MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.420 1 Jueves 9 de Abril de 2026 1 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2790013 MI1ilSTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE SUPERINTENDENTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y DEJA SIN EFECTO DECRETOS QUE INDICA Núm. 221 exento. Santiago, 26 de marzo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, en especial sus artículos 33 y 35; en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1-19.653. de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública: en la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; en la ley N 21.091, sobre Educación Superior: en la ley N 19.882, que regula la nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley N 29. de 2004. del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834. sobre Estatuto Administrativo; en el decreto N 19. de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar “Por orden del Presidente de la República” y sus modificaciones; en el decreto con fuerza de ley N 2, de 2019. del Ministerio de Educación, que fija la Planta de Personal de la Superintendencia de Educación Superior y regula otras materias a que se refiere el artículo décimo primero transitorio de la Ley N 21.091 ; y en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: 1 Que, el artículo 18 de la ley N 21.091. sobre Educación Superior, creó la Superintendencia de Educación Superior, como un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionará con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Educación.
A su turno, el referido artículo, en su inciso segundo. dispone que la Superintendencia de Educación Superior estará afecta al Sistema de Alta Dirección Pública establecido en eL título VI de la ley N 19.. 882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos, y, por su parte, el artículo décimo transitorio del mismo cuerpo normativo, establece que la designación del Superintendente de Educación Superior es de aquellas afectas al Sistema de Alta Dirección Pública. 2 Que, el artículo 24 de la precitada Ley N 21.091, dispone que “El Superintendente de Educación Superior, quien será el Jefe de Servicio, será nombrado por el Presidente de la República de conformidad a lo establecido en la Ley N 19.882 ”. 3 Que, en otro orden de ideas, el artículo 7 del decreto con fuerza de ley N 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece que los jefes superiores de los servicios son cargos de la exclusiva confianza del Presidente de la República o de la autoridad facultada para efectuar el nombramiento. 4 Que, por su parte, el artículo 79 del Estatuto Administrativo dispone que la subrogación de un cargo procederá cuando no sea desempeñado efectivamente por el titular o suplente. CVE 2790013 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.420 Jueves 9 de Abril de 2026 Página 2 de 2 5 Que, a su vez, el artículo 80 del mismo Estatuto dispone que en los casos de subrogación asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico, que reúna los requisitos para el desempeño del cargo. 6 Que, por su parte, el artículo quincuagésimo noveno, inciso segundo, de la ley N 19.882, dispone que “No obstante lo establecido en el artículo 80 del referido decreto con fuerza de ley, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento de los jefes superiores de servicios afectos al Sistema de Alta Dirección Pública podrá determinar para ellos, otro orden de subrogación para lo cual sólo podrá considerar funcionarios que sirvan cargos de segundo nivel jerárquico, nombrados conforme al Sistema de Alta Dirección Pública, cuando existan en el servicio respectivo.”. 7 Que, el artículo 1 numeral 22 del decreto N 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en cuanto a las Delegaciones de Carácter General, delegó en los Ministros de Estado la facultad de suscribir bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”, los decretos relativos al establecimiento o modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza, con la sola excepción de los Ministros de Estado. 8 Que, en dicho contexto, resulta necesario fijar mediante el presente acto administrativo el orden de subrogación del referido cargo de Superintendente de Educación Superior, el que corresponde a la Planta de Directivos, grado 1 de la Escala Fiscalizadora de Remuneraciones de la Planta Directiva, de Primer Nivel Jerárquico de Alta Dirección Pública, Jefe Superior de Servicio de la Superintendencia de Educación Superior, dentro de aquellos directivos de la misma Superintendencia cuyos cargos se encuentran afectos al sistema de alta dirección pública.
Decreto: Artículo primero: Establécese el siguiente orden de subrogación para los casos de ausencia o impedimento temporal del Siipcrintendentc de Educación Superior, grado 1 de la Escala Fiscalizadora de Remuneraciones de la Planta Directiva, de Primer Nivel Jerárquico de Alta Dirección Pública.
Jefe Superior de Servicio de la Superintendencia de Educación Superior, la que será ejercida por las jefaturas que se indican a continuación, y en el orden de precedencia que se determina: Primer orden de subrogación: Daniela Andrea Poblete Canepa. cédula nacional de identidad: 15.331. 733-K. Jefa de División de Supervisión, de la Planta de Directivos, grado 2, de la escala de sueldos del DL 3.551 de 1980. Segundo orden de subrogación: Daniella Geraldine Maureira Arrizaga. cédula nacional de identidad: 15.864.252-2. Fiscal, de la Planta de Directivos, grado 2. de la escala de sueldos del DL 3.551 de 1980.
Tercer orden de subrogación: Karla Andrea Escobar Parada, cédula nacional de identidad: 15.491.478-1, Jefa de la División de Atención Ciudadana, de la Planta de Directivos, grado 2, de la escala de sueldos del DL 3.551 de 1980.
