Autor: MÓNICA RÍOS BREHM
A LEY LAFKENCHE; MAL HECHA, MAL GESTIONADA Y MAL REMEDIADA
LA LEY LAFKENCHE; MAL HECHA, MAL GESTIONADA Y MAL REMEDIADAAnálisisMÓNICA RÍOS BREHMIngeniero Comercial PUC. Master en Gestión Ambiental Duke University. En el año 2008 se promulgó la Ley 20.249 que crea los espacios costeros marinos de pueblos originarios (ECMPO), conocida como Ley Lafkenche. Su fin es garantizar espacios costeros para comunidades indígenas que realizan prácticas culturales, tales como usos pesqueros, religiosos y/o medicinales. A poco andar, comenzaron los conflictos con otros usuarios tales como la acuicultura, pesca, puertos e industrias varias. Hay numerosos ejemplos.
El Consejo de Monumentos Nacionales y el Ministerio de Obras Públicas han visto detenidas importantes obras de infraestructura; en la bahía de Coronel se generó un violento conflicto entre las comunidades solicitantes y la pesca artesanal; y en Hualaihué, la mitilicultura vio amenazada la colecta de semillas de choritos. La ley quedó mal hecha. Primero, no contempla un límite de las superficies solicitadas. Hace ocho años, dos comunida-des indígenas integradas por no más de 60 personas solicitaron 620 mil hectáreas en Aysén. Segundo, dado que las solicitudes ECMPO son prioritarias, tienen un efecto suspensivo sobre la tramitación de cualquier otra solicitud de concesión si hay sobreposición. Hoy, existen alrededor de 80 solicitudes ECMPO en trámite que abarcan casi toda la costa de las regiones de La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos. Ello ha obligado a suspender por años la tramitación de 519 y 500 solicitudes de concesión acuícola y marítima, respectivamente (Pivotes, 2024). La ley es mal gestionada. La solicitud ECMPO es revisada por la Subsecretaría de Pesca, Comisión Nacional Indígena, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y Comisión Regional del Borde Costero. El plazo legal es de un año, pero en la práctica demora seis años en promedio. Dicho incumplimiento afecta no solo a los solicitantes de concesiones suspendidas, sinotambién a las propias comunidades legítimamente interesadas en obtener un ECMPO. La ley está siendo mal remediada.
Un grupo de senadores ingresó un proyecto de ley hace poco más de un año, sin embargo, su contenido es hasta ahora insuficiente y no contempla, por ejemplo, algún desincentivo a solicitar enormes superficies (Boletín 15.862 -21). No se prevé un rápido despacho, ya que no tiene prioridad para el Ejecutivo y requiere consulta indígena según Convenio OIT 169. En paralelo al camino legislativo, no se conoce de esfuerzos significativos por mejorar la gestión de la ley.
Es por tanto indispensable aplicar medidas tales como: definir un ministerio responsable; hacer seguimiento de la tramitación, con indicadores y plazos; crear expedientes electrónicos para dar transparencia al proceso, y contar con estrictos criterios de admisibilidad. No existe otro camino para empezar a paliar los negativos efectos de esta ley..