SERVICIOS MÉDICOS HERRERA Y PÉREZ LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.875 Jueves 13 de Junio de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2505259 EXTRACTO ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de esta ciudad, con domicilio en este oficio calle Huanhualí número doscientos noventa y dos de la ciudad y comuna de La Serena, certifica que por escritura pública Repertorio N 1.355-2024 de fecha 05 de Junio del año 2024 ante mí don ADOLFO ALEJANDRO HERRERA JOFRÉ, chileno, soltero, médico cirujano, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ochocientos ochenta y siete mil setecientos treinta y dos guión tres; y doña VICTORIA ANDREA PÉREZ CORREA, chilena, soltera, nutricionista, cédula nacional de identidad número diecisiete millones doscientos sesenta y cinco mil seiscientos veintinueve guión tres, ambos domiciliados en calle Roberto González Calderón número mil setecientos cuarenta y uno, comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón Social. “SERVICIOS MÉDICOS HERRERA Y PÉREZ LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de “HYP SERVICIOS MÉDICOS LIMITADA” para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco. Objeto. El objeto de la sociedad será: Uno. La prestación de todo tipo de servicios puramente profesionales, y asesorías en materias relacionadas con el diagnóstico, tratamiento e investigación en el campo de la Medicina y la Nutrición. Dos. La prestación de servicios médicos y nutricionales de forma presencial, telemedicina y a domicilio; Tres. La realización e informe de exámenes médicos y nutricionales; Cuatro. La realización e informe de procedimientos médicos quirúrgicos y no quirúrgicos; Cinco. La prestación de servicios médicos y nutricionales a instituciones de salud públicas y privadas; Seis. La docencia, capacitación y asesorías técnicas sobre temas médicos y nutricionales a instituciones públicas y privadas. Siete. Cualquier otra actividad, vinculada con la anterior y que los socios acordaren en el futuro; Ocho. Para el cumplimiento de los fines enumerados anteriormente, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con profesionales similares. Capital.
El capital social será de tres millones de pesos que son aportados y pagados de la siguiente forma: a) Don Adolfo Alejandro Herrera Jofré, aporta la cantidad de un millón ochocientos mil pesos, los que son pagados de contado e ingresados en caja social; y b) Doña Victoria Andrea Pérez Correa, aporta la cantidad de un millón doscientos mil pesos, los que son pagados de contado e ingresados en caja social.
En consecuencia, los porcentajes de participación social son los siguientes: Don Adolfo Alejandro Herrera Jofré es dueño del sesenta por ciento del haber social y doña Victoria Andrea Pérez Correa es dueña del cuarenta por ciento del haber social. Administración, representación y uso de la razón social: Don Adolfo Alejandro Herrera Jofré. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo, Chile, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pueda establecer en cualquier lugar del país o el extranjero.
Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable por periodos iguales y sucesivos, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del periodo original o al vencimiento de la renovación. La Serena, 11 de Junio del año 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2505259 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl