Autor: C. S. J.
Suprema confirma multa por $2.400 mills. a firma de Disney por omitir información
, manifestó no poseer documentos que se encontraban en su poder durante la investigación de la FNE. Sanción del TDLC por fusión de TWDC con 21st Century Fox (Fox): Experto explicó que en este caso se apunta a la reticencia de Disney a cooperar en el procedimiento de investigación.
Suprema confirma multa por $2.400 mills. a firma de Disney por omitir información La Corte Suprema ratificó la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de febrero de 2024 contra TWDC Enterprises 18 Corp., sociedad perteneciente al Grupo Disney, por la entrega de información falsa al notificar su operación de concentración con 21 Century Fox (Fox) durante el año 2018. A su vez, el máximo tribunal mantuvo la multa por 3.000 Unidades Tributarias Anuales, unos $2.400 millones. La Suprema confirmó la decisión del TDLC de acoger la acusación de la FNE. Sostuvo que Disney infringió la ley de libre competencia al haber omitido información cuando notificó su fusión con Fox. Entonces, según indicó esa fiscalía, la empresa dijo no contar con ciertos antecedentes exigidos por la ley y por el reglamento.
Pero luego señaló que poseía tan solo dos de dichos documentos, en circunstancias de que contaba con al menos 29 antecedentes adicionales no acompañados en la instancia pertinente, todo lo cual fue acreditado por la FNE, señaló el ente persecutor en un comunicado.
Al respecto, la Suprema resolvió que “al momento de responder a las solicitudes de información de FNE y de requerir la PFA exención de presentar documentación, TWDC manifestó no poseer documentos que se encontraban en su poder, entorpeciendo la labor investigativa y de análisis que debe llevar a cabo la Fiscalía Nacional Económica”. Agregó que el fallo del TDLC “se pronuncia al tenor de los hechos efectivamente denunciados sobre el mérito de la prueba allegada en autos”. Consultado el grupo Disney por el dictamen, no respondió.
Patricio Cavieres, profesor de Mercados Regulados de la Universidad Gabriela Mistral, manifestó que “este fallo la principal señal que da al mercado es que para que procedan sanciones no es necesario incurrir en una conducta que produzca un efecto negativo o que atente concretamente contra la libre competencia. De hecho, hasta ahora, en este caso no se han observado efectos anticompetitivos derivados de esta operación de concentración mediante la cual Disney adquirió 21 Century Fox. Sin embargo, en nuestra legislación existe un régimen preventivo de evaluación de operaciones de concentración que funciona de manera transparente y en colaboración con el agente económico que pretende realizar esta operación.
De partida, esta compañía debe notificar que quiere realizarla, acompañando distintos antecedentes que le permitan a la FNE evaluar los eventuales riegos que esta operación podría provocar para la libre competencia”. Así, dijo que este fallo es una clara advertencia de que no entregar información fidedigna al ente fiscalizador es igual de relevante que cometer prácticas anticompetitivas.
Agregó que este caso es diferente a los últimos dos resueltos, porque la sancionada no ha incurrido, por ahora, en una práctica comercial que pueda constituir un ilícito anticompetitivo que distorsione concretamente el mercado, como sí ocurrió en los casos de abuso de posición dominante del CDF y del acuerdo de repartición de mercados entre la matriz de PedidosYa, Delivery Hero, y Glovo.
A c á l a i n f r a c c i ó n, a ñ a d i ó, “apunta a la reticencia de Disney a cooperar en el procedimiento de investigación”. La visión experta.