COMUNICADO
COMUNICADO MAPFRE COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA DE CHILE S. A1 EMISION DE ACCIONES DE PAGO 15 de julio de 2025 Señor Accionista MAPFRE Compañía de Seguros de Vida de Chile SA.
Se comunica a usted lo siguiente: a) En Junta Extraordinaria de Accionistas de MAPFRE Compañía de Seguros de Vida De Chile S.A. (la “Sociedad”), celebrada con fecha 14 de julio de 2025, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 14 de julio de 2025 en la Notaría de Santiago de don Francisco Leiva Carvajal, se acordó aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $5.000.052.338 pesos chilenos, mediante la emisión de 11.516 nuevas acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una.
El aumento de capital anteriormente referido y la modificación de los estatutos sociales está en proceso de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y de publicación en el Diario Oficial. b) El plazo para la emisión, suscripción y pago de estas acciones es de 90 días corridos a contar deI 14 de julio de 2025. c) Los fondos que se obtengan con esta emisión se destinarán al desarrollo de los negocios sociales. d) Esta emisión se ofrece preferentemente a los accionistas de la Sociedad, quienes tendrán el derecho de suscribir las 11.516 acciones nuevas por cada acción que posean inscritas en el Registro de Accionistas al día 15 de julio de 2025. Las acciones serán ofrecidas al precio de $434.1 83,079 (cuatrocientos treinta y cuatro mil ciento ochenta y tres coma cero setenta y nueve pesos) por acción, y deberán ser pagadas en dinero efectivo.
El aviso de opción preferente para suscribir estas acciones, con el cual se inicia el periodo de opción, se publicará en el diario La Segunda el día 23 de julio de 2025. e) Los accionistas con derecho a suscribir las acciones o los cesionarios de las opciones deberán hacerlo dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción, vale decir, entre el 23 de julio de 2025 y el 22 de agosto de 2025, entendiéndose que renuncian a este derecho si no suscribieren dentro de dicho plazo. f) El derecho preferente de suscripción es esencialmente renunciable y transferible dentro del plazo de 30 días señalado en la letra e) anterior.
La transferencia de las opciones debe hacerse mediante escritura privada firmada por el cedente y el cesionario ante dos testigos mayores de edad o ante corredor de bolsa o ante notario público, o por escritura pública suscrita por el cedente y el cesionario.
La cesión sólo producirá efecto respecto de la Sociedad y de terceros una vez que ésta tome conocimiento de la misma, en vista del documento en el que consta la cesión y del respectivo certificado de derecho a la opción, en el caso que este último hubiera sido emitido y retirado de la Sociedad. La Sociedad pondrá a disposición de los accionistas o cesionarios que lo soliciten, certificados en que consten los derechos preferentes de suscripción que posean.
Estos serán emitidos a más tardar el día hábil subsiguiente a aquel en que reciba la respectiva comunicación y podrán ser retirados en Isidora Goyenechea N3.520, piso 19, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, entre las 10:00 y 16:00 horas.
Cualquier otro antecedente respecto al procedimiento de transferencia del derecho puede ser consultado directamente a la Sociedad. g) Las acciones que no fueren suscritas por los accionistas o sus cesionarios con derecho a ellas, y las acciones que tengan su origen en fracciones producidas en el prorrateo entre los accionistas, podrán ser ofrecidas a los accionistas o a terceros, en las oportunidades y cantidades que el directorio estime pertinentes. LA GERENTE GENERAL.