MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2023
MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2023 10 MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2023 ECONÓMICOS CLASIFICADOS 1611 Judiciales mas seis boletas de honorarios emitidas, en su caso, y demás antecedentes que sirvan para determinar su patrimonio y capacidad económica.
En el evento de no contar con tales documentos, deberá acompañar o extender una declaración jurada en la citada audiencia preparatoria acerca de su patrimonio y capacidad económica, bajo apercibimiento de arresto o multa según lo dispone el artículo 5 de la Ley N 14.908.
Se apercibe al demandado, de conformidad al artículo 23 inciso final de la Ley 19.968, a informar al tribunal forma expedita de notificación (correo electrónico) para futuras notificaciones, el que debe ser informado a través de oficina judicial virtual con su clave única a que puede acceder desde la página web de este tribunal (https://www. 4juzgadofamilia santiago. cl/ modulo 'trámite fácil OJV' o 'atención de público'). En todo caso, el demandado deberá comparecer patrocinado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y representado por persona legalmente habilitada para actuar en juicio. De no contar con medios suficientes, deberá concurrir a la Corporación de Asistencia Judicial de su comuna; Clínica Jurídica de la Universidad Central u otro servicio de asistencia legal gratuito.
Se hace presente que conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley N 19.968, en el evento que el demandado conteste y/o demande reconvencionalmente, deberá hacerlo por escrito con al menos cinco días de anticipación a la fecha de la audiencia decretada.
En el caso que la demanda reconvencional corresponda a materias mediables, deberá acompañar certificado del procedimiento de mediación frustrado en virtud a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N 19.968, bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda.
El abogado patrocinante, en cumplimiento de la carga legal de las partes de actualizar la forma de notificación electrónica que se ha ofrecido al tribunal, aun en la etapa de cumplimiento y previo a renunciar al patrocinio, deberá informar al tribunal una forma de notificación electrónica válida respecto de su representado, bajo apercibimiento de multa a beneficio fiscal de 3 a 15 unidades tributarias mensuales si incumpliere esta obligación. Santiago, dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés. CUARTO JUZGADO DE FAMILIA DE Santiago, domiciliado en calle General Mackenna N 1477, piso 6, Santiago, se ha ordenado en causa C-912-2023, caratulados 'Bustos/ Molina', la notificación al demandado don Emanuel Ricardo Molina Díaz, R.U.N. N 17.072.213-2, de la demanda de Alimentos interpuesta en su contra con fecha 30 de enero del presente año, por doña Maite Hildegar Bustos Cáceres, R.U.N.
N 19.171.860-7, en la que solicita se fijen alimentos en favor de los hijos en común Emiliano Valentino y Amaro Alejandro, ambos de apellidos Molina Bustos, en una suma no inferior a $ 300.000. (trescientos mil pesos mensuales), equivalentes a 4,84 U.T.M. al mes, por falta de aporte del demandado, demanda que interpuesta se confiere traslado, fijándose audiencia preparatoria para el día 2 de enero de 2024, a las 11:00 horas, la que se realizará por la plataforma Zoom, por videollamada, debiendo las partes ingresar a la página www. 4juzgadofamilia santiago. cl, con las partes que asistan, afectándole a los que no concurran todo lo que en ella se resuelva, sin necesidad de nueva notificación.
Se fijaron alimentos provisorios en favor de Emiliano Valentino y Amaro Alejandro, ambos de apellidos Molina Bustos, la suma del 60% de Un Ingreso Mínimo Remuneracional, equivalente a 4,18 UTM, ascendente actualmente a la suma de $ 264.000. -, suma que el alimentante deberá pagar dentro de los 5 primeros días de cada mes en cuenta de ahorro a la vista N 36162141412 del BancoEstado, abierta a nombre de la demandante.
El demandado deberá informar al tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido, bajo apercibimiento de multa de 1 a 15 unidades tributarias mensuales a beneficio fiscal en caso de incumplimiento.
El demandado deberá acompañar las liquidaciones de sueldo, copia de la declaración de impuesto a la renta del año precedente y de las últimas seis boletas de honorarios emitidas, en su caso, y demás antecedentes que sirvan para determinar su patrimonio y capacidad económica.
En el evento de no contar con tales documentos, deberá acompañar o extender una declaración jurada en la citada audiencia preparatoria acerca de su patrimonio y capacidad económica, bajo apercibimiento de arresto o multa según lo dispone el artículo 5 de la Ley N 14.908.
Se apercibe al demandado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23 inciso final de la Ley 19.968, a informar al tribunal forma expedita de notificación (correo electrónico) para futuras notificaciones, el que debe ser informado a través de oficina judicial virtual con su clave única a que puede acceder desde la página web de este tribunal (https://www. 4juzgado familiasantiago. cl/modulo 'trámite fácil OJV' o 'atención de público'). En todo caso, el demandado deberá comparecer patrocinado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y representado por persona legalmente habilitada para actuar en juicio. De no contar con medios suficientes, deberá concurrir a la Corporación de Asistencia Judicial de su comuna; Clínica Jurídica de la Universidad Central u otro servicio de asistencia legal gratuito.
Se hace presente que conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley N 19.968, en el evento que el demandado conteste y/o demande reconvencionalmente, deberá hacerlo por escrito con al menos cinco días de anticipación a la fecha de la audiencia decretada.
En el caso que la demanda reconvencional corresponda a materias mediables, deberá acompañar certificado del procedimiento de mediación frustrado en virtud a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N 19.968, bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda.
El abogado patrocinante, en cumplimiento de la carga legal de las partes de actualizar la forma de notificación electrónica que se ha ofrecido al tribunal, aun en la etapa de cumplimiento y previo a renunciar al patrocinio, deberá informar al tribunal una forma de notificación electrónica válida respecto de su representado, bajo apercibimiento de multa a beneficio fiscal de 3 a 15 unidades tributarias mensuales si incumpliere esta obligación. Santiago, catorce de noviembre de dos mil veintitrés. CUARTO JUZGADO DE FAMILIA DE Santiago, domiciliado en calle General Mackenna N 1477, piso 6, Santiago, se ha ordenado en causa C-4839-2022, caratulados 'Pinillos/Saavedra', la notificación al demandado don Adan Noe Saavedra Rios, R.U.N. N 22.981.065-0, de la demanda de Alimentos interpuesta en su contra con fecha 7 de julio del año 2022 por doña Cintya Gladys Pinillos Castañeda, R.U.N.
N 22.507.298-1, en la que solicita se fijen alimentos en favor de sus hijos Adán Leonel, Máximo Aharón y Estefano Ismael, todos de apellidos Saavedra Pinillos, una suma no menor a 6 UTM, equivalentes actualmente a $ 381.090. pesos mensuales, por falta de aporte del demandado, demanda que interpuesta se confiere traslado, fijándose audiencia preparatoria para el día 21 de diciembre de 2023, a las 11:00 horas, la que se realizará por la plataforma Zoom, por videollamada, debiendo las partes ingresar a la página www.4juzgadofamiliasantiago.cl, con las partes que asistan, afectándole a los que no concurran todo lo que en ella se resuelva, sin necesidad de nueva notificación.
Se fijaron alimentos provisorios en favor de sus hijos Adán Leonel, Máximo Aharón y Estefano Ismael, todos de apellidos Saavedra Pinillos, la suma equivalente al 80% de Un Ingreso Mínimo Remuneracional, equivalente a 5,79 UTM, ascendente actualmente a la suma de $ 368.000. -, suma que el alimentante deberá pagar dentro de los 5 primeros días de cada mes en cuenta de ahorro a la vista que la demandante abrirá ante el Bancoestado.
El demandado deberá informar al tribunal todo cambio de domicilio, de empleador y de lugar en que labore o preste servicios, dentro de treinta días contados desde que el cambio se haya producido, bajo apercibimiento de multa de 1 a 15 unidades tributarias mensuales a beneficio fiscal en caso de incumplimiento.
El demandado deberá acompañar las liquidaciones de sueldo, copia de la declaración de impuesto a la renta del año precedente y de las últimas seis boletas de honorarios emitidas, en su caso, y demás antecedentes que sirvan para determinar su patrimonio y capacidad económica.
En el evento de no contar con tales documentos, deberá acompañar o extender una declaración jurada en la citada audiencia preparatoria acerca de su patrimonio y capacidad económica, bajo apercibimiento de arresto o multa según lo dispone el artículo 5 de la Ley N 14.908.
Se apercibe al demandado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23 inciso final de la Ley 19.968, a informar al tribunal forma expedita de notificación (correo electrónico) para futuras notificaciones, el que debe ser informado a través de oficina judicial virtual con su clave única a que puede acceder desde la página web de este tribunal (https://www. 4juzgado familiasantiago. cl/ modulo 'tramite fácil OJV' o 'atención de público'). En todo caso, el demandado deberá comparecer patrocinado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y representado por persona legalmente habilitada para actuar en juicio. De no contar con medios suficientes, deberá concurrir a la Corporación de Asistencia Judicial de su comuna; Clínica Jurídica de la Universidad Central u otro servicio de asistencia legal gratuito.
Se hace presente que conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley N 19.968, en el evento que el demandado conteste y/o demande reconvencionalmente, deberá hacerlo por escrito con al menos cinco días de anticipación a la fecha de la audiencia decretada.
En el caso que la demanda reconvencional corresponda a materias mediables, deberá acompañar certificado del procedimiento de mediación frustrado en virtud a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N 19.968, bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda.
El abogado patrocinante, en cumplimiento de la carga legal de las partes de actualizar la forma de notificación electrónica que se ha ofrecido al tribunal, aun en la etapa de cumplimiento y previo a renunciar al patrocinio, deberá informar al tribunal una forma de notificación electrónica válida respecto de su representado, bajo apercibimiento de multa a beneficio fiscal de 3 a 15 unidades tributarias mensuales si incumpliere esta obligación. Santiago, siete de noviembre de dos mil veintitrés.
Paul Cañoles Marchant, Administrativo JefeMinistro de fe Unidad Atención de Público Cuarto Juzgado de Familia de Santiago. 5 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO, en causa rol V-142-2022, con fecha 20 de noviembre de 2023, se ha fijado la audiencia de ampliación de inventario solemne a realizarse el día 05 de diciembre de 2023, a las 9:00 horas, en la secretaria del Tribunal. 1611 Judiciales ANTE EL 5 JUZGADO CIVIL DE SANtiago, en causa Rol V-281-2022, caratulada 'Puentes/', sobre Interdicción por Demencia y Nombramiento de Curador, mediante sentencia de fecha 08 de septiembre de 2023, se declara: I. Que don Fabián Alexander Dumulef Puentes, cédula de identidad N 20.763.066-7, domiciliado en México 241, Los presidentes de Chile, comuna de Cerrillos, Región Metropolitana, no tiene la libre administración de sus bienes.
II.Que se designa a doña Maribel Puentes Castro, cédula de identidad N 13.466.275-1, domiciliada en México 241, Los presidentes de Chile, comuna de Cerrillos, Región Metropolitana; como su curadora general, legítima y definitiva, relevándose de las obligaciones de confeccionar inventario solemne, de rendir fianza y de reducir a escritura pública, sirviendo copia autorizada de esta sentencia, una vez aceptado el cargo, de suficiente título de discernimiento.
Secretaria del Tribunal. 7 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO, causa Rol V-95-2021 por sentencia definitiva de 22 de julio de 2021, se concede la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento se concede, con beneficio de inventario, la posesión efectiva de la herencia testada y parte intestada quedada al fallecimiento de don Sebastián Humberto Contreras Saavedra, Run N 2.359.844 -2, casado, empleado, quien falleció en esta ciudad, siendo su último domicilio calle Catalina N 4194, Comuna de Conchalí, el día 9 de julio de 2019 y cuya defunción se inscribió en la Circunscripción del Servicio de Registro Civil de Independencia con el N 558, Registro S3, del año 2019 y bajo el imperio de su testamento otorgado el 18 de octubre de 2002, ante la Notario Público Titular de la 35 a Notaría de Santiago, doña Elena Torres Seguel, anotado en el Repertorio bajo el N 1036, a sus hijos: Elizabeth Marillac Contreras Contreras, Run N 7.411.740 -6, domiciliada en 16 Mount St Bonnyrrigg Height NSW2177, Sidney, Australia; Abelardo Armando Contreras Contreras, Run N 5.810.552 -K, domiciliado en 150 Cedric St Sterling WA 6021, Perth, Australia; Margarita De Las Mercedes Contreras Contreras, Run N 6.867.750 -5, domiciliada en Barrio San Martín M16C23, Mendoza, Argentina; Sylvia Dolores Contreras Contreras, Run N 6.867.751 -3, cajera, domiciliada en Pedro Riveros N 1583, departamento 106, Edificio Álamo, Condominio Alto La Campiña, comuna de Quilicura; a Gabriel Eduardo Contreras Caroca, Run N 10.251.133-6, domiciliado en Teniente Ponce N 1522, Población La Palmilla, comuna de Conchalí y Luis Humberto Contreras Caroca, Run N 12.256.766-4, domiciliado en calle El Nogal, Parcela 20, comuna de Colina, quienes heredan por derecho de representa ción de su padre Sebastián Humberto Contreras Contreras, Run N 5.074.7182, fallecido el 23 de octubre de 2020; a su nieta Jacqueline Cecilia Contreras Flores, Run N 11.210.055-5, domiciliada en Pasaje Electra 1819, Villa Santa Inés, comuna de Maipú, quienes heredan por derecho personal y/o en su calidad de herederos testamentarios del causante, conforme lo estatuido en dicho testamento; calle Catalina N 4194, Comuna de Conchalí, y a doña Ester Del Carmen Arce Malgue, Run N 6.360.479 -8, quien hereda por derecho personal, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante. 7 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO, Rol V-198-2023.
Por sentencia de fecha 15/11/2023, se concedió posesión efectiva de la herencia testada de la causante María Antonieta Macchiavello Larraín, Run N 5.107.768 -7, a sus hijas María Antonella Ratto Macchiavelo, Run N 7.654.284 -8, María Francesca Ratto Macchiavello, Run N 10.024.699-6, María Paola Ratto Macchiavello, Run N 7.654.283 -K, Marianela Ratto Macchiavello, Run N 7.643.414 -K, herederas de la mitad legitimaria; y a su cónyuge Domingo Esteban Mario Ratto Ferrari, Run N 3.085.489 -6, legitimario y heredero en la cuarta de mejoras y de libre disposición. Testamento otorgado el 07/ 06/2007, Notaría de Santiago de Raul Ivan Perry Pefaur, Repertorio 20.038 -07.
Cita a todo interesado a facción de inventario solemne el 23/11/2023, a las 12.30 horas, en 45 a Notaría Pública de Santiago, de Juan Francisco Álamos Ovejero, ubicada en Huérfanos 979, piso 7, comuna y ciudad Santiago, conforme fue autorizado en autos. Autoriza, la Secretaria.
EN CAUSA V-19-2023, SOBRE POSEsión Efectiva, seguida ante el 7 Juzgado Civil de Santiago, por sentencia definitiva dictada el día 07-06-2023, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de Domingo Antonio Bravo Carquin, Run 5.460.386 -K, a Mabel Antonia Bravo Delgado, Caroline Solange Bravo Delgado, Rodrigo Alexander Bravo Delgado, Alejandro Antonio Bravo Olivares, Alberto Antonio Bravo Saravia, Marcela Alejandra Olivares Contreras, y a María Margarita Delgado Salas.
Asimismo, por resolución del 10-11-2023, se fijó audiencia de facción de inventario solemne, respecto de los bienes quedados al fallecimiento del causante, para el día 24 de noviembre de 2023, a las 15:30 horas, por videoconferencia. La Secretaría.
EXTRACTO SÉPTIMO JUZGADO CIvil de Santiago, Causa Rol V-352-2022, por resolución de fecha 31 de agosto de 2023, concedió posesión efectiva de la herencia parte testada y parte intestada quedada al fallecimiento de don Renard Jaime Rodriguez Espinoza a doña Natalia Andrea Muñoz Vilches, Macarena Paz Muñoz Vilches y a doña Enriqueta Mercedes Rodriguez Jiménez, como herederas testamentarias universales del causante, y a doña Violeta Del Rosario Espinoza Villacorta, madre del causante, quien hereda en calidad de legitimaria de aquel. El Secretario. INTERDICCIÓN POR DEMENCIA.
ANte el Noveno Juzgado Civil de Santiago, causa Rol V-204-2023, caratulada 'Fuentes', sobre interdicción por demencia, declara por sentencia de fecha 23 de agosto del 2023 la interdicción definitiva de María del Perpetuo Socorro Melo Catalán, CI: 8.392.865 -4, quién no tiene la libre administración de sus bienes, designando a doña Evelyn Ninoska Fuentes Melo, CI: 13.469.821-7, curadora definitiva de sus bienes. 9 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO, Huérfanos n 1409, Santiago en autos Rol C-12697-2022 caratulados `Itau-Corpbanca S.A. /Mgd Group SpA', juicio ejecutivo, con fecha 12/10/2023 ordeno notificación por avisos demanda y proveído que se extractan mediante tres avisos en periódico de circulación nacional, El Mercurio de Santiago y una publicación en el Diario Oficial.
Demanda de fecha 08/11/2022, En lo principal: Jaime Gabriel Velásquez Navarro y Macarena Alejandra Martínez Guajardo, abogados, domiciliados en Compañía 1390, of. 2403, comuna de Santiago, correo electrónico: abogados@velasquezycia.com, en representación judicial, de fuente convencional por mandato que consta en un otrosí, de Itaú Corpbanca, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada legalmente por su gerente general don Gabriel Amado de Moura, administrador de empresas, ambos con domicilio en Av.
Rosario Norte n 660, comuna de Las Condes, a US. con respeto decimos: Itaú Corpbanca, mi representado es acreedor de Mgd Group Spa, ignoro giro, que ha sido obligada actuando mediante su representante legal don(a) Patricio Espinosa Nova y don(a) Felipe del Río Alonso.
Asimismo, es acreedor de don(a) Patricio Espinosa Nova y don(a) Felipe del Río Alonso, ignoro ocupación(es) actual(es), todos con domicilio(s) en Avenida Las Condes 9350, Las Condes, Santiago en San Olan 6150, depto 705, Las Condes, Santiago, y en San Enrique 14831, Lo Barnechea, Santiago, acreencia(s) que consta del título que individualizo a continuación.
Pagaré suscrito a la orden de mi mandante, por Mgd Group SpA a 28 de diciembre de 2018, por la suma de $ 10.000.000. en capital, que el deudor se comprometió a pagar, de manera íntegra, al 30 de agosto de 2022.
Es el caso que el deudor no pagó en su totalidad el referido documento a la fecha de su vencimiento, adeudando de plazo vencido a mi representado al día 30 de agosto de 2022, la suma de $ 10.000.000. -, más el interés máximo convencional que rija desde el día siguiente a la fecha de vencimiento impago indicada hasta el día de solución total.
Adicionalmente, se estableció en dicho documento que el no pago oportuno, sea de capital o de intereses, faculta al acreedor para hacer exigible de inmediato el total del saldo insoluto a esa fecha, el que desde ese momento se considera de plazo vencido y devenga a favor del acreedor, o de quien sus derechos represente, el interés máximo convencional que rija durante la mora o el simple retardo. Dicho pagaré fue avalado por don(a) Patricio Espinosa Nova y don(a) Felipe del Río Alonso quien además se constituyó en codeudor solidario de la suscriptora. La firma del suscriptor del referido pagaré, como la del aval y codeudor solidario, fue autorizada por notario público, según consta del mismo título acompañado en un otrosí de esta demanda. La deuda consta de un título ejecutivo, es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita.
Por tanto, en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 434 n 4 del código de procedimiento civil, ley 18.010 sobre operaciones de crédito de dinero, ley 18.092 sobre letras de cambio y pagarés y demás disposiciones legales aplicables, a US.
Pido tener por entablada demanda en juicio ejecutivo en contra de Mgd Group SpA representada legalmente por don(a) Patricio Espinosa Nova y don(a) Felipe del Río Alonso, en su calidad de suscriptora, y de don(a) Patricio Espinosa Nova y don(a) Felipe del Río Alonso en sus calidad de aval y codeudor solidario, ambos ya individualizados, ordenando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $ 10.000.000. -, capital insoluto, a la que debe adicionarse intereses, a tasa máxima convencional, desde el día siguiente a la fecha de vencimiento impago, 30 de agosto del 2022, hasta el día de solución total, más las costas; y en definitiva acoger la presente demanda ejecutiva, ordenando se siga adelante la ejecución hasta hacerse a mi representado entero y cumplido pago de todo lo adeudado. Primer otrosí: señala bienes para la traba del embargo y designa depositario provisional. Segundo otrosí: acompaña documentos con citación y solicita custodia. Tercer otrosí: patrocinio y poder; cuarto otrosí: forma de notificación. Resolución de fecha 28 de noviembre del 2022, ordena despachar mandamiento: a la presentación de 8 de noviembre de 2022: A lo principal, despáchese. Al primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, por acompañados en forma legal. Sin perjuicio de lo anterior, coordínese la entrega material de los documentos cuyo formato original no sea electrónico al correo jcsantiago9@pjud.cl. Al tercer otrosí téngase presente. Al cuarto otrosí téngase presente.
Mandamiento de fecha 28 de noviembre de 2022: un ministro de fe requerirá de pago a Mgd Group SpA representada legalmente por Patricio Es1611 Judiciales pinosa Nova y Felipe del Río Alonso, en su calidad de suscriptora, y contra de Patricio Espinosa Nova y Felipe Del Río Alonso en sus calidad de aval y codeudor solidario, para que en el acto de la intimación pague a Itau-Corpbanca S. A o a quien sus derechos representen, la suma de $ 10.000.000. (diez millones de pesos), más reajustes, intereses y costas. Si no efectuare el pago, trábese embargo sobre bienes suficientes del ejecutado para cubrir la deuda con sus reajustes, intereses y costas, designándosele depositario provisional de los que se embarguen, bajo su responsabilidad legal. Escrito de fecha 03/08/2023, solicita notificación por avisos.
Resolución de fecha 14/08/2023: A folio 86, a la presentación de 3 de agosto de 2023, de folio 85: no constando aún la respuesta de Policía de Investigaciones al oficio enviado, no ha lugar por ahora a lo solicitado, reitérese en la debida oportunidad. Escrito de fecha 16 de agosto de 2023. Se pida cuenta de oficios. Oficio de fecha 27 de septiembre del 2023 de PDI: no registra salida del país desde junio del 2023. Escrito de fecha 03/ 10/2023: solicita notificación por avisos.
Resolución de fecha 12/10/2023: a la presentación de 3 de octubre de 2023, de folio 91: atendido el mérito de los autos y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese y requiérase de pago a Mgd Group SpA, Rut N 76.596.574-8, representada por don Patricio Alberto Espinosa Nova, Run N 15.911.812-6, y don Felipe Rubén del Río Alonso Run N 16.208.251-5, que a su vez son sus avales y codeudores solidarios, mediante 3 avisos extractados por la secretaria del tribunal y publicados en un diario del lugar donde se sigue la causa, o de la cabecera de la provincia o de la capital de la región, si allá no los hay, sin perjuicio de la publicación en el diario oficial. Dichos avisos deben contener los mismos datos que se exigen para la notificación personal.
Y apercíbase a la parte demandada, para que en su primera comparecencia ante el tribunal, fije domicilio dentro del radio urbano de la jurisdicción, conforme lo dispone el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, bajo apercibimiento legal.
NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANtiago, en rol V-135-2023, por sentencia de fecha 28 de agosto de 2023, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento de don Héctor Patricio Verdugo Tourrel, cédula de identidad número 5.786.899 -6, fallecido el 26 de abril de 2013 a favor de su cónyuge, hijos y a doña Carolyn María Bastias Catalán, cédula de identidad número 13.037.349.6, conforme a las designaciones del testamento otorgado el 19 de abril de 2013, ante Notario Público Juan Eugenio del Real Armas, titular de la Primera Notaría de Ñuñoa. La Secretaria.
NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANtiago, en autos caratulados 'Choquehuanca/Avilés', rol V-381-2022, por resolución de 09/05/2023, se concedió posesión efectiva con beneficio de inventario de doña Carmen Eliana Avilés Silva, Run 4.884.656 -4, a doña Rosario Irene Choquehuanca Suca, en calidad de heredera universal con obligación modal, y a don Carlos Patricio Avilés Silva, en su calidad de legatario y usufructuario vitalicio de la propiedad ubicada en calle Santa Inés N 2470, Conchalí, conforme a Testamento Abierto otorgado con fecha 10 de abril de 2019, inscrito bajo N 2220-2019 del Registro Nacional de Testamentos. La Secretaria.
POR RESOLUCIÓN DE FECHA 24 DE Octubre de 2023, rectificada con fecha 7 de noviembre de 2023, en autos Rol V-217-2023, el 10 Juzgado Civil de Santiago, concedió posesión efectiva de herencia testada del causante Jorge Ramón Puelma Ravello a sus herederos Mirtha del Carmen Campos Durán, Ricardo Enrique Campos Durán, Héctor Guillermo Campos Durán y María Esther Campos Durán. Testamento de fecha 20 de diciembre de 2017 otorgado ante notario de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz.
ANTE DÉCIMO PRIMER JUZGADO Civil de Santiago, Huérfanos N 1409, Piso 3, Santiago, Autos Rol C-8218 2022, Caratulados `Avla S.A.G.R. con Sociedad Forestal Los Troncos Limitada', Juicio ejecutivo, Para efectos del requerimiento de pago se cita a los demandados para el quinto día hábil, posterior a la última publicación de esta resolución, a las 09:30 horas, o al día siguiente hábil si el recayere en sábado a la misma hora, por videoconferencia a través de la plataforma Zoom, ante la Secretaria del Tribunal, bajo apercibimiento que en caso de no ingresar a la reunión indicada, se le tendrá por requerido en su rebeldía. El ejecutado deberá ingresar en dicha plataforma a la ID 2989601445, en el horario indicado. En Santiago, a 16 de noviembre de 2023, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Lo que se notifica a Sociedad Forestal Los Troncos Limitada, Rut 76035947-5, y Juan de Dios Durán Monsalve, Rut 7870857-3. Secretaría.
ANTE DÉCIMO PRIMER JUZGADO Civil de Santiago, Huérfanos N 1409, Piso 3, Santiago, Autos Rol C-8725 2022, Caratulados `Avla S.A.G.R. con Sociedad Forestal Los Troncos Limitada', Juicio ejecutivo, Para efectos del requerimiento de pago se cita a los demandados para el quinto día hábil, posterior a la última publicación de esta resolución, a las 09:30 horas, o al día siguiente hábil si el recayere en sábado a la misma hora, por videoconferencia a través de la plataforma Zoom, ante la Secretaria del Tribunal, bajo apercibimiento que en caso de no ingresar a la reunión indicada, se le tendrá por requerido en su rebeldía. El ejecutado deberá ingresar en dicha plataforma a la ID 2989601445, en el horario indicado. En Santiago, a 16 de noviembre de 2023, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Lo que se notifica a Sociedad Forestal Los Troncos Limitada, Rut 76035947-5, y Juan de Dios Durán Monsalve, Rut 7870857-3. Secretaría. NOTIFICACIÓN.
ANTE UNDÉCIMO Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409,3 piso, en autos Rol C-11013-2022 caratulado `Banco de Crédito e Inversiones con Vera' se ordenó notificar por avisos a Marcela Teresa Vera Geraldo, Rut: 14.149.269-1, lo siguiente: En folio 1 comparece Octavio Calle Avila, abogado, domiciliado en Agustinas 1291,6 piso, oficina H, de esta ciudad, correo electrónico notificaciones@calleycia.cl, como mandatario judicial y en representación de Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representado a su vez por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, ambos domiciliados en El Golf 125, Las Condes.
Vienen en interponer demanda ejecutiva en contra de Marcela Teresa Vera Geraldo, constructor civil, domiciliada en Avenida Duble Almeyda N 2840, depto. 2013, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, a fin de que se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo y requerirlo de pago por la cantidad de 3.674,8354.
UF que equivalen a la suma de $ 125.843.305. de acuerdo al valor de la Unidad de Fomento para el día 29 de septiembre de 2022 y que fuera de $ 34.244 ,61, más reajustes e intereses pactados.
Funda la demanda en escritura pública de fecha 27/4/2018, otorgada en la notaría de Santiago de don René Benavente Cash, mi representado dio en mutuo a doña Marcela Teresa Vera Geraldo, la cantidad de 4.034 Unidades de Fomento.
Actualmente, la demandada se encuentra en mora en el pago del dividendo con vencimiento el 15 de mayo del 2022, que corresponde al número 47, y todos los siguientes, por lo que se alcanzaron a pagar 46 dividendos, lo que se traduce en una deuda, solo por concepto de capital, de 3.674,8354.
UF, en conformidad a la Tabla de Desarrollo de la deuda que se acompaña, que equivalen a la suma de $ 125.843.305. de acuerdo al valor de la Unidad de Fomento para el día 29 de septiembre de 2022 y que fuera de $ 34.244 ,61. Primer Otrosí: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario provisional; Segundo Otrosí: Acompaña documentos y solicita custodia; Tercer Otrosí: exhorto; Cuarto Otrosí: Patrocinio y poder. Tribunal resolvió con fecha 18/10/2022: Proveyendo al escrito 11 de octubre de 2022 ingresado en la oficina OJV: Estese a lo que se resolverá: Escrito ingresado el 11 de octubre de 2022: Téngase presente. A la presentación 04 de octubre de 2022: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda ejecutiva. Despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al primer otrosí: Téngase presente sólo respecto de los bienes muebles, y para el caso que se quieran embargar bienes inmuebles, deberá además de acompañar la respectiva inscripción, el avalúo correspondiente. Téngase presente la designación del propio deudor como depositario provisional bajo su responsabilidad. Al segundo otrosí: Téngase por acompañados los documentos bajo apercibimiento legal. Custódiese el título ejecutivo. Al tercer otrosí: como se pide exhórtese al 1 Juzgado Civil de Puente Alto, a fin de notificar al ejecutado de la demanda, su proveído, requerir de pago y embargar bienes suficientes del ejecutado. Se concede el auxilio de la fuerza pública sólo en caso de constar la oposición del ejecutado, sin habilitación de lugar, día y horas inhábiles para la práctica de diligencias. Se recuerda al solicitante que éste estará ingresado en el Tribunal exhortado el día hábil siguiente a la presente resolución, debido a la interconexión existente entre los distintos tribunales con competencia civil del país. Al cuarto otrosí: Téngase presente. Cuantía $ 125.843.305. Cuaderno de Apremio: Mandamiento: Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintidós.
Requiérase a doña Marcela Teresa Vera Geraldo, para que pague a Banco de Crédito e Inversiones, la cantidad de 3.674,8354 Unidades de Fomento, equivalente a pesos al día 29 de septiembre de 2022 a la suma de $ 125.843.305. más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sólo sobre bienes muebles suficientes de propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal. Demandante pidió con fecha 06/7/23: Solicita notificación por avisos.
Tribunal resolvió con fecha 18/7/23: Resolviendo el escrito ingresado el 06 de julio de 2023, en el folio 32: atendido el mérito del proceso, como se pide, practíquese la notificación al demandado, conforme al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, mediante tres avisos en periódico de circulación nacional, sea físico o electrónico, sin perjuicio de la notificación correspondiente en el Diario Oficial, debiendo realizarse por publicación de un extracto de la demanda, de su proveído y demás resoluciones pertinentes, indicándose además, que para efectos del requerimiento de pago este se efectuará al quinto día hábil, posterior a la última publicación legal realizada, a las 09:30 horas, o al día siguiente hábil si el recayere en sábado a la misma hora, por videoconferencia a través de la plataforma Zoom, ante la Secretaria del Tribunal, bajo apercibimiento que en caso de no ingresar a la reunión indicada, se le tendrá por requerido en su rebeldía. El ejecutado deberá ingresar en dicha plataforma a la ID 2989601445, en el ho1611 Judiciales rario indicado.
La parte demandante deberá acompañar, a fin de ser certificadas, copia digitalizada, legible y completa de todas las publicaciones, dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la última publicación, a fin de tener conocimiento de la fecha en la cual se deberá proceder al requerimiento respectivo. Notificada la parte demandada, el demandante informar de dicha situación al Tribunal dentro de las 24 horas siguientes a la última notificación al correo electrónico jcsantiago11@pjud.cl.
Para efectos de autorización del extracto de publicación correspondiente por parte de la señora secretaria del tribunal, éste se deberá ser enviado directamente por la O.J.V. a través de la opción `Servicios publicación-Diario Oficial', el que una vez autorizado será devuelto por la O.J.V. en formato PDF con la respectiva firma electrónica. Por lo que notifico a Marcela Teresa Vera Geraldo, Rut: 14.149.269-1, para todos los efectos a que hubiera lugar y se le cita a ser requerido de pago. El Secretario. NOTIFICACIÓN: DÉCIMO TERCER Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409,4 piso, Santiago, Rol C-3371-2022, `Banco de Crédito e Inversiones/Cabrera León'. Juicio Ejecutivo. Cuaderno de Apremio: Escrito de 19/10/2023: nuevo día y hora. Resolución de 30/10/2023. Santiago, treinta de octubre de dos mil veintitrés Al escrito de fecha 18 de octubre de 2023, folio 21: estese al mérito de autos.
Al escrito de fecha 19 de octubre de 2023, folio 24: Como se pide, efectúese la subasta el día 14 de diciembre de 2023, a las 13.30 horas, conforme lo dispuesto por el Acta 13-2021 de la Excma.
Corte Suprema, mediante videoconferencia, vía plataforma zoom, para lo cual los interesados deben consignar garantía suficiente para participar de la subasta de acuerdo a las bases de remate, mediante vale vista a nombre del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, Rut N 60.306.013-k, hasta las 14:00 horas del día hábil anterior a la fecha fijada para el remate.
Para los efectos de constitución de la garantía suficiente, se deja instruido que los postores deberán comparecer al Tribunal el día hábil anterior al día de la subasta, esto es, el día lunes anterior al día del remate y en su caso, el día miércoles anterior al día del remate, ello desde las 11:00 horas y hasta las 14:00 horas, a fin de hacer entrega del respectivo vale vista a nombre del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, Rut N 60.306.013-k.
Asimismo, los postores, a más tardar a las 15:00 horas del día hábil anterior a la realización de la subasta, deberán manifestar su intención de participar en ésta, ingresando un escrito a través de la O.J.V., que así lo señale, con una copia legible del vale vista entregado al Tribunal con la anticipación señalada en el párrafo anterior, además de señalar un correo electrónico para su conexión y número de teléfono, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, no se le considerará como postor en la subasta respectiva. 4) Los postores o el acreedor hipotecario, junto con manifestar su intención de participar en la subasta, deberán ingresar un escrito a través de la O.J.V., que así lo señale a más tardar a las 15:00 horas del día hábil anterior a la realización de la subasta indicando un correo electrónico para su conexión y número de teléfono, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, no se les considerará como postor en la subasta respectiva.
En el caso del ejecutante, a través de apoderado que cuente con poder en la causa, deberá ingresar escrito señalando correo electrónico para su conexión y número de teléfono, en el mismo plazo dispuesto precedentemente, bajo apercibimiento de decretarse la suspensión de la subasta.
Para tales efectos, deberán además enviar un correo electrónico a jcsantiago13_ remates@pjud.cl, indicando en el asunto `Remate', con señalamiento del rol de la causa y la fecha de realización, a fin de coordinar su participación, así como para obtener información respecto al protocolo para la realización de la subasta y recibir el link con la invitación a la misma.
Se hace presente que la subasta se realizará por videoconferencia, mediante la plataforma Zoom, para lo cual se requiere de un computador o teléfono, en ambos casos, con cámara, micrófono y audio del mismo equipo y conexión a internet, siendo carga de las partes y postores el tener a su disposición los elementos tecnológicos y de conexión.
La garantía para aquellos postores que no se adjudiquen el bien subastado será devuelta el día del turno de la semana siguiente a la realización del remate, para lo cual se les enviará un correo electrónico indicando día y hora para proceder a su retiro.
Efectúense las publicaciones legales, debiendo indicarse en el extracto que el remate se realizará por videoconferencia, mediante la plataforma Zoom, y que todo interesado para presenciar y/o participar en el mismo, deberá coordinarse al correo jcsantiago13_remates @pjud. cl.
La parte ejecutante deberá remitir las publicaciones legales del remate y el certificado de dominio, de hipotecas y gravámenes y de prohibiciones e interdicciones para enajenar vigentes a la fecha de su presentación, a lo menos con dos días hábiles de anticipación a su realización, a fin de proceder a su certificación en la causa, debiendo para dicho efecto remitir las publicaciones y certificado al correo e l e c t r ó n i c o j c s a n t i a g o 1 3 _ r e m a t e s @pjud. cl, bajo apercibimiento de suspensión de aquel. Notifíquese por cédula al ejecutado. Cuaderno de Apremio: Escrito de 06/11/2023: Aclaración, rectificación y/o enmienda. Resolución de 15/11/ 2023.
Santiago, quince de noviembre de dos mil veintitrés Al escrito de fecha 06 de noviembre de 2023, folio 26: atendida las facultades correctoras que confiere el inciso final del artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se rectifica la resolución de fecha 30 de octubre de 2023, folio 25, solamente en lo siguiente: Donde dice `Notifíquese por cédula al ejecutado' Debe decir `Notifíquese la presente resolución al ejecutado, mediante tres avisos publicados en el diario `El Mercurio'. Redáctese extracto por la Sr. Secretario del tribunal y en su oportunidad certifíquese el hecho de haberse efectuado las publicaciones conforme a lo decretado. ' Rija en todo lo demás la referida resolución. Lo que notifico a don Jorge Arturo Cabrera León, para todos los efectos legales. Secretaría. DÉCIMO CUARTO JUZGADO CIVIL de Santiago.
En rol V-159-2022, por sentencia de fecha 10 de octubre de 2023, se designó como curador general, legítimo y definitivo a don Víctor Eduardo Oliva Lablee, Rut. 8.643.671-k, respecto de la declarada interdicta doña Sara Amalia Del Carmen Jiménez Bruce, Rut 4.282.285 -k, la cual no tiene libre administración de sus bienes. La Secretaria. ANTE EL DÉCIMO CUARTO JUZgado Civil de Santiago, en causa rol V-116-2023, sobre interdicción por causa de demencia y nombramiento de curador general.
Por sentencia de fecha 09 de agosto de 2023, se declara la interdicción definitiva por causa de demencia de Judith del Carmen Vicencio Díaz, cédula de identidad N 3.872.803 -2, quedando en consecuencia privada de la libre administración de sus bienes; y se designa a Verónica del Carmen Riquelme Vicencio, cédula de identidad N 9.586.904 -1, como curadora general, legítima y definitiva de la interdicta; e inscrita en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del CBR de Santiago a fojas 25568 N 39226 del año 2023.
DÉCIMO SEXTO JUZGADO DE LEtras En Lo Civil de Santiago, ubicado en calle Huérfanos N 1409, comuna de Santiago, en causa Rol V-302-2021, sobre interdicción caratulada 'Ibarra', ha dictado sentencia con fecha 09 de septiembre de 2022, declarando que don Michael Ángelo Silva Ibarra, Cedula de identidad N 21.269.068-6, domiciliado en Pasaje 9 Block 0645 Departamento N 103, villa Cardenal Raúl Silva Henríquez, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, se encuentra privado de la libre administración de sus bienes. Santiago, 15 de noviembre del dos mil veintitrés. 18 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO.
Rol V-195-2023, caratulados Cifuentes/ Soro, por sentencia 15 de septiembre 2023, concedió posesión efectiva herencia testada María Cristina Del Pilar Soro Cruz, C.I. 3.638.121 -3, fallecida 18 de mayo 2023, a María Cristina, María cecilia, Fernando, Andrés, José Ramón, Carolina, todos de apellidos Cifuentes Soro, en calidad de herederos testamentarios según testamento 13 de octubre 2004, Notario Público de Santiago Humerto Quezada Moreno. 18 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO, por sentencia del 27 de septiembre de 2023 en autos sobre interdicción y nombramiento de curador definitivo Rol V-146-2023, se declaró interdicción definitiva por causa de discapacidad mental y psíquica de doña María Teresa Acevedo Abarzúa, cédula de identidad N 4.662.464 -5, quedando privada de la administración de sus bienes, nombrándose curadora, general, legítima y definitiva a doña Jessica del Carmen Toledo Acevedo, cédula de identidad N 9.382.354 -0. El secretario.
NOTIFICACIÓN: ANTE EL DÉCIMO Noveno Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409,5 piso, en autos caratulados `Banco del Estado de Chile con Transportes y Arriendo de Maquinarias Maqchile SpA', Rol C-6043-2023, sobre juicio ejecutivo por cobro de pagare, presentóse Felipe Cataldo Moya, abogado, mandatario judicial del Banco del Estado de Chile, representado por gerente general Oscar Raul Antonio González Narbona, domiciliados en Avda.
Libertador Bernardo O'Higgins N 1111, piso 8, Santiago, quien en lo principal deduce demanda ejecutiva contra Transporte y Arriendo de Maquinarias Maqchile Spa, como deudor principal, ignora giro, representada legalmente por Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, ignora profesión, domiciliados en calle San Pio X2460, Providencia, y contra Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, en calidad de avalista y codeudor solidario, ignora profesión, domiciliado en calle Puerto Williams 509, Lo Prado.
Fundada en que el representado es dueño de pagare por el cual demandados se obligaron pagar suma de $ 51.526.033. -, por concepto de capital, más interés del 1,2870% mensual, pagaderas en 62 cuotas mensuales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en pagare suscrito. Mismo documento estableció intereses del máximo convencional y cláusula de aceleración en caso de mora o simple retardo pago obligación.
Deudor se obligó pagar comisión legal del 0,0000% anual sobre capital garantizado que Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía Para Pequeños Empresarios (Fogape), el cual cauciona el crédito con tasa garantía de 85% del saldo capital.
Deudor no pago cuota con vencimiento al 15 diciembre 2022, ni otra posterior, por lo que representado hace exigible totalidad de la deuda de1611 Judiciales mandando suma $ 51.526.033. -, más intereses pactados hasta completo pago deuda, más la comisión legal del 0,0000% anual sobre saldo del capital garantizado por Fogape, mas costas.
Como consta del pagare acompañado, obligación es indivisible, suscriptores relevaron al portador de documentos de la obligación de protesto, y sus firmas fueron autorizadas ante notario, siendo deuda liquida, actualmente exigible y no prescrita la acción.
Por tanto; pide tener por interpuesta demanda ejecutiva y ordenar se despache mandamiento ejecución y embargo contra Transporte y Arriendo de Maquinarias Maqchile SpA, representada legalmente por Jesús Ramiro Trivinos Álvarez y de Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, en las calidades indicadas, por suma $ 51.526.033. más comisión legal del 0,0000% anual sobre saldo del capital garantizado por Fogape, más intereses y costas, requerir de pago al deudor, y disponer seguir adelante ejecución hasta pago total deuda, con costas. Primer otrosí: Acompaña documentos. Segundo otrosí: Bienes para embargo y depositario provisional. Tercer otrosí: Téngase presente personería. Cuarto otrosí: Señala correo electrónico. Quinto otrosí: Patrocinio y poder. Por resolución 27 abril 2023, A lo principal: Por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese mandamiento ejecución y embargo. Al primer otrosí: por acompañado documentos en forma solicitada. Al segundo otrosí: téngase presente, trábese embargo sobre bienes del deudor, cualquiera sea su naturaleza, exceptuando aquellos que ley declare inembargables, debiendo quedar parte demandada como depositario provisional. Al tercero, cuarto y quinto otrosí: téngase presente.
Cuaderno apremio: mandamiento 16 noviembre 2023, un ministro de fe requerirá de pago a Transporte y Arriendo de Maquinarias Maqchile SpA, representada legalmente por don Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, en calidad deudora principal, y a Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, en calidad avalista y codeudor solidario, para que en acto de intimación paguen a Banco del Estado de Chile o a quien sus derechos legalmente represente, suma $ 51.526.033. -, mas comisión legal del 0,0000% anual sobre saldo capital garantizado por Fogape, más intereses y costas.
No verificado pago en acto intimación trábese embargo sobre bienes propios del demandado equivalentes a suma adeudada, los que quedaran en su poder en calidad depositario provisional y bajo su responsabilidad legal, debiendo procederse en todo conforme a la ley. Cumplidos tramites rigor fecha 22 agosto 2023 demandante solicita notificación por avisos.
Providencia 24 agosto 2023, como se pide, notifíquese demanda y su proveído a parte demandada mediante extracto autorizado, publicado tres veces en días distintos en diario El Mercurio, y una vez en Diario Oficial el día 1 o 15 del mes, o día siguiente si en aquel no se publicare.
Cítese a Transporte y Arriendo de Maquinarias Maqchile SpA, representada legalmente por Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, y en calidad avalista y codeudor solidario a Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, para que concurra al oficio del receptor judicial don Hector Patricio Pizarro Lara, ubicado en calle Agustinas N 1442, Torre B, oficina N 902, comuna Santiago, a las 10:00 horas, dentro de quinto día hábil contados desde fecha ultima publicación, a fin de ser requerido de pago, bajo apercibimiento de no concurrir, se tendrá el requerimiento de pago por efectuado en su rebeldía.
Lo que notifico a Transporte y Arriendo de Maquinarias Maqchile SpA, Rut 76.736.601-9, representada legalmente por don Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, como deudor principal, y a don Jesús Ramiro Trivinos Álvarez, Rut 9.883.441 -9, en calidad avalista y codeudor solidario, para todos los efectos legales. La Secretaria.
VEINTEAVO JUZGADO CIVIL DE Santiago, causa Rol N V-257-2023, comparece don Anjel Custodio Vejar Curín, cédula de identidad 4.433.816 -5, solicitando rectificar partida de nacimiento N 846, circunscripción de Chillán, año 1940, en el sentido de rectificar su nombre, quedando en definitiva 'Ángel Custodio Vejar Curín' VIGÉSIMO TERCERO JUZGADO DE Letras en lo Civil de Santiago, ubicado en calle Huérfanos N 1409, comuna de Santiago, en causa Rol V-90-2022, sobre interdicción caratulada 'Pinto', ha dictado sentencia con fecha 18 de mayo de 2023, declarando que don Héctor Eduardo Silva Pinto, Cedula de identidad N 21.380.391-8, domiciliado en Lo Marcoleta N 1620 Letra B, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, se encuentra privado de la libre administración de sus bienes.
Santiago, 15 de noviembre del dos mil veintitrés. 23 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO, Rol V-100-2023, por sentencia definitiva de 07/Nov/2023, se concedió con beneficio de inventario la posesión efectiva de la herencia testada del causante Héctor Raúl Morales Boundy, fallecido el 08/Jun/2019 a su heredero: Raúl Patricio Morales Reyes, según testamento otorgado con fecha 28/Abr/2015 ante notario público titular Elena Torres Seguel.
Secretaria 26 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO, en causa Rol V-211-2023, por sentencia de 12 de octubre 2023 concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don Patricio Fernando Bañados Figueroa a Martín Ignacio Fuentes Oporto. Testamento abierto, escritura pública 21 enero 2016, notaría de Santiago, Eduardo Avello Concha. 26 JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO.
En causa rol V-93-2022, por sentencia, de fecha 19 de abril de 2023, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento de don Gastón Haroldo Roca Kaufman, fallecida el 19 de marzo de 2020, a favor de sus herederos testamentarios doña Gladys Liduvina maría Villafranca Cordero, Gastón Francisco Roca Gumucio, Juan José Roca Gumucio y Tomás Andrés Roca Gumucio, conforme al testamento solemne abierto otorgado el 03 de julio de 2002, otorgado ante la notaría pública de Santiago, Don Humberto Quezada Moreno e inscrito en el Registro Nacional de Testamentos bajo el N trescientos ochenta y nueve.
ANTE EL 26 JUZGADO CIVIL DE Santiago, en causa contenciosa Rol: C. 4984.1999, sobre 'declaración de interdicción y nombramiento de curador definitivo', del demandado Omar Alfredo Villela Darrigol, cédula de Identidad N 8.373.073 -0, solicitado por la demandante Lucía Elianira Villela Darrigol, cédula nacional de identidad N 5.668.088 -8, con fecha 30 de octubre de 2023, se dictó en la presente causa resolución que manda a notificar mediante avisos, establecidos por el artículo 54 del C.P.C.
La audiencia de Inspección Personal y de parientes, programada con fecha 29 de noviembre de 2023, a las 09:00 horas, mediante plataforma zoom https://zoom. us/j/98578750764?pwd=UmpMaW1BLz hLSXJPR3lna1ludTNuUT09 ID de reunión: 985 7875 0764 Código de acceso: 448399. EL 28 JUZGADO DE LETRAS EN LO Civil de Santiago, en causa C-77732022, caratulados Fontecilla/ Gestores Para Stabilizia Chile S.
A, ordenó por resolución de fecha 17 de octubre de 2023, ordenó notificar a don Carlos Alberto Valeria Ojeda, Run 7.225.495 -3, en representación de Gestores para Stabiliazia S.A., Rut: 77.290.565-3 mediante avisos insertos y extractados en el diario El Mercurio de Santiago por 3 días consecutivos, sin perjuicio de la notificación ante el Diario Oficial.
Demandada esta última en procedimiento sumario, por cobro de pesos artículo 680 N 7 del CPC, por el no pago de las facturas N 12/20, de fecha 10 de diciembre de 2020, por la suma de $ 141.497.893 y la factura N 13/20 de fecha 16 de diciembre de 2020, por la suma de $ 498.824.996. -, sumas adeudadas a Stabilizia Gruop S.L. España.
Con fecha 23 de octubre de 2023, folio 37: el tribunal resolvió, como se pide, vengan las partes a comparendo de contestación y conciliación personalmente o con apoderado con poder suficiente, a la audiencia del día 05 de diciembre de 2023, a las 09:30 horas, a través de la plataforma Zoom. ID de reunión: 978 7590 9312, Código de acceso: 918644. Demás antecedentes constan en libelo extractado.
EXTRACTO. 20 JUZGADO CIVIL DE Santiago, ubicado en calle Huérfanos 1409, en causa Rol V-177-2023, procedimiento voluntario sobre interdicción de doña Corina Carreño Carreño, caratulado "Muñoz", se decreta inspección personal del tribunal a fin de entrevistar al presunto interdicto, mediante plataforma "Zoom", para el día 27.11.2023, a las 11:00 hrs., al link de acceso https:// zoom. us/j/94160381345, y cítese a los parientes a audiencia especial a celebrarse el día 29 de noviembre de 2023, a las 11:00 hrs., mediante plataforma "Zoom", debiendo ingresar al link de acceso https://zoom.us/j/99348616012. Katía Andrea Rodriguez Urra. Secretario. PJUD.
POR SENTENCIA DE FECHA 28 DE agosto de 2023, el 28 Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol: V-91-2023, concedió la posesión efectiva de la herencia testada de la causante doña María de la Luz González Bañares, Run 1.854.806 -2, a sus herederos testamentarios Roberto Infante González, cédula de identidad N 5.747.118 -2; María Soledad Infante González, cédula de identidad N 6.060.581 -5; María Cecilia Infante González, cédula de identidad N 6.368.384 -1; María Paz Infante González, cédula de identidad N 6.375.117 -0; María Leonor Infante González, cédula de identidad N 7.872.822 -1, y a Alvaro Gabriel Infante González, cedula de identidad N 8.331.255 -6. Todo conforme a testamento otorgado con fecha 28 de noviembre del 2011, ante el notario de Santiago Francisco Javier Leiva Carvajal, inscrito en el Registro Nacional de Testamentos bajo el N 5.755 de 2011.
TRIGÉSIMO JUZGADO DE LETRAS en lo Civil de Santiago, ubicado en calle Huérfanos N 1409, comuna de Santiago, en causa Rol V-136-2022, sobre interdicción caratulada 'Nuñez', ha dictado sentencia con fecha 18 de abril de 2023, declarando que don Ramón Leonardo Núñez Freites, Cedula de identidad N 11.644.289-2, domiciliado en Calle Cardenal Caro 1945, El Cortijo 3, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, se encuentra privado de la libre administración de sus bienes. Santiago, de 15 noviembre del dos mil veintitrés.
TRIGÉSIMO JUZGADO DE LETRAS en lo Civil de Santiago, ubicado en calle Huérfanos N 1409, comuna de Santiago, en causa Rol V-137-2022, sobre interdicción caratulada 'Núñez', ha dictado sentencia con fecha 19 de abril de 2023, declarando que doña Lidia Rosa Fresia Núñez Freites, Cedula de identidad N 11.049.117-4, domiciliado en Calle Cardenal Caro 1945, El Cortijo 3 comuna de Conchalí, Región Metropolitana, se encuentra privada de la libre administración de sus bienes. Santiago, de 15 no1611 Judiciales viembre del dos mil veintitrés.
JUZGADO DE LETRAS DE PEÑAflor, Rol C-1352-2021 caratulados 'Condominio Conjunto Doña Isidora Con Tapia' se orden el 29 septiembre de 2023, notificar por avisos extractado a doña Cecilia Pamela Tapia Zúñiga, chilena, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad N 14.560.784-1, domicilio desconocido, la demanda ejecutiva de cobro de gastos comunes, interpuesta en su contra con fecha 13 de agosto de 2021, por Condominio Conjunto Doña Isidora, Rut 65.005.898-4, representado legalmente por doña Belén Andrea Monroy Fernández, administradora, ambos domiciliados en Avenida Irarrázaval N 400, de la comuna de Peñaflor, a fin de que pague al Condominio Conjunto Doña Isidora, los gastos comunes adeudados por la suma de $ 11.910.730, mas todo lo que se devengue durante la tramitación del juicio, más intereses, reajustes y costas. En lo principal: Demanda ejecutiva y se despache mandamiento de ejecución y embargo. Primer otrosí: Indica bienes para traba de embargo. Segundo otrosí: Acompaña documento con citación. Tercer otrosí: Acredita personería. Cuarto otrosí: Patrocinio y poder. Quinto otrosí: Señala forma notificación. Con fecha 26 de agosto de 2021 el tribunal resuelve; A lo principal: Depáchese.
Al primer otrosí: Téngase presente, solo respecto de los bienes muebles, desígnese como depositario provisional al propio ejecutado, bajo los apercibimientos civiles y penales correspondientes, en relación al embargo de los bienes señalados y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 447 del Código Procedimiento Civil, previamente acompáñese el certificado de avaluó.
Al segundo otrosí: Téngase por acompañados materialmente los avisos de cobranza y las tablas de desarrollo, bajo apercibimiento de lo establecido en el artículo 346 N 3 del Código de Procedimiento Civil, manténgase la custodia dada en autos y digitalmente las escrituras y el certificado, con citación. Al tercer, cuarto y quinto otrosíes: Téngase presente. Cuantía: $ 11.910.730. Con fecha 26 de agosto de 2021, el tribunal despacha mandamiento Requiérase a doña Cecilia Pamela Tapia Zúñiga, para que pague a Condominio Conjunto Doña Isidora la suma de $ 11.970.730, más intereses y costas. No verificándose el pago trábese embargo sobre los bienes suficientes de la propiedad del deudor los que quedaran en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal.
Con fecha 29 de septiembre de 2023 el tribunal resolvió: Al otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese al demandado de autos mediante avisos; al efecto confecciónese extracto por la Señora Secretaria del Tribunal el cual contendrán los mismos datos que se exigen para la notificación personal, el que deber ser publicado en 3 oportunidades en el diario El Mercurio; además de publicarse en el Diario Oficial conforme lo señala el inciso final de la norma ya citada. Se hace presente que se debe coordinar previamente con la Señora Secretaria del Tribunal mediante correo electrónico al mail: jl_ penaflor@pjud.cl.
Para efectos de requerir de pago el cual se realizara al día siguiente hábil a las 12:00 horas contados desde la última publicación legal en el diario ya indicado precedentemente, al efecto se designa al receptor don Yuri Andrei Pérez Arancibia, Fono 951082874, correo electrónico: oficina juridicapenaflor@gmail.com Dirección: María Ester Garay N 150 oficina 1, comuna Peñaflor. Secretaria. Peñaflor, veinticuatro de Octubre de dos mil veintitrés.
CERTIFICO: QUE CONSULTADO SIStema informático tramitación causas Juzgado Familia Talca, Sitfa, consta demanda de fecha 28-01-2023, en causa Rit C-226-2023, en materia de alimentos, en la que Margarita Paulina Díaz Véliz, chilena, soltera, Run N 12.655.450-8, dueña de casa, domiciliada en Faustino González 14 norte con 14 oriente N 2056 a U.S. respetuosamente digo: Que, por este acto vengo en interponer demanda de alimentos menores en representación de mi hijo don Jerson Luis Quiroz Run 22.794.991-0, en contra de don Nelson Luis Quiroz Valdés, chileno, soltero, albañil de construcción, Run N 11.645.876-4, domiciliado en Avenida El Bosque N 406, Huechuraba, Región Metropolitana. Que, producto de una relación amorosa que mantuve con don Nelson Luis Quiroz Valdés, nace nuestro hijo Jerson Luis Quiroz Díaz el 16 de agosto del año 2008, de actuales 14 años de edad.
Producto de diferencias entre nosotros como pareja la relación se dio por finalizada desde ese momento que ocurrió hace más de 10 años es que el padre de nuestro hijo se ha desentendido de sus obligaciones parentales para con nuestro hijo incluidas las obligaciones alimenticias por lo que me veo en la obligación de ejercer la presente acción.
Primer Otrosí: Solicito a U.S., basándome en los mismos fundamentos de hecho y de derecho esgrimidos en la parte principal de esta presentación las que por economía procesal doy por enteramente reproducidos, que se fije alimentos de carácter provisorios en favor de Jerson Luis Quiroz Díaz, por la suma de 2,752 UTM actuales $ 170.00 pesos al mes de enero de 2023 o lo que S.S., determine en derecho y equidad. Consta proveído demanda de fecha 03-02-2023, Se tiene por interpuesta demanda de alimentos. Traslado. Alimentos provisorios.
Atendido el mérito de los documentos acompañados a la demanda, encontrándose acreditado el título para exigir una pensión alimenticia, y considerando la presunción de medios económicos a que se refiere el artículo 3 de la ley 14.908, Se Decreta: Que se fijan alimentos provisorios a favor de Jerson Luis Quiroz Díaz, la suma equivalente a 2,58256 unidades tributarias mensuales (UTM), actuales $ 160.000 pesos, monto que deberá pagar mensualmente, dentro de los cinco primeros días de cada mes, a contar del mes siguiente al de la fecha de notificación, mediante depósitos en una cuenta exclusiva para el cumplimiento de los alimentos decretados, que para estos efectos deberá abrir la demandante en el Banco Estado.
Se informa al demandado, que dispone del plazo de cinco días desde la fecha de notificación de la demanda y la presente resolución, para oponerse al monto provisorio decretado, en forma escrita, y que en caso de no deducir oposición oportunamente, dicha resolución causará ejecutoria. Para ello, se hace presente al demandado que deberá comparecer debidamente representado.
Consta resol. 28-09-2023, A lo principal: Tratándose de la primera solicitud de nuevo día y hora presentada por la parte demandante, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 19.968, como se pide, se fija nuevo día y hora para la realización de la audiencia preparatoria, el día 27 de noviembre de 2023, a las 11:00 horas, sala 2, debiendo enlazarse utilizando el ID de reunión: 980 1187 6265 Código de acceso: 154404. Al conectarse, deberán unirse con video, y colocar su nombre y apellido en la pantalla, para una fácil identificación.
Consta resol. 08-11-2023, Como se pide, se ordena la notificación en los términos que prescribe el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión a que faculta el artículo 27 de la Ley N 19.968, debiendo hacer dicha publicación en un diario de circulación nacional en un número no inferior a tres veces, autorizándose su práctica en extracto. Igualmente, tratándose de la primera notificación debe hacerse una publicación en el Diario Oficial. Cristian Andrés Valenzuela Diaz, Jefe Unidad de Causas y Cumplimiento, Juzgado de Familia de Talca. Talca, ocho de noviembre de dos mil veintitrés. Ministro De Fe Juzgado De Familia De Talca. JUZGADO DE FAMILIA DE TALCAhuano. Extracto.
El Juzgado de Familia de Talcahuano, en los autos Rit C-24212022, Ruc 222-3387723-2, sobre Cuidado Personal del niño, demandante doña Marta Ivonne Lavín Roa, Run: 8281219-9, dueña de casa, con domicilio en la comuna de Hualpén, en contra de doña Perla Carolina Lavín Roa, C.I. 15177297-8, dueña de casa, y don Marcelo Alejandro Zegpi Badilla, C.I. 11244254-5, trabajador, conforme lo dispone el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado por resolución de fecha 08 de noviembre de 2023, notificar al demandado don Marcelo Alejandro Zegpi Badilla, C.I. 11244254-5, de la demanda por Cuidado Personal de su hermana la niña Pía Martina Zegpi Lavín, interpuesta en su contra con fecha 16 de diciembre de 2022, en la cual se solicita acogerla en todas sus partes, y en definitiva otorgarle el cuidado de su hermana, ordenando que se efectúen todas las inscripciones y subinscripciones que a ello de lugar.
Asimismo de su proveído de fecha 22 de diciembre de 2022, y resolución de nuevo día y hora fechada 07 de noviembre de 2023, en cuyo texto cita a las partes a la audiencia preparatoria a realizarse el día 01 de febrero de 2024, a las 11:00 horas, en dependencias del Juzgado de Familia de Talcahuano, ubicado en Avenida Colón N 1115, Talcahuano, y/o mediante 'Videoconferencia'. Señalándose que el link de acceso a la misma será el siguiente: https://zoom.us/j/4554875465. Firmado digitalmente de conformidad a la ley 20.886 Jefe de Unidad de Causas, Sala y Cumplimiento, Ministro de fe. NOTIFICACIÓN. JUZGADO LETRAS Panguipulli, Rit C-26-2020, ordenó notificar por avisos al demandado, don Hernán Bernardo Alcavil Lincoñir. Resolución 27-09-2023. Cita a audiencia de Juicio para el día 04 de enero de 2023, a las 10:30 horas, en dependencias del Tribunal, calle Juan Bautista Etchegaray 823. Ministro de Fe.
JUZGADO DE FAMILIA DE TOME, según lo ordenado en resolución de fecha 15 de noviembre del 2023, en causa Rit C-123-2023 en materia sobre Declaración de Cuidado Personal del Niño, caratulada 'Vega/' se cita a audiencia de parientes sobre cuidado personal de la niña Danna Antonella Vega Vega, cédula nacional de identidad N 28.014.419-3, para el día 27 de diciembre de 2023, a las 10:45 horas, en sala 2 de este Tribunal.
La parte interesada que solicite con al menos 2 días de anticipación a la fecha de la audiencia, la comparecencia vía remota y sea autorizada, podrá acceder en el link de acceso de plataforma Zoom: https://zoom.us/j/ 3585270847, ID de reunión: 358 527 0847.
Tomé, 16 de noviembre de 2023.1612 Remates FURGÓN PEUGEOT PARTNER HDI 92 l2 1.6 año 2021 patente PPXP-29, remate judicial, 23 noviembre 2023,12:00 horas 1 Civil Santiago Rol C3427-2023 Forum con Rivas, remato en estado físico y procesal que se encuentra, exhibición Lo Fontecilla parcela 3, Lampa; comisión e impuestos, registro 961, bases www.rematesvenegas.com; consultas wsp +569 9419398.19-22. REMATE ORDEN 1 JL DE SAN FElipe 2525-2022. CadizÁlvarez. SW Ssangyong Stavic 2008 BDSV. 98. Mejor Postor. 23 noviembre 2023 12.00 horas. Platafor1612 Remates ma Zoom. Exhibición programada San Francisco N 196-B, Curimón. San Felipe. Más antecedentes en www. remates venegas. com. Consultas +56959419398. Martillero Paolo Venegas Astete. 19-22. REMATE JUDICIAL MEJOR POSTOR 23 Noviembre 2023,12:00 horas (Online Vía Zoom). 2 Juzgado de Letras Buin. Mitsui con Araneda. Rol: E-1431-2023: Automóvil Hyundai Grand I10 BA GLS 1.2 2017, patente HZYZ87-K. Comisión, impuestos. Garantía previa $ 300.000. ID 5539652345, acceso (subastas26), Trinidad Poniente 682, La Florida. Martillero Gloria de La Fuente, RNM 1470. REMATE ORDEN 5 JCS Y 2 JL DE San Antonio. 30838-2018, E-1666-2023. SociedadRestaurant, AutofinGutiérrez. Sillas, mesas, estufas, SW Nissan Qashqai 2017 JBPT. 82 (San Antonio). Mejor postor. 23 noviembre 2023 12.00 horas. Plataforma zoom. Exhibición días 21 y 22 de 10.00 a 13.30 y 15.00 a 17.30 horas. Lo Fontecilla Parcela N 03, Lampa (Vehículos región programada). Más antecedentes en www. rematesvenegas. com. Consultas +56959419398. Martillero Ricardo Venegas Rojas. 19-22.
REMATE JUDICIAL MEJOR POSTOR 23 de noviembre de 2023, a las 14:00 hrs., en Jorge Fernández 1210, Comuna Maipú, Región Metropolitana, y Fundo El Bosque, Parcela N 22, comuna Maipú, vía plataforma Zoom, Tanner con Morales E-1667-2023 orden 2 Jdo.
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REMATE ORDEN 4,14, 20,29 JCS 2929-2022,7584-2023,5376-2023,4221-2023, TannerDurán, GlobalCollado, ForumMeyer, Bk SpaMorales, Tracto camión International 9200 2014 FYZB. 83, DFM Joyear 2022 RXRC. 92, Ford Explorer 2016 HLGB. 87, Kia Sportage 2022 SDXY. 99 (siniestrada). Mejor postor. 23 noviembre 2023 12.00 horas. Plataforma zoom. Exhibición días 21 y 22 de 10.00 a 13.30 y 15.00 a 17.30 horas. Lo Fontecilla Parcela N 03, Lampa. Más antecedentes en www. rematesvene gas. com. Consultas +56959419398. Martillero Valeria Arteaga Castillo. 19-22. SUBASTASDECHILE. CL REMATE JUdicial Mejor Postor 28 Noviembre 2023,12:00 horas (Online Vía Zoom). 5 Juzgado Civil Santiago. Banco de Crédito con Horta. Rol: C-7598-2022: Automóvil Chevrolet Corsa HB 1.6 2007, patente WG1923-3. Comisión, impuestos. Garantía previa $ 300.000. ID 5539652345, acceso (subastas26), Calle Malvoa N 559, Temuco. Martillero María Teresa Ramírez, RNM 1550. REMATE PRESENCIAL VIERNES 24 de noviembre, a las 13:00 hrs., en Chacabuco N 763, Santiago, por orden del 11 Juzgado Civil de Santiago. 'Forum Servicios Financieros S. A. con Bustos', Rol C-4131-2023. Camioneta Great Wall Poer Deluxe 4x4 2.0, año 2022, PPU SCVG. 20-4. Comisión 10% más IVA. Garantía transferencia o depósito $ 1.000.000. -. Exhibición Jueves 23, de 10 a 13 y 14 a 16 Hrs. Martillero Público Jaime Marticorena García, R.N.M. N 169.22-23. REMATE JUDICIAL ONLINE MEdiate la plataforma Zoo, www. remates venegas. cl Remataré día Jueves 23 de Noviembre de 2023, a las 12:00 Horas, en calle Lo Fontecilla Parcela 3, Lampa, Santiago. Automóvil marca Geely New ck 1.3 año 2012 inscripción FBXW. 22-7. Se exhibirá el Martes 21 y Miercoles 22 de Noviembre de 10.00 / 13:00. Coordinar visita al fono 959419398968495379. Por orden del 16 Juzgado Civil de Santiago; Oriencoop con Gonzalez Rol C 9556-2022. Comisión más Impuestos Legales. Garantía 500.000 Por Lote +56959419398 Martillero RNM 1252, Miguel Parada SUBASTASDECHILE. CL REMATE JUdicial Mejor Postor 28 Noviembre 2023,12:00 horas (Online Vía Zoom). 16 Juzgado Civil Santiago. ACG Financial con Jara. Rol: C-577-2023: Automóvil Chery New Arrizo 3 GLX 1.5 2019, patente LFFJ99-7. Comisión, impuestos. Garantía previa $ 300.000. ID 5539652345, acceso (subastas26). Trinidad Poniente 682, La Florida. Martillero Julián Ramírez, RNM 1824. SUBASTASDECHILE. CL REMATE JUdicial Mejor Postor 28 Noviembre 2023,12:00 horas (Online Vía Zoom). 16 Juzgado Civil Santiago. Autofin con Canales. Rol: C-2860-2023: Camioneta Brilliance T32 DC 1.5 2022, patente RWBF20-0. Comisión, impuestos. Garantía previa $ 300.000. ID 5539652345, acceso (subastas26), Trinidad Poniente 682, La Florida. Martillero Julián Ramírez, RNM 1824. REMATE JUDICIAL MEJOR POSTOR 23 Noviembre 2023,12:00 horas (Online Vía Zoom). 21 Juzgado civil Santiago. Tanner con Palma. Rol: C-14941-2022: Station Wagon Jac S2 CE 1.5 2019, patente KYSL82-4. Comisión, impuestos. Garantía previa $ 300.000. ID 5539652345, acceso (subastas26), Trinidad Poniente 682, La Florida. Martillero Gloria de la Fuente, RNM 1470.
ULISES CHAMORRO LÓPEZ, RNM 1363, hará remate judicial al mejor postor, ordenado por el 24 Juzgado Civil de Santiago, en la causa caratulado "Santander Consumer Finance/ Lobos", Rol C-9449-2022; se realizará el 24 de noviembre 2023, a las 12 hrs., vía plataforma Zoom, vehículo Station Wagon Marca MG Año 2021 Color Negro Modelo MG ZS 1.5 AT COM, placa patente PTWR17-9. Inscripción hasta 2 hrs. antes del remate, comisión más impuestos legales, garantía previa $ 250.000 con transferencia cta. cte. 01-74997-8, Banco BICE, Rut 8760222-2. Exhibe fotos y video en Facebook como uclmartillero, consultas y bases en correo uchamorro martillero@gmail.com y al celular +56.9.9827.1272. REMATE JUDICIAL MEJOR POSTOR 23 Noviembre 2023,12:00 horas (Online Vía Zoom). 24 Juzgado Civil Santiago. Fórum con Vargas. Rol: C-7048-2023: Station Wagon Mahindra XUV 500 2.2 2014, patente HHBC55-5. Comisión, impuestos. Garantía previa $ 300.000. ID 5539652345, acceso (subastas26), Trinidad Poniente 682, La Florida. Martillero Gloria de La Fuente, RNM 1470.
AREMATE LISBETH HORBER REmate Judicial 23 de noviembre 2023,12:00 horas online, información y bases www.rematesvenegas.cl PGPB. 94-8 station wagon Chevrolet Spin 1.8 Aut Año 2020 28 Juzgado Civil Santiago C-10561-2023 Autofin S.A. / Jorquera RGFB. 69-6 automóvil Suzuki Spresso GLX HB 1.0 Año 2022 25 Juzgado Civil Santiago C-2804-2023 Forum Servicios Financieros S.A. / Ruiz exhibición presencial Lo Fontecilla, Parcela N 03, Lampa coordinar visita. Martillero Lisbeth Horber Fajardo. RNM 1.534. 19-22. SUBASTASDECHILE. CL REMATE JUdicial Mejor Postor 23 Noviembre 2023,12:00 horas (Online Vía Zoom). 25 Juzgado Civil Santiago. Santander Consumer con Gaete. Rol: C-14937-2022: Station Wagon Chery Tiggo 8 1.5 2022, patente RSCR38-2. Comisión, impuestos. Garantía previa $ 300.000. ID 5539652345, acceso (subastas26), Trinidad Poniente 682, La Florida. Martillero Pamela Pefour, RNM 1735. REMATE JUDICIAL 23 NOVIEMBRE 2023,12:00 horas Online, Parcela 3, Lo Fontecilla, Lampa. 25 Juzgado Civil Santiago. Global/ Santos. Rol: C-151342022: Fotón Midi 1.3 2022, patente RVWJ42. Exhibición virtual y presencial. Martillero Patricia Balbontín, RNM 479. Información y bases: www. remates venegas. com, +56959419398. REMATE PRESENCIAL VIERNES 24 de noviembre, a las 13:00 hrs., en Chacabuco N 763, Santiago, por orden del 27 Juzgado Civil de Santiago. 'Forum Servicios Financieros S. A. con Belaston', Rol C-15281-2022. Automóvil Kia Morning MPI 1.0, año 2022, PPU RLCC. 99-1. Comisión 10% más IVA. Garantía transferencia o depósito $ 1.000.000. -. Exhibición Jueves 23, de 10 a 13 y 14 a 16 Hrs. Martillero Público Jaime Marticorena García, R.N.M. N 169.22-23. REMATE JUDICIAL 23 NOVIEMBRE 2023,12:00 horas Online, Parcela 3, Lo Fontecilla, Lampa. 28 Juzgado Civil Santiago. BCI/ Catalán. Rol: C-63802017: Chevrolet Sail 2012, patente DLSH95. Exhibición virtual y presencial. Martillero Italo Guggiana, RNM 1224. Información y bases: www. remates venegas. com, +56959419398.
REMATE AL MEJOR POSTOR JUEves 23, a las 12 horas, vía zoom automóvil Chevrolet Sail año 2019 Autofin con Duran Ppu LPJP70 por orden del 28 Civil Mg3 año 2021 PPU: SDXV90 del 7 Civil, Forum con González. Garantía 500.000 informaciones secremates venegas@gmail.com, www. remates venegas. com. Martilleros Carlos Larrain, Rose Briones Toledo. REMATE JUDICIAL MEJOR POSTOR Jueves 23 Noviembre 2023,16:00 horas, Formato Online Plataforma Zoom, Jorge Fernández 1210, Maipú. 28 Juzgado Civil Santiago. Fórum con Mancilla. Rol: C-10823-2022: Automóvil Kia Morning 2022, placa RSFB26-3. Exhibición Martes y Miércoles. Garantía $ 300.000 en Cuenta Corriente Martillero hasta Jueves 14:00 horas. Jorge San Martín Espinoza, Martillero Público RNM 1426. Información +56978577861.
REMATE JUDICIAL MEJOR POSTOR jueves 23 de noviembre 2023,16:00 horas, formato online plataforma Zoom, Jorge Fernández 1210, Maipú, 28 Juzgado Civil Santiago, Forum con Ramírez, Rol C-11413-2022, station wagon Kia Motors Sportage, año 2021, placa LXZV. 48-0. Exhibición miércoles, garantía $ 600.000 cta. cte. Martillero hasta jueves 14 hrs. Jorge San Martín Espinoza, Martillero Público, RNM 1426, información +56978577861.22-23. SUBASTASDECHILE. CL REMATE JUdicial Mejor Postor 28 Noviembre 2023,12:00 horas (Online Vía Zoom). 28 Juzgado Civil Santiago. Global con Díaz. Rol: C-8549-2023: Automóvil Chevrolet Sail 1.5 2018, patente KRYR23-4. Comisión, impuestos. Garantía previa $ 300.000. ID 5539652345, acceso (subastas26), Trinidad Poniente 682, La Florida. Martillero Sergio Ramírez RNM 1240. REMATE JUDICIAL 23 NOVIEMBRE 2023,12:00 horas Online, Parcela 3, Lo Fontecilla, Lampa. 29 Juzgado Civil Santiago. Tanner/ Allende. Rol: C-9605-2023: Mitsubishi L200 2.4 2017, patente JPWB44. Exhibición virtual y presencial. Martillero Italo Guggiana RNM 1224. Información y bases: www. remates venegas. com, +56959419398.1612 Remates REMATE JUDICIAL 23 NOviembre 2023,12:00 horas, Online, Parcela 3, Lo Fontecilla, Lampa. 29 Juzgado Civil Santiago. Patagonia Inmobiliaria SA/ New York Bakery SA, Rol: C-752-2022: Hornos Industriales diferentes, Maquinas Refrigeradas y Conservadoras, Mesones, Estantes y Repisas metálicas, Maquinas Amasadoras, Revolvedoras, Sierra Industrial, Moldes, Sillas, Impresora, Televisores, Equipos Computacionales, Varios. Exhibición: Virtual en página Web www. rematesvenegas. com y Presencial Martes 21 y Miércoles 22 Noviembre de 10:00 a 13:00 horas, Av. Américo Vespucio 2680 Bodega 6058 (El Cortijo). Martillero Público Luigi Guggiana RNM 1519. Informaciones y Bases: w w w. r e m a t e s v e n e g a s. c o m, +56959419398. GRAN REMATE JUDICAL DE Maestranza. 20 Juzgado Civil Stgo. rol C-9529-2021, Covarrubia con Medina. Avenida La Divisa 0397, San Bernardo. 25 noviembre 2023,15:00 hrs. Maquinarias diferentes Equipo para soldar, plegadora de 3 metros marca Daysa, container de baño, Maquinas cortadoras, grúa horquilla YC7248. Camión Chevrolet WT9124, materiales diversos para maestranza, exhibición viernes 24,12:00 -17:00. Comisión impuesto garantía martillero Johanna Ceballo Carrasco reg. 1687, consultas: johannaceballo@hotmail.com, celular: 977134423 REMATE ORDEN MUNICIPALIDAD De Pedro Aguirre Cerda jueves 30 de noviembre, 12:00 hrs. Modalidad online se remataran automóviles, camionetas furgones, station wagon, motos y otros abandonados en aparcadero municipal. Bases e informaciones en www. remates venegas. com, +56959419398. Ricardo Venegas Rojas, Martillero Publico Reg. Nac. N 1458.19-22.
REMATES ALPES, MEJOR POSTOR, viernes 24 de noviembre 2023,12:00 horas, en calle Santa Marta N 401, Playa Ancha, Valparaíso, por orden del Juzgado de Letras Villa Alemana, juicio Forum con Transportes A&R SpA, Rol C-1570-2023, Remataré en formato electrónico Zoom, estado físico y procesal que se encuentra, Furgón, marca Jac, modelo Refine 4P 1.9, Blanco, año 2022, diésel, patente RZPZ. 25-1, exhibición miércoles y jueves previo, desde las 12 a las 16 horas, garantía $ 500.000, comisión 10% más Iva. RNM 1261, contactos: +56986622430 y +56997114778 Facebook e Instagram: rematesmaipú. 19-22.
REMATE JUDICIAL ONLINE 23 DE noviembre desde 12:00 hrs., ordenado por Juzgado De Cobranza Previsional Valparaíso, C-628-2022, 'Morales /Brito', Rematare patente rol: 400006-3, clase: A, giro depósito de licores, expendio de bebidas alcohólicas de Viña del Mar. Remate al mejor postor sin mínimo. Consultas llamar +56991644381 o en www.rematesvenegas.com Pago Contado, comisión más impuestos. Mario Araya Duran, RNM N 1817.22-23. REMATE ON LINE POR ORDEN I. Municipalidad de Puente Alto, jueves 23 noviembre, 11 horas, se subastarán 90 vehículos diferentes marcas y modelos en las condiciones en que se encuentran, garantía $ 500.000.
Martillero público Jose Pablo Cisternas Lara, ver en www.rematesjpcisternas.cl consultas +56946421158.22. 1616 Remates de propiedades REMATE. 01 JUZGADO CIVIL SANtiago, Huérfanos 1409, piso 15, se rematará vía remota el día 12 de diciembre de 2023, a las 15:30 horas, la nuda propiedad de inmueble de propiedad de demandada, doña María Jesús Mena de la Vega, consistente en el inmueble ubicado con frente a la calle Los Alerces número siete mil ciento cincuenta y dos, que corresponde al sitio número uno de la cuarta etapa del plano de loteo del Lote Seis-Dos A del Fundo La Quebrada de Macul, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, inscrito a fojas 79181 N 115322 del Registro de Propiedad del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
Toda persona que tenga intención de participar como postor en subasta, deberá contar con los medios tecnológicos y de conexión necesaria para participar, debiendo señalar en forma clara un correo electrónico y un número de teléfono de contacto.
Cada postor, con excepción de la parte ejecutante y el acreedor hipotecario si lo hubiere, para participar en subasta deberá constituir garantía suficiente al menos por el 10% del precio mínimo a través de vale vista a nombre del Primer Juzgado Civil de Santiago, Rol Único Tributario N 60.306.001-6, el cual deberá ser entregado a más tardar a las 14:00 horas del día hábil anterior a subasta, siendo carga de cada interesado dar estricto cumplimiento a dispuesto en artículo 6 del auto acordado 263-2021 de Excma. Corte Suprema. Para devolución y endoso de vale vista a aquellos postores que participaron en subasta, se informa que dichos trámites se podrán realizar a contar del día hábil siguiente de verificado el remate. El acta de remate deberá firmarse personalmente el mismo día de subasta o a más tardar al día siguiente hábil, sólo quedan exceptuados de dicha exigencia aquellos participantes que cuenten con firma electrónica avanzada.
La escritura de adjudicación deberá suscribirse dentro del término de 60 días hábiles contados desde fecha de celebración de la subasta'. Toda persona que desee participar en subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del mínimo fijado al efecto.
El adjudicatario deberá consignar el saldo del precio de la subasta dentro de quinto día hábil en la cuenta corriente del tribunal 9733 del Banco Estado, mediante la autorización del cupón de pago que se encuentra en la página del poder judicial www.poderjudicial.cl. La subasta se llevará a efecto mediante videoconferencia en la plataforma Zoom, a través del siguiente enlace: https://zoom.us/j/7903673329 ID de reunión: 790 367 3329. Al que los respectivos postores deberán ingresar con una anticipación de 5 minutos previo a la hora fijada. Mínimo para la subasta asciende a 11.260 ,55 Unidades de Fomento. Mayores antecedentes autos caratulados `Banco Santander Chile con Mena'. Juicio Ejecutivo Desposeimiento, Rol C-3170-2020. Secretaría. REMATE.
ANTE PRIMER JUZGADO de Letras Civil de San Miguel, autos ejecutivos rol C-4435-2020, caratulados 'Condominio Studio El Llano con Constructora e Ingeniería Santa Javiera Limitada', se llevará a efecto subasta de un inmueble el día 21 de diciembre de 2023, a las 14:30 horas.
Se subastará inmueble correspondiente a la oficina 310 y al estacionamiento N 8, del Edificio Studio El Llano, ubicado en calle Comandante Whiteside N 4903, comuna de San Miguel, que rolan inscritos a fojas 12519 número 10061 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel del año 2014, Región Metropolitana, rol de avalúo fiscal N 4852-214, con un mínimo para posturas de $ 43.615.234. Todo interesado en participar en la subasta como postor, deber tener activa su Clave Única del Estado, para la eventual suscripción del acta de remate. Para participar en el remate, los postores deberán constituir garantía suficiente 10% del mínimo, mediante vale vista Banco Estado o cupón de pago del Banco del Estado. No se aceptará otro medio para constituir garantía, y expresamente se excluye la posibilidad de transferencia electrónica.
En el caso de optar por vale vista, este deberá acompañarse materialmente en la secretaría del tribunal, con setenta y dos horas de antelación al día y hora de realización del remate, previa coordinación al correo jc1_sanmiguel_remates @pjud. cl.
Sin perjuicio, de lo anterior, y en el mismo plazo antes señalado, el interesado deber remitir correo electrónico a la casilla ya referida, dando cuenta de haber dejado el vale vista en la secretaría del tribunal indicando, además, su individualización, rol de la causa, correo electrónico y número telefónico. El Sr.
Secretario del tribunal, deberá certificar que son suficientes las garantías rendidas para participar en ella, y que están debidamente conciliadas, esto es, ingresadas y disponibles en la cuenta corriente bancaria del tribunal, individualizando al postor, monto y número de cupón de pago, depósito judicial u otro medio autorizado y aceptado para rendir la garantía, de acuerdo a las bases para la subasta; e informar a los postores que participaron en él, remitiendo un correo electrónico a cada uno con el l ink de la videoconferencia, señalando la fecha y hora del remate, con veinticuatro horas de anticipación al día y hora de realización del remate. El remate se realizará exclusivamente por videoconferencia por la plataforma Zoom.
Podrán participar de la audiencia las partes y sus apoderados, como los postores interesados, para lo cual deberán contar con un dispositivo (computador, teléfono, Tablet u otro), con cámara, micrófono, audio y conexión a internet), siendo carga de las partes y postores disponer de los medios tecnológicos y de conexión idónea y necesaria para dicha participación. Las posturas únicamente se podrán realizar en forma verbal y durante el transcurso de la audiencia indicando monto y nombre del oferente. No se aceptarán ofertas por escrito o chat. Se les advierte a los participantes que quedarán imposibilitados de cambiar el nombre con el cual se incorporarán al remate.
El ingreso a la reunión por medio de Zoom Cloud Meetings se habilitará quince minutos antes del inicio al remate, de manera que el Secretario compruebe la identidad de los postores cuyas cauciones estén rendidas e informadas con la antelación ya dispuesta, como también para que los participantes -postoresprueben su conexión. La diligencia deberá ser grabada íntegramente y respaldada por el tribunal.
El adjudicatario deberá proceder a la firma del acta de remate el mismo día de realización de la subasta, la que le será remitida a su correo electrónico, debiendo ser ingresada de manera inmediata en la respectiva causa a través de la Oficina Judicial Virtual, con su clave única para efectos de su firma.
Suscrita el acta de remate por el adjudicatario, el tribunal y el ministro de fe respectivo firmará el acta de remate con su firma electrónica avanzada, dejando constancia en la misma, del hecho de haberse firmado por el postor adjudicatario a través de la Oficina Judicial Virtual. REMATE: 1 JUZGADO CIVIL SANtiago, Huérfanos 1409, piso 15, comuna Santiago, rematará mediante plata.