Extracto de resolución exenta número 20250300180, de 2025.- Inicia proceso de participación ciudadana en Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Prospección Minera El Alto
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.169 Lunes 9 de Junio de 2025 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2657016 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental / Región de Atacama NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: “PROSPECCIÓN MINERA EL ALTO” (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS N 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante resolución exenta N 20250300180, de fecha 2 de junio de 2025, del Servicio de Evaluación Ambiental, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la ley N 19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto "Prospección Minera El Alto", cuyo titular es Compañía Minera Nevada SpA.
Que, conforme a la descripción y naturaleza del Proyecto “Prospección Minera El Alto”, consiste en el desarrollo de una prospección minera que busca incrementar la certeza sobre el potencial del recurso metálico mediante la habilitación de 43 plataformas de sondajes; con una vida útil de 2 años (en dos temporadas estivales). El proyecto se ubicará en la Región de Atacama, comuna de Alto del Carmen, en la Cordillera de Los Andes, cercano al límite con Argentina, aproximadamente a 150 km al suroriente de la ciudad de Vallenar.
Que, esta Dirección Regional estima que se genera carga ambiental pues pertenece al tipo de proyectos que generan beneficios sociales a la vez que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación, de acuerdo con lo establecido en el inciso 6 del artículo 30 bis de la ley 19.300.
En virtud de lo anterior y conforme al artículo 30 bis de la ley 19.300 ; y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cualquier persona natural o jurídica podrá presentar observaciones al Proyecto y tendrá un plazo legal de 20 días hábiles para efectuarlas por escrito ante el SEA, contados a partir de la fecha de la presente publicación. El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: Dirección Regional del SEA Atacama, Yerbas Buenas 295, Copiapó. Sitio web www.sea.gob.cl. Verónica Ossandón Pizarro, Directora Regional, Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2657016 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl