Rechazo de la declaración de impuestos
Ya se pueden conocer las observaciones que el Servicio de Impuestos Internos (SIl) realizó a las declaraciones de impuestos impuestos durante el periodo de Operación Renta 2023.
Esta etapa abre la posibilidad para que las y los contribuyentes puedan aclarar, rectificar o impugnar -en el caso que correspondacorrespondaestas observaciones por lo que se recomienda revisar las declaraciones declaraciones que tuvieron este tipo de indicaciones. indicaciones.
“Si la declaración de impuestos presenta presenta observaciones es importante que esto sea resuelto oportunamente para evitar multas y facilitar la devolución de impuestos precisa el jefe de división Tributaria Tributaria de la Defensoría del Contribuyente, Contribuyente, Roberto Rodríguez.
Para ello, existen cuatro mecanismos a los cuales las y los contribuyentes pueden pueden recurrir de manera de aclarar este tipo de observaciones, para lo cual la Defensoría Defensoría está facultada para representar administrativamente a los contribuyentes contribuyentes a nte al SIl.
Así, las y los contribuyentes pueden interponer interponer Recursos de resguardo ante vulneraciones vulneraciones de derechos; Reposición Administrativa Administrativa Voluntaria (RAV) si no está de acuerdo con una resolución adoptada por el SIl, liquidación o giro de impuestos, impuestos, Recurso Jerárquico si la resolución del procedimiento RAV no fue favorable; y Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF) si existe algún vicio o error manifiesto manifiesto en alguna resolución, liquidación o giro de impuestos.
Todos estos servicios pueden ser requeridos a través del sitio web de la Defensoría www.dedecon.cl La Defensoría del Contribuyente está facultada facultada para ayudar a corregir y entregar asistencia para facilitar el cumplimiento tributario y a defender a las y los contribuyentes contribuyentes frente a eventuales vulneraciones vulneraciones de derechos que se cometan por parte del SIl. “Los contribuyentes tienen derecho, entre otros, a rectificar sus declaraciones y a impugnar las actuaciones del Servicio cuando estimen estimen vulnerados sus derechos o tales actuaciones infrinjan la ley precisó el especialista.
Las observaciones de las declaraciones declaraciones de impuestos se producen porque que la información revisada por parte del Servicio de Impuestos Internos no es concordante entre lo declarado por parte de las y los contribuyentes y agentes retenedores.
Estas diferencias pueden deberse a muchas razones, entre las que destacan problemas con el crédito por gastos en educación, diferencias con la información entregada entregada por el empleador, empleadora o la empresa a la que se prestaron servicios y en el caso de las Pymes se debe a diferencias de información de las Declaraciones Juradas ya sea por créditos observados o control de remuneraciones.
“Se recomienda que las y los contribuyentes contribuyentes se informen sobre las razones por las cuáles se realizó la observación de su declaración de Impuestos, de manera de corregirla oportunamente oportunamente en los casos que haya información erada. agregó Rodríguez.
Cuáles son las observaciones más frecuentes que enfrentan los contribuyentes? Rodríguez explicó que en el caso de los créditos por gastos de educación puede puede ser que haya solicitado un monto mayor al que corresponde o que las sumas de las rentas del padre y la madre madre superen el monto permitido para hacer uso del crédito. En estos casos se debe corregir la declaración, declaración, eliminando la solicitud del beneficio en el Formulario 22 o solicitando solicitando el monto que te corresponde. Si hay diferencias con lo informado por tu empleador Si este es el caso, lo primero que se debe hacer es identificar dónde está el error. Contactar a la o el agente retenedor para que rectifique la información enviada enviada al SIl. Una vez rectificada la información, dicha dicha información se verá reflejada en tu propuesta rectificatoria. La observación observación se eliminará en un plazo estimado de una semana. Si el error está en tu declaración, deberás rectificarla para corregir el monto declarado desde que se abra el proceso de rectificatoria.
Si la declaración de sueldos u honorarios honorarios de tu empleador está observada Si tu declaración presenta las observaciones observaciones F74 y/o F75, se debe a que la declaración jurada de tu empleador o empleadora (DJ 1887), o de la empresa a quien prestaste servicios (DJ 1879), está observada. Se debe contactar directamente al empleador empleador o empleadora para que aclare su situación con el SIl. Si ya se corrigió la situación, la observación observación se eliminará automáticamente, sin necesidad de que realices un trámite trámite ante el SIl.
Si la información aún se encuentra sin corregir, solicita a tu agente retenedor el Certificado N 1 de Honorarios; el Certificado N6 de Sueldos y/o el Certificado Certificado N29 sobre Pensiones, Contrato de trabajo y Certificado de cotizaciones cotizaciones AFP, Isapre o Fonasa; y con éstos podrás acércate al SIl, con el fin de solucionar solucionar la observación.
PYMES En el caso de las declaraciones de las pequeñas y medianas empresas podrían podrían presentar inconsistencias debido a diferencias entre la información declarada declarada en el Formulario 22 y la disponible disponible en los registros del Servicio. Esto puede deberse a cambios de información información con posterioridad a la presentación presentación de la declaración, diferencias que deben ser resueltas. Las más comunes son: Contribuyente ProPyme con créditos observados Control de las remuneraciones declaradas declaradas en el F22 contribuyentes acogidos acogidos al régimen Propyme. Control de adquisición de bienes del activo fijo declaradas en F22 por Contribuyentes acogidos al régimen SIl. Propyme rLa Defensoría del Contribuyente Contribuyente es un organismo público público descentralizado, creado mediante la ley 21.210 que moderniza la legislación tributaria, tributaria, artículo vigésimo. La Defensoría Defensoría está liderada por un Defensor Nacional y sometida a la supervigilancia del presidente presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda. Según la ley, el objetivo principal principal de la Defensoría es: “Velar por la protección y resguardo resguardo de los derechos de los contribuyentes, en las materias materias de tributación fiscal interna. interna. En el ejercicio de sus atribuciones atribuciones legales, la Defensoría deberá velar especialmente por la protección y resguardo de los derechos de los más vulnerables vulnerables y de las micro, pequeñas pequeñas y medianas empresas.
” Legalmente la Defensoría puede puede ayudar a los contribuyentes a través de 5 servicios: Orientación Orientación y Apoyo Tributario, Representación Representación Administrativa, Mediación ante el SIl, Informes y Opiniones Técnicas y Recepción Recepción y Gestión de Quejas.
Dentro de sus servicios, la Defensoría Defensoría no está facultada para prestar asesorías, es decir, la Defensoría no puede influir en la toma de decisiones de los y las contribuyentes, pero si presentarles presentarles todas las opciones y la información requerida para poder realizar sus trámites tributarios y solucionar sus inconvenientes inconvenientes relacionados al Crónica ) Los cuatro mecanismos para recurrir ante el SIl Rechazo de la declaración de impuestos El pasado domingo el Servicio de Impuestos Internos (Sil) liberó las observaciones realizadas a las declaraciones de impuestos, oportunidad para realizar rectificaciones rectificaciones o impugnaciones. La Defensoría del Contribuyente ofrece representación administrativa a las y los contribuyentes. Rechazo de la declaración de impuestos.