Artículo segundo: Establézcase que. por razones impostergables de buen servicio, el orden de subrogancia establecido en el artículo primero del presente decreto se hará efectivo en forma inmediata, sin esperar la total tramitación de este decreto. Artículo tercero: Déjese sin efecto el decreto exento 373 de 2022 de este origen, y cualquier otro que hubiera establecido o modificado con anterioridad el orden de subrogación para el mismo cargo. Anótese, regístrese y publíquese. Por orden del Presidente de la República, Maria Paz Arzola González, Ministra de Educación. Lo que transcribo para su conocimiento. Saluda atentamente a Ud., Fernanda Valdés Raczynski, Subsecretaria de Educación Superior. CVE 2790013 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.420 1 Jueves 9 de Abril de 2026 1 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2790013 MI1ilSTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE SUPERINTENDENTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y DEJA SIN EFECTO DECRETOS QUE INDICA Núm. 221 exento. Santiago, 26 de marzo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, en especial sus artículos 33 y 35; en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1-19.653. de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública: en la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado; en la ley N 21.091, sobre Educación Superior: en la ley N 19.882, que regula la nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley N 29. de 2004. del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834. sobre Estatuto Administrativo; en el decreto N 19. de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar “Por orden del Presidente de la República” y sus modificaciones; en el decreto con fuerza de ley N 2, de 2019. del Ministerio de Educación, que fija la Planta de Personal de la Superintendencia de Educación Superior y regula otras materias a que se refiere el artículo décimo primero transitorio de la Ley N 21.091 ; y en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: 1 Que, el artículo 18 de la ley N 21.091. sobre Educación Superior, creó la Superintendencia de Educación Superior, como un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionará con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Educación.
A su turno, el referido artículo, en su inciso segundo. dispone que la Superintendencia de Educación Superior estará afecta al Sistema de Alta Dirección Pública establecido en eL título VI de la ley N 19.. 882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos, y, por su parte, el artículo décimo transitorio del mismo cuerpo normativo, establece que la designación del Superintendente de Educación Superior es de aquellas afectas al Sistema de Alta Dirección Pública. 2 Que, el artículo 24 de la precitada Ley N 21.091, dispone que “El Superintendente de Educación Superior, quien será el Jefe de Servicio, será nombrado por el Presidente de la República de conformidad a lo establecido en la Ley N 19.882 ”. 3 Que, en otro orden de ideas, el artículo 7 del decreto con fuerza de ley N 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo, establece que los jefes superiores de los servicios son cargos de la exclusiva confianza del Presidente de la República o de la autoridad facultada para efectuar el nombramiento. 4 Que, por su parte, el artículo 79 del Estatuto Administrativo dispone que la subrogación de un cargo procederá cuando no sea desempeñado efectivamente por el titular o suplente. CVE 2790013 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.420 Jueves 9 de Abril de 2026 Página 2 de 2 5 Que, a su vez, el artículo 80 del mismo Estatuto dispone que en los casos de subrogación asumirá las respectivas funciones, por el solo ministerio de la ley, el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico, que reúna los requisitos para el desempeño del cargo. 6 Que, por su parte, el artículo quincuagésimo noveno, inciso segundo, de la ley N 19.882, dispone que “No obstante lo establecido en el artículo 80 del referido decreto con fuerza de ley, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento de los jefes superiores de servicios afectos al Sistema de Alta Dirección Pública podrá determinar para ellos, otro orden de subrogación para lo cual sólo podrá considerar funcionarios que sirvan cargos de segundo nivel jerárquico, nombrados conforme al Sistema de Alta Dirección Pública, cuando existan en el servicio respectivo.”. 7 Que, el artículo 1 numeral 22 del decreto N 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en cuanto a las Delegaciones de Carácter General, delegó en los Ministros de Estado la facultad de suscribir bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”, los decretos relativos al establecimiento o modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza, con la sola excepción de los Ministros de Estado. 8 Que, en dicho contexto, resulta necesario fijar mediante el presente acto administrativo el orden de subrogación del referido cargo de Superintendente de Educación Superior, el que corresponde a la Planta de Directivos, grado 1 de la Escala Fiscalizadora de Remuneraciones de la Planta Directiva, de Primer Nivel Jerárquico de Alta Dirección Pública, Jefe Superior de Servicio de la Superintendencia de Educación Superior, dentro de aquellos directivos de la misma Superintendencia cuyos cargos se encuentran afectos al sistema de alta dirección pública.
Decreto: Artículo primero: Establécese el siguiente orden de subrogación para los casos de ausencia o impedimento temporal del Siipcrintendentc de Educación Superior, grado 1 de la Escala Fiscalizadora de Remuneraciones de la Planta Directiva, de Primer Nivel Jerárquico de Alta Dirección Pública.
Jefe Superior de Servicio de la Superintendencia de Educación Superior, la que será ejercida por las jefaturas que se indican a continuación, y en el orden de precedencia que se determina: Primer orden de subrogación: Daniela Andrea Poblete Canepa. cédula nacional de identidad: 15.331. 733-K. Jefa de División de Supervisión, de la Planta de Directivos, grado 2, de la escala de sueldos del DL 3.551 de 1980. Segundo orden de subrogación: Daniella Geraldine Maureira Arrizaga. cédula nacional de identidad: 15.864.252-2. Fiscal, de la Planta de Directivos, grado 2. de la escala de sueldos del DL 3.551 de 1980.
Tercer orden de subrogación: Karla Andrea Escobar Parada, cédula nacional de identidad: 15.491.478-1, Jefa de la División de Atención Ciudadana, de la Planta de Directivos, grado 2, de la escala de sueldos del DL 3.551 de 1980.
Artículo segundo: Establézcase que. por razones impostergables de buen servicio, el orden de subrogancia establecido en el artículo primero del presente decreto se hará efectivo en forma inmediata, sin esperar la total tramitación de este decreto. Artículo tercero: Déjese sin efecto el decreto exento 373 de 2022 de este origen, y cualquier otro que hubiera establecido o modificado con anterioridad el orden de subrogación para el mismo cargo. Anótese, regístrese y publíquese. Por orden del Presidente de la República, Maria Paz Arzola González, Ministra de Educación. Lo que transcribo para su conocimiento. Saluda atentamente a Ud., Fernanda Valdés Raczynski, Subsecretaria de Educación Superior. CVE 2790013 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl.