Se juega última carta contra SQM
Batalla por el litio Sergio Sáez Fuentes 124 de septiembre debían realizarse los alegatos del recurso de protección en el que Tiangi solicita a la justicia declarar ilegal el pacto entre Codelco y SQM para la administración de pertenencias de litio. La firma, que posee el 22% de SQM, jugó una última carta con el fin de demostrar que el acuerdo constituye una enajenación y, por ende, debió realizarse una junta de accionistas.
El abogado de la firma china, Tomás Pérez Lasserre, solicitó la suspensión de los alegatos y luego expresó que, en paralelo a esta causa que es conocida por la Corte de Apelaciones de Santiago, el tribunal de alzada de Antofagasta está conociendo un recurso de protección de la Comunidad Atacameña de Coyo, donde se reclama que en el pacto entre Codelco y SQM no se llevó a cabo un proceso de consulta indígena. Coyo es precisamente la comunidad que derribó en la Corte Suprema en junio de 2022 el proceso de concesión de operación desarrollado por la administración Piñera.
El socio de Bofill Mir Abogados, que representa a Tianqi, pidió a la corte que se considere este juicio antes de emitir una decisión. "Lo que se decida en dicho proceso tendrá consecuencias sobre la asociación y, por consiguiente, en la discusión de este procedimiento”, dijo el abogado, quien agregó: "Lo que se cuestiona es la forma en que se efectuó la asociación, puesto que, para la comunidad, se debió haber realizado una consulta indígena previa a su suscripción, lo cual no ocurrió". Tianqi expone que en el recurso Coyo, Codelco, la empresa estatal, afirma que "la asociación implicará que SQM aportará su infraestructura para extraer y procesar el litio sin necesidad de un desembolso para Codelco”. A juicio de Pérez Lasserre, "los extractos citados de la presentación de Codelco son elocuentes: la asociación es mucho más que una simple fusión, pues comprende una enajenación completa del negocio del litio que ejecuta actualmente SQM", Además, ayer Tiangi expresó a la corte que en el inicio del estudio de operación de concentración realizado por la Fiscalía Nacional Económica (ENE), se establece la presencia de una operación del tipo joint venture que necesitaria una junta de accionista: