viernes 22 de Noviembre de 2024 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2572504 MINISTERIO DE HACIENDA AMPLÍA LISTADO DE PERITOS DE LAS REGIONES QUE INDICAN Núm. 393 exento. - Santiago, 12 de noviembre de 2024.
Vistos: El inciso 2 del artículo 4 del decreto ley N 2.186, de 1978, modificado por el artículo único de la ley N 18.932 ; los decretos supremos Ns. 540 y 692, de 1978, del Ministerio de Hacienda, y decretos posteriores del mismo origen, sobre Lista de Peritos; el decreto supremo N 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo 9 de la ley N 19.880, que Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo N 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el oficio ordinario N 931, de 2 de octubre de 2024, de la Delegación Presidencial Regional de la Región del Biobío; el oficio ordinario N 2413, de 23 de octubre de 2024, de la Delegación Presidencial Regional de la Región de la Araucanía; y, la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando: Que, la Delegaciones Presidenciales Regionales de la Región del Biobío y La Araucanía, han propuesto los profesionales de la especialidad que se individualizan en el presente acto administrativo, con el objetivo de ampliar el listado de peritos, de entre los cuales las entidades expropiantes designarán a los miembros de la Comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un proceso expropiatorio, de conformidad al artículo 4 del decreto ley N 2.186, de 1978.
Decreto: Amplíase en los siguientes profesionales, la lista de peritos de las regiones que se indican, de entre los cuales la entidad expropiante designará a los miembros de la Comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un proceso expropiatorio, de conformidad al artículo 4 del decreto ley N 2.186, de 1978: Regiones del Biobío y La Araucanía Ingenieros Agrónomos: - Álvaro Rafael Díaz Galleguillos. - Pedro Antonio Elgueta Cornejo. - Fernanda Belén Suazo Ceballos. - Valentina Maritza Bassaletti Ugarte. - Francisco Andrés González Vivallo. - Jorge Antonio Schwember Espejo. Anótese, publíquese y archívese. - Por orden del Presidente de la República, Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2572504 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl